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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 20 de octubre de 2012 476841 DECRETA: Artículo 1°.- Objeto 1.1. Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, hasta por la suma de S/. 9 105 442,00 (NUEVE MILLONES CIENTO CINCO MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y DOS Y 00/100 NUEVOS SOLES), para el fi nanciamiento de cuatro (04) proyectos de inversión pública de saneamiento rural a nivel nacional, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 037 : Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento UNIDAD EJECUTORA 005 : Programa Nacional de Saneamiento Rural PROGRAMA PRESUPUESTAL 0083 : Agua y Saneamiento para la Población Rural PRODUCTO 3.000001 : Acciones Comunes ACTIVIDAD 5.001778 : Transferencia de recursos para Agua y Saneamiento Rural FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.4. Donaciones y Transferencias 9 105 442,00 =========== TOTAL EGRESOS 9 105 442,00 ============ A LA: En Nuevos Soles SECCIÓN SEGUNDA Instancias Descentralizadas PLIEGOS : Gobiernos Locales FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.6. Adquisición de Activos no Financieros 9 105 442,00 =========== TOTAL EGRESOS 9 105 442,00 =========== 1.2. Los Pliegos habilitados en la sección segunda del presente artículo y los montos de transferencia por Pliego y proyecto, se detallan en el Anexo “Transferencia de Partidas para el Financiamiento de Proyectos de Inversión Pública de Saneamiento Rural”, que forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Artículo 2°.-Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 Los Titulares de los Pliegos habilitadores y habilitados en la presente Transferencia de Partidas aprueban mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1° de la presente norma, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23° de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, instruirá a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modifi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3°.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1° del presente Decreto Supremo, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4°.-Plazo para el inicio del proceso de selección Los procesos de selección para la ejecución de los proyectos de inversión pública señalados en el Anexo “Transferencia de Partidas para el Financiamiento de Proyectos de Inversión Pública de Saneamiento Rural”, deberán ser iniciados por los Gobiernos Locales de acuerdo a los plazos establecidos en sus respectivos Convenios suscritos con el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Artículo 5°.- Información Los Pliegos habilitados, informarán al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, los avances físicos yfi nancieros de la ejecución de los proyectos a su cargo, con relación a su cronograma de ejecución y a las disposiciones contenidas en los Convenios correspondientes, para efectos de las acciones de verifi cación y seguimiento a que se refi ere el artículo 11° de la Ley N° 29812. Artículo 6°.- Del Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecinueve días del mes de octubre del año dos mil doce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas RENÉ CORNEJO DÍAZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento ANEXO TRANSFERENCIA DE PARTIDAS PARA EL FINANCIAMIENTO DE PROYECTOS DE INVERSIÓN PÚBLICA DE SANEAMIENTO RURAL N° UBIGEO PLIEGO CÓDIGO SNIP CÓDIGO DGPP NOMBRE DEL PROYECTO MONTO A TRANSFERIR S/. 1 040520 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MAJES 140391 2.132732 INSTALACION DE LOS SISTEMAS DE AGUA POTABLE Y DESAGUE EN PLAN DE SANEAMIENTO DEL CENTRO POBLADO BELLO HORIZONTE ASENTAMIENTOS B- 1, B-2, B-3, C-1, C-2, DISTRITO DE MAJES - CAYLLOMA - AREQUIPA 3,450,000 2 040306 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CAHUACHO 95378 2.162707 MEJORAMIENTO DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE E INSTALACIÓN DE SISTEMA DE ALCANTARILLADO Y PLANTA DE TRATAMIENTO EN EL CENTRO POBLADO DE SONDOR, DISTRITO CAHUACHO, PROVINCIA CARAVELI, AREQUIPA 583,110