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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE AGOSTO DEL AÑO 2013 (19/08/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 23

El Peruano Lunes 19 de agosto de 2013 501401 De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros – Ley Nº 26702, por la Resolución SBS Nº 775- 2008; y, en uso de la facultad encomendada mediante Resolución SBS Nº 12883-2009 del 10 de setiembre de 2009; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a Financiera Edyfi car S.A. a la apertura de una (01) agencia y dos (02) ofi cinas especiales, en las siguientes ubicaciones: • Agencia Carabayllo, ubicada en: Av. Túpac Amaru Nº 10600, Pueblo Joven El Progreso – Zona 1, distrito de Carabayllo, provincia y departamento de Lima. • Ofi cina Especial Pisco, ubicada en: Calle Progreso Nº 237, distrito y provincia de Pisco, departamento de Ica. • Ofi cina Especial La Hermelinda, ubicada en: Av. América Norte Nº 1429-1431, Mz. “T” Lote 13, Urb. Las Quintanas 4ta. Etapa, distrito y provincia de Trujillo, departamento de La Libertad. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS CORTÉS Intendente General de Banca 975823-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES Aprueban modificación del TUPA de la Municipalidad DECRETO DE ALCALDÍA Nº 006-2013/MM Mirafl ores, 8 de agosto de 2013 EL ALCALDE DE MIRAFLORES; CONSIDERANDO: Que, según el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia. De igual modo, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que la autonomía que la Carta Magna establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante Ordenanza Nº 308-2009 del 24 de junio de 2009, se aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad de Mirafl ores, modifi cado con la Ordenanza Nº 312-MM del 25 de septiembre de 2009; habiéndose ratifi cado los derechos de trámite correspondientes a los procedimientos administrativos a través del Acuerdo de Concejo Nº 396 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, publicado en el Diario Ofi cial El Peruano el 07 de noviembre de 2009; Que, a través de la Ordenanza Nº 347/MM se aprobó la nueva Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad de Mirafl ores, que fueron modifi cados con la Ordenanza Nº 378/MM. Asimismo, mediante Decreto de Alcaldía Nº 005-2011/MM se aprueba la adecuación de la denominación de las unidades orgánicas, modifi cación y supresión de requisitos del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad de Mirafl ores, aprobado con Ordenanza Nº 308-2009 y modifi cado con Ordenanza Nº 312-MM; Que, según el artículo 36.3, concordante con el artículo 38.5 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, una vez aprobado el TUPA, toda modifi cación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar por Decreto de Alcaldía. La modifi cación se publicará según lo dispuesto en el numeral 38.3 del dispositivo referido; Que, la Subgerencia de Racionalización y Estadística, mediante Informe Nº 28-2013-SGRE-GPP/MM, indica que habiéndose evaluado la reducción de plazos en algunos procedimientos a cargo de la Subgerencia de Obras Públicas, así como la modifi cación de requisitos en otros procedimientos de la Subgerencia de Licencias de Edifi caciones Privadas, opina favorablemente respecto a la modifi cación del vigente TUPA de la entidad, para lo cual adjunta el Informe Técnico Nº 010-2013-SGRE- GPP/MM de fecha 25 de julio de 2013; siendo que dichas modifi caciones obedecen a la emisión de la Ley Nº 30056, Ley que modifi ca diversas leyes para facilitar la inversión, impulsar el desarrollo productivo y el crecimiento empresarial; Que, por su parte la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto, con Memorándum Nº 248-2013-GPP/MM del 25 de julio de 2013, hace la precisión que el proyecto que contiene la modifi cación al TUPA ha sido elaborado teniendo en cuenta los lineamientos técnicos y vigentes sobre la materia, por lo que expresa su conformidad con el informe técnico mencionado y señala que debe aprobarse la propuesta de modifi cación al TUPA; Que, a mayor sustento la Gerencia de Asesoría Jurídica, mediante Informe Legal Nº 324-2013-GAJ/ MM del 26 de julio de 2013, concluye que estando a los informes técnicos sustentatorios y la normatividad vigente aplicable, es viable aprobar las modifi caciones propuestas al TUPA, a efectuarse mediante decreto de alcaldía; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades contenidas en el artículo 20, numeral 6, y el artículo 42 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- Aprobar la modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad de Miraflores, aprobado con Ordenanza Nº 308-2009 y modificado con Ordenanza Nº 312-MM, referido a los procedimientos de la Subgerencia de Obras Públicas y de la Subgerencia de Licencias de Edificaciones Privadas, según el detalle contenido en el anexo adjunto que forma parte del presente decreto. Artículo Segundo.- Encargar a la Secretaría General, la publicación del presente decreto de alcaldía en el Diario Ofi cial El Peruano, así como del anexo que contiene, y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional la publicación del mismo y del anexo que forma parte integrante, en el Portal Institucional (www.mirafl ores. gob.pe), Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas - PSCE (www.serviciosalciudadano.gob.pe) y el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe), en la misma fecha de publicación del Diario Ofi cial El Peruano, conforme a ley. Artículo Tercero.- Precisar que el presente decreto de alcaldía entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase. JORGE MUÑOZ WELLS Alcalde 976062-1