NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2012 (09/09/2012)
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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 9 de setiembre de 2012 474208 PODER EJECUTIVO TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Autorizan a Grupo VIP S.A.C. Contratistas Generales, en su calidad de Escuela de Conductores Integrales, el cambio de ubicación de local situado en el distrito de Los Olivos, provincia y departamento de Lima RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 2733-2012-MTC/15 Lima, 17 de julio de 2012 VISTOS: Los Partes Diarios Nºs. 062500 y 071995, presentados por la empresa denominada GRUPO VIP S.A.C. CONTRATISTAS GENERALES, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nº 1373-2011- MTC/15 de fecha 18 de abril de 2011, se autorizó a la empresa denominada GRUPO VIP S.A.C. CONTRATISTAS GENERALES, con RUC Nº 20524027357 y domicilio en Jirón Víctor Sarria Arzubiaga Nº 1366, Urbanización Elio- Cercado de Lima, para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, en adelante La Escuela, a fi n de impartir los conocimientos teóricos – prácticos requeridos para conducir vehículos motorizados de transporte terrestre, así como la formación orientada hacia la conducción responsable y segura, a los postulantes para obtener una licencia de conducir de la Clase A Categoría II y III y Clase B Categoría IIc; Que, mediante Parte Diario Nº 062500 de fecha 28 de mayo de 2012, La Escuela, solicita la modifi cación de los términos de su autorización, contenida en la Resolución Directoral Nº 1373-2011-MTC/15, cambiando la ubicación de las ofi cinas administrativas, aulas de enseñanza para las clases teóricas y el taller de enseñanza teórico- práctica de mecánica, por el ubicado en: Avenida Próceres Nº 7712, 3er piso, Urbanización Pro, distrito de Los Olivos, provincia y departamento de Lima; Que, mediante Ofi cio Nº4068-2012-MTC/15.03 de fecha 05 de junio de 2012, notifi cado el 06 de junio del presente año, esta administración formuló las observaciones pertinentes a la solicitud presentada por La Escuela, requiriéndole la subsanación correspondiente, para la cual se le otorgó un plazo de diez (10) días hábiles, el cual es respondida mediante Parte Diario Nº 071995 de fecha 15 de junio de 2012; Que, el artículo 60º del Reglamento Nacional de Licencias de conducir Vehículos automotores y no motorizados de transporte terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, en adelante El Reglamento, establece que “La autorización como Escuela de Conductores, así como su modifi cación, suspensión o caducidad, para surtir efectos jurídicos serán publicadas en el Diario Ofi cial El Peruano”; asimismo, el primer párrafo del artículo 61º de El Reglamento, dispone que “Procede la solicitud de modifi cación de autorización de La Escuela de Conductores cuando se produce la variación REQUISITOS PARA PUBLICACIÏN EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentación por publicar se recibirá en la Dirección del Diario Ofi cial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicación deberá adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su fi rma ante el Diario Ofi cial. 2.- Junto a toda disposición, con o sin anexo, que contenga más de una página, se adjuntará un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe 3.- En toda disposición que contenga anexos, las entidades deberán tomar en cuenta lo establecido en el artículo 9º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. 4.- Toda disposición y/o sus anexos que contengan tablas, deberán estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justifi car; si incluyen gráfi cos, su presentación será en extensión PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposición, con o sin anexos, que en total excediera de 6 páginas, el contenido del disquete, cd rom, USB o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicación, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicación se suspenderá. 6.- Las cotizaciones se enviarán al correo electrónico: cotizacionesnnll@editoraperu.com.pe; en caso de tener más de 1 página o de incluir cuadros se cotizará con originales. Las cotizaciones tendrán una vigencia de dos meses o según el cambio de tarifas de la empresa. LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL