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El Peruano Viernes 2 de agosto de 2013 500447 Instituciones involucradas Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas del Perú País participante Estados Unidos de América Tipo de unidad participante 1 destacamento Cantidad de personal 1. Capitán Daniel Hendrix 2. Técnico 1º William Hobbs 3. Técnico 2º David Crider 4. Técnico 4º Christipher Roussell 5. Técnico 4º Joshua Tritt 6. Técnico 4º David Smith 7. Técnico 4º Daisson D. Hickel 8. Técnico 4º Melvin G. Candelario 9. Subofi cial 1º Jason Walker 10. Subofi cial 1º Patrick Lubbers 11. Subofi cial 1º William Arocho 12. Subofi cial 1º Boman Morgan 13. Subofi cial 1º Samuel Taylor Tipo y cantidad de armas 13 fusiles M-4 (cal. 5,56 mm) 2 fusiles MK-17 (cal. 7,62 mm) 2 fusiles M-110 (cal. 7,62 mm) 2 fusiles Remington (12 gauge) 10 pistolas M-9 Beretta (cal. 9 mm) 4 pistolas Glock 19 (cal. 9 mm) 2 pistolas SigSauer (cal. 9 mm) 1 ametralladora M-240 (cal. 7,62 mm) 2 ametralladoras M-249 (cal. 5,56 mm) 5. Entrenamiento combinado (SFODA) Objetivo Entrenamiento táctico de las Fuerzas Militares del Perú Lugar Lima, San Martín, Pasco, Loreto, Huancavelica, Junín, Cusco y Ayacucho Fecha de inicio 3 de agosto Tiempo de permanencia 120 días Instituciones involucradas Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas del Perú País participante Estados Unidos de América Tipo de unidad participante 1 destacamento Cantidad de personal 1. Sargento 2º Steven Rosado 2. Sargento 1º Patrick Bryde 3. Técnico 4º Vincent Seals 4. Técnico 4º John Short 5. Subofi cial 1º Joseph Stocker 6. Técnico 4º Matthew Sandberg 7. Técnico 4º Ross Rahn Tipo y cantidad de armas 7 fusiles (cal. 5,56 mm) 7 pistolas (cal. 9 mm) 969523-1 PODER EJECUTIVO AMBIENTE Aprueban la “Política de Seguridad de la Información del Ministerio del Ambiente - MINAM” y los “Lineamientos de la Política de Seguridad de la Información del Ministerio del Ambiente” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 221-2013-MINAM Lima, 24 de julio de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 246-2007- PCM, publicada el 25 de agosto de 2007, se aprobó el uso obligatorio de la “Norma Técnica Peruana “NTP- ISO/IEC 17799:2007 EDI. Tecnología de la Información. Código de buenas prácticas para la gestión de la seguridad de la información. 2ª Edición”, en todas las entidades integrantes el Sistema Nacional de Informática, con la fi nalidad de establecer un modelo integral para el desarrollo de los planes de seguridad de la información en la Administración Pública; Que, la referida Norma Técnica Peruana señala que la Política de Seguridad de Información, tiene como objeto dirigir y dar soporte a la gestión de seguridad de la información en concordancia con los requerimientos de la institución, las leyes y las regulaciones, correspondiendo a la Alta Dirección establecer las líneas de la política de actuación y manifestar su apoyo y compromiso a la seguridad de la información, publicando y manteniendo una Política de Seguridad en toda la organización; Que, la Ofi cina Nacional de Gobierno Electrónico e Informática (ONGEI) de la Presidencia del Consejo de Ministros recomienda la aplicación y el uso de la “NTP- ISO/IEC 27001:2008 EDI Tecnología de la Información. Técnicas de seguridad. Sistemas de Gestión de Seguridad de la Información. Requisitos”, de manera progresiva, en todas las entidades que integran el Sistema Nacional de Informática, con la fi nalidad de coadyuvar con la infraestructura de Gobierno Electrónico; la cual a su vez, se complementa con la Resolución Ministerial Nº 246- 2007-PCM; Que, en tal sentido, mediante Resolución Ministerial N° 129-2012-PCM, publicada el 25 de mayo de 2012, se aprueba el uso obligatorio de la Norma Técnica Peruana “NTP-ISO/IEC 27001:2008 EDI Tecnología de la Información Técnicas de Seguridad. Sistemas de gestión de seguridad de la Información. Requisitos”, en todas las entidades integrantes del Sistema Nacional de Informática, cuyo control deberá ser implementado de acuerdo a las recomendaciones de la Norma Técnica Peruana “NTP- ISO/IEC 17799:2007 EDI. Tecnología de la Información”; Que, la segunda parte del artículo 5° de la Resolución Ministerial citada en el considerando precedente, establece que cada entidad designará un coordinador que hará las veces de ofi cial de seguridad de la información hasta la adecuación de su estructura organizacional donde se incorpore esta función, siendo que tal designación deberá realizarse mediante resolución del Titular de cada Entidad; Que, mediante Resolución de Secretaría General N° 061-2011-MINAM, de 27 de julio de 2011, se conformó el Comité de Gestión de Seguridad de la Información del Ministerio del Ambiente – MINAM, con la fi nalidad de impulsar y realizar las acciones destinadas a mantener y mejorar la seguridad de la información en la entidad, el cual propone la aprobación de la Política de Seguridad de la Información del Ministerio del Ambiente, la aprobación de los Lineamientos de la Política de Seguridad de la Información del Ministerio del Ambiente, así como la designación del Ofi cial de Seguridad de la Información; por lo que, corresponde emitir la presente resolución; Con el visado de la Secretaría General, de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, de la Ofi cina General de Administración, y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente y el Decreto Supremo Nº 007-2008-MINAM, que aprueba su Reglamento de Organización y Funciones; y, las Resoluciones Ministeriales N° 246-2007-PCM y N° 129-2012-PCM. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la “Política de Seguridad de la Información del Ministerio del Ambiente – MINAM”, que como Anexo 1 forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2º.- Aprobar los “Lineamientos de la Política de Seguridad de la Información del Ministerio del Ambiente”, que como Anexo 2 forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 3°.- Designar al Responsable del Sistema de Informática y Tecnologías de la Información, como Ofi cial de Seguridad de la Información del Ministerio del Ambiente – MINAM.