Norma Legal Oficial del día 11 de enero del año 2013 (11/01/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano MORDAZA, viernes 11 de enero de 2013

NORMAS LEGALES

485931

CULTURA
Delegan en el Secretario General del Ministerio diversas facultades correspondientes a la Unidad Ejecutora 001: Administracion General del Pliego 003: Ministerio de Cultura, durante el Ejercicio Fiscal 2013
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 003-2013-MC
MORDAZA, 8 de enero de 2013 CONSIDERANDO: Que, el numeral 7.1. del Articulo 7º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, dispone que el Titular de una Entidad puede delegar sus funciones en materia presupuestal cuando lo establezca expresamente la Ley General, las Leyes de Presupuesto del Sector Publico o la MORDAZA de creacion de la Entidad; Que, asimismo, el numeral 40.2 del Articulo 40º de la misma Ley, establece que "las modificaciones presupuestarias en el nivel Funcional Programatico son aprobadas mediante Resolucion del Titular, a propuesta de la Oficina de Presupuesto o de la que haga sus veces en la Entidad. El Titular puede delegar dicha facultad de aprobacion, a traves de disposicion expresa, la misma que debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano"; Que, el ultimo parrafo del Articulo 25° de la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, dispone que los Ministros de Estado pueden delegar, en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades que no MORDAZA privativas a su funcion y siempre que la normatividad lo autorice; Que, mediante Ley Nº 29565 se creo el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo, con personeria juridica de derecho publico, constituyendo un pliego presupuestal del Estado; Que, a traves de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, se establecen las normas para el MORDAZA presupuestario que deben observar los organismos del Sector Publico durante el Ejercicio Fiscal 2013; Que, la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017 y el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF y modificatorias, establecen las disposiciones y lineamientos que deben observar las Entidades del Sector Publico en los procesos de contrataciones de bienes, servicios u obras y regula las obligaciones y derechos que se derivan de los mismos; Que, el MORDAZA parrafo del articulo 5º de la Ley de Contrataciones del Estado, establece que "el Titular de la Entidad podra delegar, mediante resolucion, la autoridad que la presente MORDAZA le otorga. No pueden ser objeto de delegacion, la aprobacion de exoneraciones, la declaracion de nulidad de oficio y las autorizaciones de prestaciones adicionales de obra y otros supuestos que se establezcan en el Reglamento"; Que, asimismo, la Primera Disposicion Complementaria Final del Decreto Supremo N° 001-2011-MC, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Cultura, faculta a que, mediante Resolucion Ministerial, se emitan las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada implementacion del Reglamento de Organizacion y Funciones; Que, en tal sentido, a fin de optimizar el accionar de la Entidad, es necesario delegar en diversos funcionarios, facultades que corresponden al Titular de la Entidad, asi como las facultades y atribuciones administrativas de gestion y resolucion que no MORDAZA privativas del Titular de este Ministerio, asi como establecer disposiciones complementarias para la adecuada implementacion del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Cultura; Estando a lo visado por el Secretario General, el Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y el Director General de la Oficina General de Asesoria Juridica, y; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29565, Ley

de creacion del Ministerio de Cultura; la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013; el Decreto Legislativo Nº 1017, Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF; y, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2011-MC; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Delegar en el Secretario General del Ministerio de Cultura, durante el Ejercicio Fiscal 2013, las siguientes facultades correspondientes a la Unidad Ejecutora 001: Administracion General del Pliego 003: Ministerio de Cultura: 1.1. En Materia Presupuestaria: a) Aprobar directivas internas para la racionalizacion del gasto y para el manejo adecuado de los recursos asignados por toda Fuente de Financiamiento durante la ejecucion presupuestaria del Ejercicio Fiscal 2013, pudiendo dictar medidas complementarias que resulten necesarias, a excepcion de aquellas que correspondan a la Oficina General de Administracion o a las que MORDAZA sus veces en las Unidades Ejecutoras del Pliego 003: Ministerio de Cultura, conforme a las disposiciones que dicta la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico. b) Aprobar y/o formalizar las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programatico que correspondan al Titular del Pliego 003: Ministerio de Cultura. c) Aprobar el Plan Operativo Institucional del Ministerio de Cultura y sus respectivas modificatorias. d) Autorizar las transferencias financieras al Comite de Administracion del Fondo de Asistencia y Estimulo - CAFAE de la entidad, y la autorizacion del pago por concepto de incentivo a la productividad al personal sujeto al Decreto Legislativo N° 728. La delegacion de facultades senaladas precedentemente resulta de aplicacion a las demas Unidades Ejecutoras del Pliego 003: Ministerio de Cultura. 1.2. En materia de Contrataciones del Estado: a) Resolver los recursos de apelacion interpuestos en los procesos de seleccion de Adjudicacion Directa Selectiva y Adjudicacion de Menor Cuantia, realizados en el MORDAZA de lo dispuesto en la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por el Decreto Legislativo N° 1017 modificada por la Ley N° 29873; en el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo N° 184-2008-EF, modificado por Decreto Supremo N° 138-2012-EF. b) Aprobar el Plan Anual de Contrataciones, asi como sus modificatorias. c) Autorizar los procesos de estandarizacion. 1.3. En materia Disciplinarios: de Procesos Administrativos

Instaurar procesos administrativos disciplinarios a los funcionarios y servidores que se encuentren sujetos al regimen laboral del Decreto Legislativo Nº 276 en el Pliego 003: Ministerio de Cultura. 1.4. En materia de acciones administrativas y de recursos humanos: a) Aprobar el Presupuesto Analitico de Personal ­ PAP del Ministerio de Cultura. b) Autorizar y resolver las acciones de personal compre dido en el regimen laboral del Decreto Legislativo N° 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico y en el Decreto Legislativo N° 728, que de acuerdo a la normativa vigente sobre la materia, no MORDAZA de competencia exclusiva del Titular de la Entidad. Dicha facultad no incluye la de designar y remover a que alude el inciso 5) del Articulo 25° de la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo. c) Suscribir contratos de auditoria externa para la Entidad. d) Seleccionar a los locadores de servicios, asi como suscribir los terminos de referencia, contratos y adendas con cargo al Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Publico,

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