Norma Legal Oficial del día 10 de noviembre del año 2012 (10/11/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 67

El Peruano MORDAZA, sabado 10 de noviembre de 2012

NORMAS LEGALES

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POR CUANTO VISTO: En Sesion Extraordinaria de la fecha, como MORDAZA Punto de Agenda la Derogacion de la Ordenanza Municipal Nº 008-2012-MPH de fecha 24 de Agosto del 2012, que Aprueba el Reglamento del Comercio Ambulatorio de la Provincia de Huaral; y, CONSIDERANDO: Que, el Art. 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley de Reforma Constitucional Nº 28607, Establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son los Organos del Gobierno Local que gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, de conformidad con el Numeral 4) del Articulo 200º de la Constitucion Politica del Peru, las Ordenanzas tienen rango de ley. Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 008-2012MPH de fecha 24 de Agosto de 2012, se Aprueba el Reglamento del Comercio Ambulatorio de la Provincia de Huaral. Que, el Articulo 9º, inciso 8) de la Ley 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, Establece que son Atribuciones del Concejo Municipal: "Aprobar, Modificar o Derogar las Ordenanzas...";. Que, el Regidor MORDAZA MORDAZA Rojas; con respecto a la Ordenanza Municipal Nº 008-2012-MPH que Regula el Comercio Ambulatorio de la Provincia de Huaral, senala que ha podido observar que hay algunos errores en esta Ordenanza, haciendo hincapie a los Senores Regidores, que esta Ordenanza no ha pasado por la Comision de Asuntos Legales del Concejo, lo cual es muy importante ya que las Ordenanzas tienen rango de ley, es por ello que Solicita al Pleno del Concejo la Derogatoria de esta Ordenanza Municipal que Regula el Comercio Ambulatorio de la Provincia de Huaral, para que las Areas Tecnicas correspondientes, al igual que la Comision de Asuntos Legales del Concejo se puedan reunir, para Elaborar la nueva Ordenanza que pueda Regular el Comercio Ambulatorio de la Provincia de Huaral. Que, el Regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Baldeon; opina que esta muy bien Derogar esta Ordenanza Municipal que Regula el Comercio Ambulatorio de la Provincia de Huaral. Que, de conformidad con las facultades conferidas por la Constitucion Politica del Estado y en uso de las atribuciones contenidas en los incisos 8º y 14º del Articulo 9º, asi como el Articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972 y contando con el MORDAZA Unanime del Pleno del Concejo, aprobaron la siguiente:

Dejan sin efecto el Acuerdo de Concejo Nº 060-2012-MPH-CM, que aprueba las Bases Administrativas y Venta por Subasta Publica de Vehiculo Automovil de propiedad de la Municipalidad
ACUERDO DE CONCEJO Nº 101-2012-MPH-CM
Huaral, 26 de octubre del 2012 EL CONCEJO PROVINCIAL DE HUARAL VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha, el Pedido Verbal de Dejar Sin Efecto el Acuerdo de Concejo Nº 060-2012-MPH-CM de fecha 13 de MORDAZA del 2012, Solicitado por el Senor MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Huaral, Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rodriguez; y CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades Provinciales y Distritales son organos de gobierno promotores del desarrollo local, con personeria juridica de derecho publico y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines y gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, el Concejo Municipal es el organo normativo y fiscalizador, correspondiendole las funciones y atribuciones establecidas en la Ley Organica de Municipalidades y en el Reglamento Interno del Concejo Municipal; Que, de conformidad a lo establecido por el Articulo 20º Inc. 4) de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, es Atribucion del MORDAZA "Proponer al Concejo Municipal Proyectos de Ordenanzas y Acuerdos". Que, en Sesion de Concejo de la fecha, el Senor MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Huaral, Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Solicita al Pleno del Concejo Municipal Dejar Sin Efecto el Acuerdo de Concejo Nº 0602012-MPH-CM de fecha 13 de MORDAZA del 2012, sustentando que ha constatado que el Vehiculo Automovil MORDAZA Volvo de Placa LQ-3146 esta en buenas condiciones, lo unico que le falta es arreglar los amortiguadores y el sonido, que ocasionarian un gasto aproximado de S/. 600.00 nuevos soles y la unidad puede ser utilizada y destinada para la Sub Gerencia de Policia Municipal y Seguridad Ciudadana que permitiria hacer seguimientos. Que, puesto a consideracion del Pleno, luego del debate correspondiente, sometido a votacion, autorizan su atencion; por tanto: Estando a lo expuesto y a las facultades que le confieren los articulos 9º, 39º y 41º de la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 27972; con el MORDAZA unanime de los senores miembros del Concejo Municipal y con la dispensa del tramite de aprobacion del acta; ACORDO: Articulo Primero.- DEJAR SIN EFECTO el Acuerdo de Concejo Nº 060-2012-MPH-CM de fecha 13 de MORDAZA del 2012, que Aprueba las Bases Administrativas y Venta por Subasta Publica del Vehiculo Automovil MORDAZA Volvo de Placa LQ-3146 de Propiedad de la Municipalidad Provincial de Huaral, por los considerandos expuestos. Articulo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Acuerdo a la Gerencia Municipal y la Gerencia de la Oficina General de Administracion y la Sub Gerencia de Logistica, en lo que les corresponda. Articulo Tercero.- ENCARGAR a Secretaria General la Publicacion del presente Acuerdo de Concejo en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Sistemas, Unidad Organica dependiente de la Gerencia de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto, Racionalizacion y Sistemas, la Publicacion del presente Acuerdo de Concejo en el MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Huaral (www. munihuaral.gob.pe). Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Provincial

ORDENANZA "QUE DEROGA LA ORDENANZA MUNICIPAL Nº 008-2012-MPH, DE FECHA 24 DE AGOSTO DEL 2012 QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DEL COMERCIO AMBULATORIO DE LA PROVINCIA DE HUARAL"
Articulo Primero.- DEROGAR la Ordenanza Municipal Nº 008-2012-MPH de fecha 24 de Agosto de 2012, que Aprueba el Reglamento del Comercio Ambulatorio de la Provincia de Huaral, conforme a los considerandos de la presente ordenanza. Articulo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Servicios a la MORDAZA y Gestion Ambiental y la Gerencia de Fiscalizacion y Control, y Sub Gerencia de Policia Municipal y Seguridad Ciudadana de la Municipalidad Provincial de Huaral. Articulo Tercero.- DISPONER la Publicacion de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Huaral (www. munihuaral.gob.pe). Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Provincial

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