Norma Legal Oficial del día 20 de octubre del año 2012 (20/10/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano MORDAZA, sabado 20 de octubre de 2012

NORMAS LEGALES

476841

DECRETA: Articulo 1°.- Objeto 1.1. Autorizase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012, hasta por la suma de S/. 9 105 442,00 (NUEVE MILLONES CIENTO CINCO MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y DOS Y 00/100 NUEVOS SOLES), para el financiamiento de cuatro (04) proyectos de inversion publica de saneamiento rural a nivel nacional, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA PROGRAMA PRESUPUESTAL PRODUCTO ACTIVIDAD FUENTE DE FINANCIAMIENTO En Nuevos Soles : Gobierno Central 037 : Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento 005 : Programa Nacional de Saneamiento Rural 0083 : Agua y Saneamiento para la Poblacion Rural 3.000001 : Acciones Comunes 5.001778 : Transferencia de recursos para Agua y Saneamiento Rural 1 : Recursos Ordinarios 9 105 442,00 =========== 9 105 442,00 ============ En Nuevos Soles Instancias Descentralizadas : Gobiernos Locales 1 : Recursos Ordinarios 9 105 442,00 =========== 9 105 442,00 ===========

MORDAZA, a nivel programatico, dentro de los cinco (5) dias calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. MORDAZA de la Resolucion sera remitida dentro de los cinco (5) dias de aprobada a los organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23° de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitara a la Direccion General de Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, instruira a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 3°.- Limitacion al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el articulo 1° del presente Decreto Supremo, no podran ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Articulo 4°.-Plazo para el inicio del MORDAZA de seleccion Los procesos de seleccion para la ejecucion de los proyectos de inversion publica senalados en el Anexo "Transferencia de Partidas para el Financiamiento de Proyectos de Inversion Publica de Saneamiento Rural", deberan ser iniciados por los Gobiernos Locales de acuerdo a los plazos establecidos en sus respectivos Convenios suscritos con el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento. Articulo 5°.- Informacion Los Pliegos habilitados, informaran al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, los avances fisicos y financieros de la ejecucion de los proyectos a su cargo, con relacion a su cronograma de ejecucion y a las disposiciones contenidas en los Convenios correspondientes, para efectos de las acciones de verificacion y seguimiento a que se refiere el articulo 11° de la Ley N° 29812. Articulo 6°.- Del Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los diecinueve dias del mes de octubre del ano dos mil doce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento

GASTO DE CAPITAL 2.4. Donaciones y Transferencias TOTAL EGRESOS A LA: SECCION MORDAZA PLIEGOS FUENTE DE FINANCIAMIENTO

GASTO DE CAPITAL 2.6. Adquisicion de Activos no Financieros TOTAL EGRESOS

1.2. Los Pliegos habilitados en la seccion MORDAZA del presente articulo y los montos de transferencia por Pliego y proyecto, se detallan en el Anexo "Transferencia de Partidas para el Financiamiento de Proyectos de Inversion Publica de Saneamiento Rural", que forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Articulo 2°.-Procedimiento para la Aprobacion Institucional 2.1 Los Titulares de los Pliegos habilitadores y habilitados en la presente Transferencia de Partidas aprueban mediante Resolucion, la desagregacion de los recursos autorizados en el articulo 1° de la presente

ANEXO TRANSFERENCIA DE PARTIDAS PARA EL FINANCIAMIENTO DE PROYECTOS DE INVERSION PUBLICA DE SANEAMIENTO RURAL MONTO A TRANSFERIR S/. 3,450,000

N° 1

UBIGEO 040520

PLIEGO MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MAJES

CODIGO SNIP 140391

CODIGO DGPP

NOMBRE DEL PROYECTO

2

040306

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CAHUACHO

95378

2.132732 INSTALACION DE LOS SISTEMAS DE AGUA POTABLE Y DESAGUE EN PLAN DE SANEAMIENTO DEL CENTRO POBLADO MORDAZA HORIZONTE ASENTAMIENTOS B1, B-2, B-3, C-1, C-2, DISTRITO DE MAJES - CAYLLOMA - MORDAZA 2.162707 MEJORAMIENTO DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE E INSTALACION DE SISTEMA DE ALCANTARILLADO Y PLANTA DE TRATAMIENTO EN EL CENTRO POBLADO DE SONDOR, DISTRITO CAHUACHO, PROVINCIA CARAVELI, MORDAZA

583,110

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