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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 20 de octubre de 2012 476828 Autorizan viaje de representantes de DEVIDA a los EE.UU. para participar en reunión del Grupo de Trabajo Intergubernamental para la Sexta Ronda de Evaluación del Mecanismo de Evaluación Multilateral RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 328-2012-PCM Lima, 19 de octubre de 2012 VISTO, el Ofi cio Nº 0756-2012-DV-SG, de la Secretaría General de DEVIDA y la Carta OEA/SMS/CICAD-N95/12, de la Organización de los Estados Americanos; CONSIDERANDO: Que, la Secretaría Ejecutiva de la Comisión Interamericana para el Control del Abuso de Drogas (CICAD) de la Organización de los Estados Americanos (OEA) informa que del 23 al 26 de octubre de 2012 se llevará a cabo en la ciudad de Washington, D.C., Estados Unidos de América, la “Undécima Reunión del Grupo de Trabajo Intergubernamental (GTI) para la Sexta Ronda de Evaluación del Mecanismo de Evaluación Multilateral (MEM)”, y el día 22 de octubre de 2012 se realizará una reunión para los países Co-coordinadores de los Grupos Temáticos previa al GTI; Que, la citada Undécima Reunión es relevante por la importancia de contar con estrategias y mecanismos vigentes que faciliten la cooperación hemisférica para abordar el problema mundial de las drogas en todos sus aspectos; Que, resulta de interés nacional e institucional la participación de la señorita Karla Yalile Martínez Beltrán, Jefe del Área de Asesores de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas-DEVIDA en ambas reuniones, y del señor Alberto Vidal y Palomino, Profesional V de la Dirección de Compromiso Global de la misma Institución, en la Undécima Reunión; Que, el total de los gastos por concepto de viáticos, pasajes y tarifa unifi cada por uso de aeropuerto será asumido con cargo a la Fuente de Financiamiento de Recursos Ordinarios de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, y; De conformidad con la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM y el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la señorita Karla Yalile Martínez Beltrán, del 20 al 28 de octubre de 2012 y del señor Alberto Vidal y Palomino, del 21 al 27 de octubre de 2012, Jefe del Área de Asesores y Profesional V, de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas-DEVIDA, respectivamente, a la ciudad de Washington, D.C., Estados Unidos de América, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema serán con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, del Pliego de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas-DEVIDA, de acuerdo al siguiente detalle: Srta. Karla Yalile Martínez Beltrán y Sr. Alberto Vidal y Palomino Pasajes y TUUA US$ 3,964.20 (por 2 personas) Viáticos Srta. Martínez US$ 1,100.00 Viáticos Sr. Vidal US$ 1,100.00 (4 días de evento + 1 día de instalación, a US$ 220 por día) Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, las referidas personas deberán presentar ante su institución un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4º.- El cumplimiento de la presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros 856028-4 Autorizan viaje de funcionarios de OSITRAN a España, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 329-2012-PCM Lima, 19 de octubre de 2012 CONSIDERANDO: Que, el Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público –OSITRAN- , es el organismo público descentralizado adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, con personería jurídica de derecho público interno y con autonomía administrativa, funcional, técnica, económica y fi nanciera; que tiene por misión regular el cumplimiento de los Contratos de Concesión, cautelando en forma imparcial y objetiva los intereses del Estado, de los inversionistas y de los usuarios, a fi n de garantizar la efi ciencia en la explotación de la infraestructura bajo su ámbito; Asimismo, el artículo 5º de la Ley de Supervisión de la Inversión Privada en Infraestructura de Transporte de Uso Público y Promoción de los Servicios de Transporte Aéreo, Ley N° 26917 señala que OSITRAN tiene por objetivo velar por el cabal cumplimiento de las obligaciones derivadas de los Contratos de Concesión vinculados a la infraestructura pública nacional de transporte; Que, mediante el Decreto Supremo N° 035-2010-MTC, publicado en el Diario Ofi cial El Peruano el 24 de julio del 2010; se precisa que la vía del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao tiene para todos sus efectos la condición de vía férrea nacional; por lo que la infraestructura del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao se encuentre, a partir de la entrada en vigencia del referido Decreto Supremo, bajo el ámbito de competencia de OSITRAN. Que, la función supervisora ejercida permite al OSITRAN verifi car el cumplimiento de las obligaciones legales, contractuales o técnicas por parte de las entidades prestadoras y demás empresas o personas que realizan actividades sujetas a su competencia, procurando que éstas brinden servicios adecuados a los usuarios; Que, el Reglamento General de Supervisión aprobado mediante Resolución de Consejo Directivo N° 024-2011- CD-OSITRAN señala que dentro de la función supervisora corresponde la verifi cación del cumplimiento de obligaciones legales, contractuales, técnicas o administrativas por parte de las Entidades Prestadoras, en los aspectos técnicos, operativos, comerciales y administrativos, en el ámbito de su competencia; Que, de acuerdo a lo indicado por la Gerencia de Supervisión de OSITRAN mediante Informe Nº 2298-GS-OSITRAN, conforme a lo dispuesto por el Contrato de Concesión del Proyecto Especial Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao, Línea 1, Villa El Salvador – Av. Grau – San Juan de Lurigancho, corresponde al Regulador directamente, efectuar las acciones de fi scalización técnica que le competen durante la ejecución de las inversiones y encargarse de verifi car que el material rodante adquirido cumpla con las especifi caciones técnicas exigidas por el contrato para su funcionamiento, por lo que considera necesaria la presencia de los técnicos de OSITRAN en las pruebas en fábrica a realizarse en la Planta de Fabricación de Material Rodante Nuevo, que se realizará del 24 al 31 de octubre de 2012, en la ciudad de Barcelona, Reino de España; Que, para estos efectos, es necesario autorizar el viaje de dos profesionales de la Gerencia de Supervisión para que participen en la actividad antes señalada, siendo que los gastos por concepto de pasajes aéreos, viáticos y la Tarifa Unifi cada por Uso de Aeropuerto, serán cubiertos con cargo al presupuesto de OSITRAN. De conformidad con la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modifi cada por la Ley Nº 28807 y su