Norma Legal Oficial del día 11 de enero del año 2013 (11/01/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 11 de enero de 2013

ECONOMIA Y FINANZAS
Procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignacion de los recursos del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestion y Modernizacion Municipal del Ano 2013
ANEXO - DECRETO SUPREMO Nº 002-2013-EF
(El Decreto Supremo de la referencia se publico en la edicion del 10 de enero de 2013) PROCEDIMIENTOS PARA EL CUMPLIMIENTO DE METAS Y LA ASIGNACION DE LOS RECURSOS DEL PLAN DE INCENTIVOS A LA MEJORA DE LA GESTION Y MODERNIZACION MUNICIPAL DEL ANO 2013 TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1º.- Finalidad Establecer las metas y procedimientos para la asignacion de los recursos del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestion y Modernizacion Municipal del ano 2013, en adelante, "Plan de Incentivos", a que hace referencia la Ley Nº 29332, concordada con la Novena Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29812. Articulo 2º.- Fines y objetivos del Plan de Incentivos El Plan de Incentivos es un instrumento del Presupuesto por Resultados (PpR) y esta orientado a promover las condiciones que contribuyan con el crecimiento y desarrollo sostenible de la economia local, incentivando a las municipalidades a la mejora continua y sostenible de la gestion local. Son fines y objetivos del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestion y Modernizacion Municipal los siguientes: a) Incrementar los niveles de recaudacion de los tributos municipales, fortaleciendo la estabilidad y eficiencia en la percepcion de los mismos. b) Mejorar la ejecucion de proyectos de inversion publica, considerando los lineamientos de politica de mejora en la calidad del gasto. c) Reducir la desnutricion cronica infantil en el pais. d) Simplificar tramites generando condiciones favorables para el clima de negocios. e) Mejorar la provision de servicios publicos. f) Prevenir riesgos de desastres. Articulo 3º.- Ambito de aplicacion El Plan de Incentivos es de aplicacion para todas las municipalidades provinciales y distritales del pais. Articulo 4º.- Del financiamiento del Plan de Incentivos El Plan de Incentivos se financia en el ano 2013, con cargo a los saldos de los recursos del Tesoro Publico al 31 de diciembre de 2012, por un monto de S/.1 100 000 000,00 (UN MIL CIEN MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES), conforme a lo establecido en la MORDAZA Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29951 y en atencion a lo dispuesto en el numeral 1.2 del articulo 1º de la Ley Nº 29332. La asignacion de dichos recursos se incorporan en los Gobiernos Locales correspondientes mediante decreto supremo, refrendado por el Ministerio de Economia y Finanzas, en la Fuente de Financiamiento Recursos Determinados. TITULO II METAS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA ASIGNACION DE LOS RECURSOS DEL PLAN DE INCENTIVOS Articulo 5º.- Clasificacion de municipalidades Para el establecimiento de las metas, la distribucion y asignacion de los recursos del Plan de Incentivos se tendra en cuenta la siguiente clasificacion de municipalidades:

a) Municipalidades de ciudades principales MORDAZA "A". b) Municipalidades de ciudades principales MORDAZA "B". c) Municipalidades no consideradas ciudades principales, con 500 o mas viviendas urbanas. d) Municipalidades no consideradas ciudades principales, con menos de 500 viviendas urbanas. En el Anexo Nº 01 de la presente MORDAZA se identifica a cada municipalidad de acuerdo a la clasificacion arriba mencionada. Articulo 6º.- De las metas del Plan de Incentivos Las municipalidades deben de cumplir con determinadas metas para acceder a los recursos del Plan de Incentivos. Las metas han sido establecidas para cada MORDAZA de municipalidad tomando en consideracion la finalidad del citado Plan, de acuerdo a lo senalado en el articulo 2º del presente reglamento. Articulo 7º.- Determinacion de los montos maximos de recursos para cada municipalidad Para determinar el monto MORDAZA de los recursos que le corresponde a cada municipalidad por el cumplimiento de sus metas, se utiliza como criterio de reparticion el indice de Distribucion del Fondo de Compensacion Municipal FONCOMUN vigente, elaborado por la Direccion General de Descentralizacion Fiscal y Asuntos Sociales del Ministerio de Economia y Finanzas, monto que se aprueba por Resolucion Ministerial del citado Ministerio. Articulo 8º.- Evaluacion del cumplimiento de metas del Plan de Incentivos 8.1 La evaluacion del cumplimiento de las metas del Plan de Incentivos establecidas a las municipalidades es realizada por la Direccion General de Presupuesto Publico del Ministerio de Economia y Finanzas, sobre la base de los resultados obtenidos por cada municipalidad en cada una de las metas que le corresponden, e informados, segun sea el caso, por las entidades correspondientes. En caso la municipalidad no MORDAZA registrado y/o cumplido con los criterios e indicadores de evaluacion exigidos por las entidades competentes en forma oportuna, completa e idonea, se considerara como incumplida la meta correspondiente por parte de la municipalidad. Los criterios e indicadores a tener en cuenta para la evaluacion de las metas seran aprobados mediante Resolucion Directoral de la Direccion General de Presupuesto Publico del Ministerio de Economia y Finanzas. Los resultados de las evaluaciones son aprobados mediante Resolucion Directoral de la Direccion General de Presupuesto Publico del Ministerio de Economia y Finanzas, previo informe de dicha Direccion General, como requisito para la asignacion de los recursos. Los gobiernos locales podran presentar sus observaciones a estos resultados en los plazos que establezca el Ministerio de Economia y Finanzas, las cuales se analizaran con las entidades correspondientes y se procedera a la aprobacion de resultados complementarios de las evaluaciones observadas sujetandose a la misma formalidad de aprobacion MORDAZA mencionada. La formulacion de observaciones esta referida a demostrar que se cumplieron con los criterios e indicadores de evaluacion de la meta dentro de los plazos establecidos por la presente MORDAZA, por lo que en este periodo de evaluacion de observaciones no se podra sustentar el cumplimiento de metas fuera del plazo. 8.2 Se realizaran dos evaluaciones en el ano 2013. La primera vinculada con el cumplimiento de metas al 31 de diciembre de 2012 y que estan establecidas en el Anexo Nº 04 del Decreto Supremo Nº 004-2012-EF, que aprueba los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignacion de los recursos del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestion y Modernizacion Municipal. La MORDAZA vinculada con el cumplimiento de metas que deben alcanzar las municipalidades al 31 de MORDAZA del ano 2013 y que estan establecidas en el Anexo Nº 02 de la presente norma. 8.3 Asimismo, el presente Decreto Supremo establece las metas que deben cumplir las municipalidades al 31 de diciembre de 2013, con la finalidad de que estas puedan programar con la debida anticipacion sus actividades durante el citado ano para cumplir con las metas. Las metas asi como los ponderadores a utilizar para la asignacion de los recursos a las municipalidades estan senalados en el Anexo Nº 04 y Nº 05 respectivamente, que forman parte de la presente norma.

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