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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE ABRIL DEL AÑO 2013 (30/04/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 19

El Peruano Martes 30 de abril de 2013 493857 como de concienciación del sector privado sobre sus potencialidades, y reconociendo que la inclusión laboral de las personas con discapacidad no sólo garantiza su integración social, sino que sus efectos positivos en lo económico y social se extienden a toda la comunidad; proclamaron el año 2013 como el “Año Iberoamericano para la inclusión laboral de las Personas con Discapacidad”; Que, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo viene adoptando diversas iniciativas para promover la inclusión laboral plena y efectiva de las personas con discapacidad, con especial énfasis en las personas más vulnerables dentro de dicho colectivo, así por ejemplo, viene implementando el programa presupuestal para la inclusión de jóvenes con discapacidad en el mercado de trabajo; Que, sin embargo, de acuerdo a la Encuesta Nacional Continua del año 2006 las personas con discapacidad mental, del habla y de comunicación, son las que presentan menor inserción laboral, en comparación con otros tipos de discapacidad; Que, de acuerdo con el “Informe Mundial sobre la situación de la Discapacidad” elaborado por la Organización Mundial de la Salud en el año 2011, las personas con discapacidad están en desventaja en el mercado laboral, ya sea por falta de acceso a educación y capacitación o debido a la percepción que exista en el lugar de trabajo o que tengan los empleadores acerca de la discapacidad y las personas con discapacidad. En dicho informe, se reconoce que los programas especiales de empleo pueden contribuir signifi cativamente en la inserción laboral de las personas con discapacidad intelectual y mental. En ese sentido, se resalta el valor y los resultados logrados por los programas de empleo respaldado o “Empleo con Apoyo”; Que, es necesario desarrollar una experiencia piloto de inserción efectiva y sostenible de personas con síndrome de Down y con síndrome de Asperger en el ámbito privado, que basado en el modelo metodológico del “Empleo con Apoyo”, se centre en la atención individualizada de la persona con discapacidad, en la promoción de sus habilidades, y que al generar mayor conciencia en los empleadores propicie cambios de actitudes y con ello entornos laborales ajustados a las personas con estos tipos de discapacidad. Esta experiencia piloto servirá como evidencia para sustentar futuras intervenciones institucionales desde el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, en atención a las consideraciones expuestas, resulta procedente aprobar el “Plan de Actuación para la Inserción y Capacitación Laboral de Personas con Discapacidad Mental e Intelectual, mediante el Modelo Metodológico del Empleo con Apoyo”; Que, mediante el Ofi cio N° 522-2013-MTPE/3.17, la Dirección General de Promoción del Empleo, informa la realización de acciones implementadas del “Plan de Actuación para la Inserción y Capacitación Laboral de Personas con Discapacidad Mental e Intelectual, mediante el Modelo Metodológico del Empleo con Apoyo”, creándose la necesidad de aprobarlo con efi cacia anticipada; por ello, la Dirección General establece en el Ofi cio mencionado, que se cumplen los requisitos contemplados en el numeral 17.1 del artículo 17° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, el numeral 17.1 del artículo 17º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que “La autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga efi cacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no se lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la efi cacia del acto el supuesto de hecho justifi cativo para su adopción”; Con las visaciones del Viceministro de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, de la Directora General de Promoción del Empleo (e), del Jefe de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Jefe de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y, De conformidad con lo dispuesto por el numeral 8) del artículo 25° de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2010-TR; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar con efi cacia anticipada al mes de febrero de 2013, el “Plan de Actuación para la Inserción y Capacitación Laboral de Personas con Discapacidad Mental e Intelectual, mediante el Modelo Metodológico del Empleo con Apoyo”, a cargo de la Dirección General de Promoción del Empleo, el mismo que en Anexo adjunto forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2°.- Encargar a la Dirección General de Promoción del Empleo la aprobación de los protocolos de actuación, así como los instrumentos técnicos necesarios para la implementación del “Plan de Actuación para la Inserción y Capacitación Laboral de Personas con Discapacidad Mental e Intelectual, mediante el Modelo Metodológico del Empleo con Apoyo”. Artículo 3°.- Disponer que el Anexo al que se hace referencia en el artículo 1° de la presente resolución se publique en la página web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www.trabajo.gob.pe), y en la página web del Portal del Estado Peruano (www. peru.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente resolución ministerial en el Diario Ofi cial El Peruano, siendo responsable de dicha acción la Ofi cina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. NANCY LAOS CÁCERES Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo 931293-1 ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA Anexo de la Res. Nº 069-2013-OS/ CD mediante la cual se modifican procedimientos técnicos aprobados mediante la Res. Nº 025-2012-OS/CD y R.M. Nº 322-2001-EM/VME ANEXO - RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN Nº 069-2013-OS/CD (La Resolución de la referencia se publicó en la edición del 28 de abril de 2013) Modifi caciones e Incorporaciones de numerales en el PR-25 “Factores de Indisponibilidad de las Unidades de Generación”, aprobado con Resolución OSINERGMIN Nº 025-2012-OS/CD I. Modifíquese los numerales 4.1.1, 4.2.1, 4.2.3 del Artículo 4º del PR-25, de acuerdo con el siguiente texto: “4. RESPONSABILIDADES 4.1. DEL COES 4.1.1 Verifi car y evaluar la información de indisponibilidades reportada por las empresas generadoras. (...) 4.2. INTEGRANTES DEL COES 4.2.1 Remitir semanalmente, al tercer día de haber iniciado la siguiente semana operativa, la información