Norma Legal Oficial del día 20 de febrero del año 2013 (20/02/2013)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano MORDAZA, miercoles 20 de febrero de 2013

NORMAS LEGALES

488241

Conforman el Grupo Tecnico denominado Grupo de Estudio Tecnico Ambiental de la Calidad del Aire (GT GESTA Zonal de Aire) de MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL N° 044-2013-MINAM MORDAZA, 15 de febrero de 2013 Visto, el Memorando N° 020-2013-MINAM-VMGA de 18 de enero de 2013, del Viceministerio de Gestion Ambiental; el Memorando N° 0090-2013-MINAM-VMGA/ DGCA de 07 de febrero de 2013, de la Direccion General de Calidad Ambiental, y demas antecedentes; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 2º del Decreto Legislativo Nº 1013, que aprueba la Ley de Creacion, Organizacion y Funciones del Ministerio del Ambiente ­ MINAM, senala que el Ministerio del Ambiente es el organismo del Poder Ejecutivo cuya funcion general es disenar, establecer, ejecutar y supervisar la politica nacional y sectorial ambiental, asumiendo la rectoria con respecto a ella; Que, de acuerdo al literal k) del articulo 7° del Decreto Legislativo acotado, el MINAM tiene como una de sus funciones especificas, promover y coordinar la adecuada gestion de los residuos solidos, la proteccion de la calidad del aire y el control del ruido y de las radiaciones no ionizantes, asi como sancionar su incumplimiento; Que, el numeral 3 ­ Calidad del Aire ­ del Eje de Politica 2: Gestion Integral de la Calidad Ambiental de la Politica Nacional del Ambiente, aprobada por Decreto Supremo N° 012-2009-MINAM, senala como uno de los lineamientos de politica, establecer medidas para prevenir y mitigar los efectos de los contaminantes del aire sobre la salud de las personas; Que, asimismo, el numeral 7.3 del acapite 7 "Acciones Estrategicas por Metas Priorizadas" del Plan Nacional de Accion Ambiental ­ PLANAA PERU 2011-2021, aprobado por Decreto Supremo N° 014-2011-MINAM, establece que la accion estrategica referida a prevenir y controlar la contaminacion atmosferica tiene como una de sus metas que el 60% de nuevas ciudades priorizadas implementen sus planes de accion para mejorar la calidad del aire y cumplan los Estandares Nacionales de Calidad Ambiental del Aire; Que, el articulo 20° del Reglamento de Estandares Nacionales de Calidad Ambiental del Aire, aprobado por Decreto Supremo N° 074-2001-PCM, dispone que en toda MORDAZA de Atencion Prioritaria se establecera una GESTA Zonal de Aire encargado de la elaboracion del Plan de Accion para el mejoramiento de la Calidad del Aire, sin perjuicio de las medidas y los otros instrumentos de gestion ambiental que puedan aplicarse en las otras zonas del MORDAZA no declaradas como de atencion prioritaria; Que, segun el articulo 28° del precitado Reglamento, en concordancia con la Tercera Disposicion Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1013, el MINAM, a propuesta de las Municipalidades Provinciales de la MORDAZA atmosferica correspondiente, designara a las instituciones integrantes del GESTA Zonal de Aire; Que, el articulo 1° de la Resolucion Ministerial N° 3392012-MINAM, determino la calificacion de dieciocho (18) nuevas Zonas de Atencion Prioritaria en el ambito geografico de la MORDAZA atmosferica de las provincias de Abancay, Utcubamba, MORDAZA, Huancavelica, Moyobamba, Tarapoto, Tumbes, Huamanga, Chachapoyas, MORDAZA, MORDAZA, Ica, San MORDAZA, Mariscal MORDAZA, MORDAZA Portillo, Tambopata, MORDAZA y Tacna; Que, el articulo 2° de la mencionada Resolucion Ministerial dispone que se conformen los respectivos Grupos Tecnicos denominados Grupos de Estudio Tecnico Ambiental de la Calidad del Aire (GT - GESTA Zonal de Aire), encargados de formular y evaluar los planes de accion para el mejoramiento de la calidad del aire en Zonas de Atencion Prioritaria, en concordancia con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 074-2001-PCM; Que, el literal i) del articulo 7º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-MINAM,

senala como una de las funciones del Ministro del Ambiente, conformar los grupos tecnicos y comisiones de trabajo que considere convenientes en el MORDAZA de las competencias asignadas al Ministerio; Que, en tal sentido, contando con la propuesta de la Municipalidad Provincial de MORDAZA, y considerando lo dispuesto por el articulo 28° del Reglamento de Estandares Nacionales de Calidad Ambiental del Aire, resulta necesario emitir el acto resolutivo conformando el Grupo Tecnico denominado Grupo de Estudio Tecnico Ambiental de la Calidad del Aire (GT- GESTA Zonal de Aire) de Cajamarca; Con el visado del Viceministerio de Gestion Ambiental, de la Secretaria General, de la Direccion General de Calidad Ambiental y de la Oficina de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creacion, Organizacion y Funciones del Ministerio del Ambiente, y su Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-MINAM; y, el Decreto Supremo Nº 074-2001-PCM, que aprueba el Reglamento de Estandares Nacionales de Calidad Ambiental del Aire. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Conformar el Grupo Tecnico denominado Grupo de Estudio Tecnico Ambiental de la Calidad del Aire (GT - GESTA Zonal de Aire) de MORDAZA, el mismo que estara integrado segun detalle: a) Un representante de la Municipalidad Provincial de Cajamarca. b) Un representante de la Gerencia de Desarrollo Ambiental ­ Municipalidad Provincial de Cajamarca. c) Un representante de la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente ­ Gobierno Regional de Cajamarca; d) Un representante de la Direccion Regional de Salud ­ Cajamarca. e) Un representante de la Direccion Regional de Energia y Minas ­ Cajamarca. f) Un representante de la Direccion Regional de Agricultura ­ Cajamarca. g) Un representante de la Direccion Regional de Comercio Exterior y Turismo ­ Cajamarca. h) Un representante de la Direccion Regional de la Produccion ­ Cajamarca. i) Un representante de la Direccion Regional de Transportes y Comunicaciones ­ Cajamarca. j) Un representante de la Direccion Regional de Educacion ­ Cajamarca. k) Un representante de la Direccion Regional DR03 del Servicio Nacional de Meteorologia e Hidrologia ­ SENAMHI. l) Un representante del Consejo Regional XVII ­ MORDAZA del Colegio Medico del Peru. m) Un representante del Colegio de Ingenieros del Peru ­ Consejo Departamental de Cajamarca. n) Un representante de la Camara de Comercio y Produccion de Cajamarca. o) Un representante de las Organizaciones no Gubernamentales ­ Cajamarca. p) Un representante de las Organizaciones Sociales de Base ­ Cajamarca. q) Un representante de las Universidades ­ Cajamarca. r) Un representante del Sector Empresarial Privado ­ Cajamarca. El GT - GESTA Zonal de Aire de MORDAZA podra invitar a personas naturales o juridicas, de derecho publico o privado, vinculadas a la materia, que apoyen el mejor cumplimiento de su finalidad y funciones, quienes podran participar en calidad de observadores o asesores. Articulo 2º.- El Ministerio del Ambiente, a traves de la Direccion General de Calidad Ambiental del Viceministerio de Gestion Ambiental, ejercera la Secretaria Tecnica del GT - GESTA Zonal de Aire de Cajamarca. Articulo 3º.- Las entidades senaladas en el articulo 1° de la presente MORDAZA, designaran a un representante titular y un alterno, mediante comunicacion escrita dirigida a la Municipalidad Provincial de MORDAZA, dentro del plazo de diez (10) dias habiles contados a partir del dia siguiente

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.