Norma Legal Oficial del día 02 de agosto del año 2013 (02/08/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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Articulo 4°.- El Oficial de Seguridad de la Informacion del Ministerio del Ambiente ­ MINAM, desarrollara las funciones siguientes: a) Realizar las coordinaciones con la Oficina Nacional de Gobierno Electronico e Informatica (ONGEI) b) Establecer la Informacion de cada organo del MINAM,para definir los controles y procedimientos que mitiguen los posibles riesgos existentes y que puedan afectar los procesos criticos de la entidad. c) Asegurar, a traves de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, que los aspectos de seguridad, MORDAZA considerados dentro del planeamiento estrategico del MINAM. d) Verificar el cumplimiento y efectividad de las medidas de administracion de riesgos relacionados con: seguridad logica, seguridad fisica, seguridad del recurso humano, administracion de operaciones, clasificacion de seguridad y procedimientos de respaldo. e) Verificar y evaluar que el Sistema de Informatica y Tecnologias de la Informacion realice un inventario periodico de activos asociados a la tecnologia de informacion segun la clasificacion del nivel de seguridad requeridos por dichos activos. f) Verificar que el MORDAZA para la aprobacion de propuestas de desarrollo y/o adquisicion de sistemas cuente con una descripcion general de los riesgos identificados, requerimientos de seguridad y las acciones a tomar para controlar dichos riesgos. g) Verificar el cumplimiento y efectividad de los procedimientos de control y actualizacion de versiones y pases a produccion. h) Garantizar la correcta implementacion de los "Lineamientos Generales de Seguridad de la Informacion del Ministerio del Ambiente", una vez que MORDAZA aprobados. Articulo 5.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion Ministerial en el Diario Oficial El Peruano. La Politica de Seguridad de la Informacion del Ministerio del Ambiente ­ MINAM, se publicara en el MORDAZA Web Institucional www.minam.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PULGAR-VIDAL OTALORA Ministro del Ambiente 969373-1

El Peruano Viernes 2 de agosto de 2013

Que, de acuerdo al ordenamiento legal vigente, la informacion contable anual requerida para la elaboracion de la Cuenta General de la Republica del ejercicio fiscal 2013 debe presentarse hasta el 31 de marzo de 2014, de conformidad con el literal c) del articulo 36º de la Ley Nº 28708, Ley General del Sistema Nacional de Contabilidad; ademas, la informacion financiera y presupuestaria semestral del ano fiscal 2013, requerida por la Direccion General de Contabilidad Publica, debe ser presentada dentro de los treinta (30) dias habiles siguientes a la finalizacion del periodo que se informa, de acuerdo al literal b) del numeral 7 de la Directiva Nº 001-2011-EF/51.01 "Preparacion y MORDAZA de Informacion Financiera y Presupuestaria Trimestral y Semestral por las entidades usuarias del Sistema de Contabilidad Gubernamental," aprobada mediante la Resolucion Directoral Nº 002-2011-EF/51.01; en relacion a las empresas del Estado, debe ser presentado dentro de los treinta (30) dias calendarios de finalizado cada trimestre segun corresponda, conforme al literal a) del numeral 8) de la Directiva Nº 002-2012-EF/51.01 "Preparacion y MORDAZA de la informacion financiera, presupuestaria y complementaria trimestral y semestral por las Empresas y Entidades de Tratamiento Empresarial del Estado", aprobada mediante la Resolucion Directoral Nº 011-2012-EF/51.01 y su modificatoria el articulo 2º de la Resolucion Directoral Nº 006-2013-EF/51.01; empero debido a problemas surgidos en el registro de la informacion contable en el aplicativo, es necesario otorgar un MORDAZA plazo de MORDAZA de la informacion contable correspondiente al primer semestre del ejercicio 2013 para las Empresas y Entidades de Tratamiento Empresarial del Estado; Que, el Ministerio de Economia y Finanzas elaboro el aplicativo web "Modulo de Saneamiento Contable", herramienta informatica que deben utilizar las entidades del Sector Publico para registrar las acciones de saneamiento de la informacion contable, dispuesto por el articulo 3º de la Ley Nº 29608 y prorrogada por la Vigesima Novena Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29951, por el cual es necesario disponer la utilizacion del citado aplicativo informatico para la realizacion de las acciones de saneamiento de la informacion contable correspondiente al ano 2013; y Estando a lo propuesto por la Direccion de Empresas Publicas y con la visacion de la Direccion de Normatividad, Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales y Direccion de Gobiernos Locales; y en uso de las atribuciones conferidas por el articulo 42º de la Ley Nº 28112, Ley MORDAZA de la Administracion Financiera del Sector Publico y el articulo 7º de la Ley Nº 28708. Ley General del Sistema Nacional de Contabilidad; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar un MORDAZA plazo de MORDAZA de informacion contable. Otorgar hasta el 13 de agosto de 2013, el MORDAZA plazo de MORDAZA de la informacion contable correspondiente al primer semestre del ejercicio 2013 para las Empresas y Entidades de Tratamiento Empresarial del Estado comprendidas en la Directiva Nº 002-2012-EF/51.01 "Preparacion y MORDAZA de la informacion financiera, presupuestaria y complementaria trimestral y semestral por las Empresas y Entidades de Tratamiento Empresarial del Estado" aprobada por la Resolucion Directoral Nº 011-2012-EF/51.01 y modificado por el articulo 2º de la Resolucion Directoral Nº 006-2013-EF/51.01. Articulo 2º.- MORDAZA del saneamiento de la informacion contable, ejercicio 2013 de las Entidades Gubernamentales y Empresas del Estado. 1.1. Disponer que las entidades gubernamentales y empresas del Estado registren y envien las acciones de saneamiento contable en el aplicativo web "Modulo de Saneamiento Contable", de acuerdo a lo senalado en el Comunicado Nº 03-2012-EF/51.01. 1.2. La MORDAZA de las acciones de saneamiento contable a la Direccion General de Contabilidad Publica y a la Comision de Presupuesto y Cuenta General de la Republica del Congreso de la Republica, se efectuara mediante reportes impresos a nivel pliego, obtenidos del "Modulo de Saneamiento Contable", debidamente firmados por los funcionarios competentes, incluyendo la documentacion complementaria que corresponda. 1.3. Las Entidades Gubernamentales y Empresas del Estado presentaran el avance de las acciones de Saneamiento de la Informacion Contable, hasta el primer

ECONOMIA Y FINANZAS
Otorgan MORDAZA plazo para la MORDAZA de informacion contable por parte de empresas y entidades de tratamiento empresarial del Estado comprendidas en la Directiva N° 0022012-EF/51.01
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 010-2013-EF/51.01 MORDAZA, 31 de MORDAZA de 2013 CONSIDERANDO: Que, para efecto del cumplimiento de lo establecido en la Vigesima Novena Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2013, que prorroga hasta el 31 de diciembre de 2013, la vigencia del articulo 3º de la Ley Nº 29608, para la MORDAZA de la informacion correspondiente al ano 2013 de las acciones de saneamiento de la informacion contable en el Sector Publico, resulta necesario establecer los plazos de MORDAZA de dicha informacion para efecto de la remision de la misma a la Direccion General de Contabilidad Publica y a la Comision de Presupuesto y Cuenta General de la Republica del Congreso de la Republica, teniendo en cuenta el plazo vigente para la MORDAZA de la informacion del primer semestre y el plazo vigente de la informacion anual del ejercicio fiscal 2013 de la Cuenta General de la Republica;

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