Norma Legal Oficial del día 30 de abril del año 2013 (30/04/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano Martes 30 de MORDAZA de 2013

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VISTO: El Informe-0001-2013-AG-SENASA-DSV-SCVGMOSTAJO del 14 de enero de 2013, el cual propone establecer los requisitos fitosanitarios para la importacion de kits de MORDAZA tratada segun la MORDAZA Internacional de Medidas Fitosanitarias - NIMF Nº 15, a ser ensamblados en el Peru y destinados al comercio internacional, y; CONSIDERANDO: Que, la Setima Disposicion Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1059 - Ley General de Sanidad Agraria, faculta a la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria para dictar las normas, disposiciones, directivas y medidas que MORDAZA necesarias para completar, especificar o precisar el contenido normativo de la referida Ley, su Reglamento o disposiciones complementarias, o que se requieran para su mejor aplicacion. Que, el articulo 1º del Reglamento de la Ley General de Sanidad Agraria, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 018-2008-AG, senala que tiene por objeto establecer normas y procedimientos para la aplicacion y cumplimiento del Decreto Legislativo Nº 1059 ­ Decreto Legislativo que aprueba la Ley General de Sanidad Agraria; Que, el articulo 38° del Decreto Supremo N° 0322003-AG - Reglamento de Cuarentena Vegetal, establece que los requisitos fitosanitarios necesarios que se debe cumplir para la importacion al MORDAZA de plantas, productos vegetales y otros articulos reglamentados, seran aprobados mediante Resolucion del Organo de Linea Competente; Que, el articulo 1° de la Resolucion Directoral N° 0002-2012-AG-SENASA-DSV, establece cinco categorias de riesgo fitosanitario, donde estan agrupadas las plantas, productos de origen vegetal y otros articulos reglamentados cuyo riesgo fitosanitario se encuentra en forma ascendente; Que, mediante la MORDAZA Internacional de Medidas Fitosanitarias ­NIMF Nº 15, se establecieron las Directrices para reglamentar el embalaje de MORDAZA utilizado en el comercio internacional; Mediante Resolucion Directoral Nº 105-2005AG-SENASA-DGSV se aprueba el Manual de Procedimientos Fitosanitarios para el ingreso y salida del MORDAZA del embalaje de MORDAZA utilizado en el comercio internacional. Que, debido a la alta demanda de embalajes de MORDAZA para el comercio internacional por parte de las empresas exportadoras del Peru, las empresas nacionales dedicadas al rubro de la MORDAZA y fabricacion de embalajes, solicitan al SENASA la importacion de MORDAZA tratada para la fabricacion y/o ensamblado de embalajes para el comercio internacional; Que, como resultado de dicho estudio la Subdireccion de Cuarentena Vegetal, ha establecido los requisitos necesarios para garantizar un nivel adecuado de proteccion al MORDAZA, minimizando los riesgos en el ingreso de plagas cuarentenarias; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1059, el Decreto Supremo Nº 018-2008AG, el Decreto Supremo Nº 032-2003-AG, el Decreto Supremo Nº 008-2005-AG, la Resolucion Directoral Nº 0002-2012-AG-SENASA-DSV, Resolucion Directoral Nº 105-2005-AG-SENASA-DGSV y con el visado de la Subdireccion de Cuarentena Vegetal y de la Oficina de Asesoria Juridica; SE RESUELVE:

Que, el articulo 2º del Reglamento que establece los mecanismos para la propuesta y designacion de los representantes de las entidades y gremios al Consejo Nacional de Proteccion del Consumidor, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2011-PCM, senala que para ser integrante del Consejo Nacional de Proteccion del Consumidor se requiere tener el pleno ejercicio de los derechos civiles; Que, el numeral 3.1 del articulo 3º del citado Reglamento, ha previsto que los integrantes del Consejo Nacional de Proteccion del Consumidor son designados mediante resolucion ministerial de la Presidencia del Consejo de Ministros, a propuesta de las entidades o gremios que conforman dicho Consejo Nacional; Que, el numeral 3.3 del articulo 3º del referido Reglamento dispone que los representantes de las demas entidades y gremios que integran el Consejo Nacional de Proteccion del Consumidor, con excepcion de la Defensoria del Pueblo, son propuestos por estos a la Presidencia del Consejo de Ministros para la verificacion del cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 2º del indicado Reglamento y la expedicion de la resolucion ministerial correspondiente; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 194-2011PCM se designo, entre otros, a la senora MORDAZA MORDAZA Molinelli Aristondo y al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Trucios como representante y representante alterno, respectivamente, de los organismos reguladores de los servicios publicos ante el Consejo Nacional de Proteccion del Consumidor; Que, mediante el documento de vista, los Presidentes de los Consejos Directivos de OSIPTEL, SUNASS, OSINERGMIN y OSITRAN, proponen la designacion de nuevos representantes de los organismos reguladores de los servicios publicos ante el Consejo Nacional de Proteccion del Consumidor; De conformidad con la Ley Nº 29571, Codigo de Proteccion y Defensa del Consumidor; y el Reglamento que establece los mecanismos para la propuesta y designacion de los representantes de las entidades y gremios al Consejo Nacional de Proteccion del Consumidor, aprobado por Decreto Supremo Nº 0312011-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dar por concluida las designaciones efectuadas a la senora MORDAZA MORDAZA Molinelli Aristondo y al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Trucios como representante y representante alterno, respectivamente, de los organismos reguladores de los servicios publicos ante el Consejo Nacional de Proteccion del Consumidor, dandoseles las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2º.- Designar al senor MORDAZA MORDAZA Sheput Stucchi, representante de los organismos reguladores de los servicios publicos ante el Consejo Nacional de Proteccion del Consumidor. Articulo 3°.- Designar al senor MORDAZA MORDAZA Patino MORDAZA, representante alterno de los organismos reguladores de los servicios publicos ante el Consejo Nacional de Proteccion del Consumidor. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MAYOR Presidente del Consejo de Ministros 931265-1

AGRICULTURA
Aprueban el "Procedimiento para Autorizacion de importacion de MORDAZA aserrada y/o de kits MORDAZA tratadas para embalaje a ser fabricados y/o ensamblados en el Peru"
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 0012-2013-AG-SENASA-DSV 19 de MORDAZA de 2013

Articulo 1º.- Apruebese el "Procedimiento para Autorizacion de importacion de MORDAZA aserrada y/o de kits MORDAZA tratadas para embalaje a ser fabricados y/o ensamblados en el Peru", el mismo que sera publicado en el MORDAZA institucional del SENASA ( www.senasa.gob.pe). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA BARRENECHEA MORDAZA Director General Direccion de Sanidad Vegetal Servicio Nacional de Sanidad Agraria 931027-1

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