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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE ENERO DEL AÑO 2013 (16/01/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 4

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 16 de enero de 2013 486250 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Autorizan viaje del Ministro de Cultura a Chile y encargan su Despacho al Ministro del Ambiente RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 010-2013-PCM Lima, 15 de enero de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante Carta emitida en noviembre de 2012, la Directora Ejecutiva de la Fundación Teatro a Mil (FITAM) invita al señor Ministro de Cultura a la Semana de Programadores del XX Festival Internacional de Teatro Santiago a Mil, el cual se ha afi anzado como una plataforma internacional de las artes escénicas en Latinoamérica, la cual que se realizará entre el 14 y 19 de enero de 2013, en la ciudad de Santiago, República de Chile; Que, el evento descrito en el considerando precedente, está orientado a promover interacciones y contactos entre profesionales independientes y de instituciones públicas y privadas, relacionados con la producción, la distribución y la programación de espectáculos de artes escénicas; Que, el Artículo 2° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2011-MC, establece que éste es competente en materia de cultura a lo largo del territorio nacional; precisando que dicha materia comprende los procesos esenciales referidos a: patrimonio cultural de la nación, material e inmaterial; gestión cultural e industrias culturales, incluyendo la creación cultural contemporánea y artes vivas; y la pluralidad étnica y cultural de la nación; Que, teniendo en cuenta el interés institucional de participar en el antes mencionado evento, resulta procedente autorizar el viaje del señor Ministro de Cultura, cuyos gastos por concepto de pasajes y viáticos serán asumidos con cargo al Pliego 003: Ministerio de Cultura; Que, asimismo, mediante Resolución Suprema N° 002- 2013-PCM se modifi có la Resolución Suprema N° 001-2013- PCM, disponiéndose el encargo de la cartera de Relaciones Exteriores al señor Luis Alberto Peirano Falconí, Ministro de Cultura a partir del 10 de enero de 2013 y en tanto dure la ausencia del Titular; sin embargo, atendiendo al viaje que se autoriza por la presente resolución, resulta necesario encargar la cartera de Relaciones Exteriores a partir del 16 de enero de 2013 y en tanto se mantenga la ausencia del Titular; De conformidad con lo consagrado en la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modifi cada por Ley Nº 28807 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; el Decreto Supremo N° 001-2011-MC que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; y la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje del señor Luis Alberto Peirano Falconí, Ministro de Cultura, a la ciudad de Santiago, República de Chile, del 16 al 19 de enero de 2013, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema, serán con cargo al Pliego 003: Ministerio de Cultura, de acuerdo al siguiente detalle: Señor Ministro de Cultura, Luis Alberto Peirano Falconí Pasajes aéreos US$ 2 968.82 Viáticos (03 días) US$ 600.00 ------------------- TOTAL US$ 3 568.82 Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el funcionario indicado en el artículo precedente, deberá presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 4°.- El viaje autorizado no dará derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos y/o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 5°.- Encargar el Despacho del Ministro de Cultura al señor Manuel Gerardo Pedro Pulgar Vidal Otálora, Ministro de Estado en el Despacho del Ambiente, a partir del 16 de enero de 2013 y mientras dure la ausencia del titular. Artículo 6°.- Modifi car el artículo 2° de la Resolución Suprema N° 001-2013-PCM, modifi cada por la Resolución Suprema N° 002-2013-PCM, encargándose la cartera de Relaciones Exteriores a la señora Eda Adriana Rivas Franchini, Ministra de Estado en el Despacho de Justicia y Derechos Humanos, a partir del 16 de enero de 2013, y en tanto dure la ausencia del titular. Artículo 7°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Cultura. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros LUIS ALBERTO PEIRANO FALCONÍ Ministro de Cultura 889563-4 Modifican el Reglamento de Escalafón del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú y la Segunda Disposición Complementaria de la R.M. Nº 128-2000-PCM RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 006-2013-PCM Lima, 15 de enero de 2013 CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 27067, Ley del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú – CGBVP, modifi cada por las Leyes Nos 27140 y 27227, establece que el CGBVP es un organismo público de la Presidencia del Consejo de Ministros, a quien, mediante Resolución Ministerial, le corresponde la aprobación del Escalafón Institucional, conforme a lo señalado en la Cuarta Disposición Transitoria del mismo cuerpo legal; Que, mediante Resolución Ministerial N° 129-2000-PCM se aprobó el Reglamento de Escalafón del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú; Que, resulta necesario continuar implementando medidas que permitan asegurar las condiciones mínimas de competencia e idoneidad para el desempeño de los cargos de dirección en el CGBVP; De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Supremo N° 031-99-PCM, modifi cado por Decretos Supremos N° 002-2005-PCM, N° 106-2010-PCM, N° 059-2011-PCM y N° 007-2013-PCM; y el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Núm. 063-2007-PCM; DECRETA: Artículo 1º.- Modifi car los artículos 55, 56 y 58 del Reglamento de Escalafón del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú, aprobado por Resolución Ministerial Nº 129-2000-PCM Modifícase los artículos 55, 56 y 58 del Reglamento de Escalafón del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú, aprobado por Resolución Ministerial Nº 129-2000- PCM, quedando redactado en los siguientes términos: “Artículo 55º.- Requisitos para ser elegido Comandante General Son requisitos para postular al cargo de Comandante General: