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El Peruano Lunes 1 de julio de 2013 498457 inversión que sean iguales o menores a S/. 10 000 000, 00 (Diez millones y 00/100 Nuevos Soles); Que, mediante Resolución Nº 0591-2011-ANR, se delegó a los Rectores de las Universidad Públicas la facultad de evaluar y declarar la viabilidad de sus Proyecto de Inversión Pública hasta por el monto de S/. 10 000 000, 00 (Diez millones y 00/100 Nuevos Soles), solamente si acreditan cumplir con las condiciones mínimas establecidas en el artículo 38º de la Directiva Nº 001-2011-EF/68.01; Que, mediante ofi cio de vistos, la Universidad Nacional Toribio Rodríguez de Mendoza, comunica a la Asamblea Nacional de Rectores, que ha cumplido con las condiciones mínimas establecidas en el artículo 38º de la Directiva Nº 001-2011-EF/68.01, para su evaluación; Que, mediante memorando Nº 406-2013-DGPU- ANR, de fecha 16 de mayo de 2013, el Director General de Planificación Universitaria alcanza el informe Nº 072-2012-DPIDI elaborado por la Dirección de Proyectos de Inversión y de Infraestructura, mediante el cual se comunica que ha evaluado la documentación aportada por la referida universidad, constatando que las mismas cumplen con los requisitos establecidos en el artículo 38º de la Directiva Nº 001-2011-EF/68.01; considerando adecuado ampliar la delegación de facultad para evaluar y declarar la viabilidad de proyectos de inversión pública de la mencionada universidad hasta por el monto de S/. 10 000 000, 00 (Diez millones y 00/100 Nuevos Soles); Que, mediante memorando de vistos, el Secretario Ejecutivo de la Asamblea Nacional de Rectores dispone la elaboración de una resolución por la que delegue facultades para evaluar y declarar la viabilidad de proyectos de inversión pública hasta por S/. 10 000 000,00 (Diez millones y 00/100 Nuevos Soles) a la Universidad Nacional Toribio Rodríguez de Mendoza; Estando a la autorización de la Alta Dirección; De conformidad con lo dispuesto en la Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública, Ley Nº 27293, modifi catorias y Directivas aplicables del sector, la Ley Nº 23733, Ley Universitaria, y en uso de las atribuciones conferidas a la Presidencia de la Asamblea Nacional de Rectores en virtud de lo establecido en el Reglamento General de la Comisión de Coordinación Interuniversitaria; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Ampliar la delegación de facultades para evaluar y declarar la viabilidad de Proyectos de Inversión Pública hasta por el monto de S/. 10 000 000, 00 (Diez millones y 00/100 Nuevos Soles) al Rector de la Universidad Nacional Toribio Rodríguez de Mendoza, en razón a haber cumplido con las condiciones mínimas establecidas en el artículo 38º de la Directiva Nº 001- 2011-EF/68.01- Directiva General del Sistema Nacional de Inversión Pública. Artículo 2º.- Precisar que con la delegación autorizada mediante la presente resolución se incluye la función de registrar las Unidades Formuladoras y de realizar las evaluaciones y registros de los cambios que pudieran producirse durante la Fase de Inversión, así como aprobar los términos de referencia o plan de trabajo, cuando la Unidad Formuladora contrate la elaboración o formule los estudios de pre inversión, siempre que se enmarquen en la delegación de facultades otorgadas. Artículo 3º.- El Rector de la Universidad Nacional Toribio Rodríguez de Mendoza, deberá remitir a la Dirección de Proyectos de Inversión y de Infraestructura de la Asamblea Nacional de Rectores y a la Dirección General de Política de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas, copia del Proyecto de Inversión Pública declarado viable en medio magnético, el informe técnico, la respectiva resolución y el formato de declaración de viabilidad. Artículo 4º.- Autorizar a la Dirección de Proyectos de Inversión y de Infraestructura de la Asamblea Nacional de Rectores a realizar evaluaciones anuales de los proyectos de inversión pública declarados viables en aplicación de la delegación autorizada mediante la presente resolución; informando los resultados de la evaluación al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores. Artículo 5º.- Precisar que los proyectos de inversión pública que tengan observaciones del Ministerio de Economía y Finanzas o de la Asamblea Nacional de Rectores, que estén pendientes de resolver, continuarán siendo evaluados por la Ofi cina de Programación e Inversiones de la ANR. Artículo 6º.- Hacer de conocimiento la presente resolución a la Dirección General de Política de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas y al Rector de la Universidad Nacional Toribio Rodríguez de Mendoza. Regístrese y comuníquese. ORLANDO VELÁSQUEZ BENITES Rector de la Universidad Nacional de Trujillo y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores RAÚL MARTÍN VIDAL CORONADO Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores 955545-1 Aprueban la creación de la Dirección General Universidad y Empresa como órgano de línea de la Asamblea Nacional de Rectores COMISION DE COORDINACIÓN INTERUNIVERSITARIA RESOLUCIÓN Nº 0784-2013-ANR Lima, 31 de mayo de 2013 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: El memorando Nº 0239-2013-SG, de fecha 01 de abril de 2013; Ofi cio Nº 008-2013-OUE, de fecha 26 de febrero de 2013; Informe Nº 017-2013-DGPU, de fecha 23 de mayo de 2013; informe Nº 349-2013-DGAJ, de fecha 27 de mayo de 2013; memorando Nº 211-2013-D.PPSTO/ DGPU/ANR, de fecha 30 de mayo de 2013: el acuerdo del Pleno de la Asamblea Nacional de Rectores tomado en Sesión Ordinaria de fecha 20 de marzo de 2013; y, CONSIDERANDO Que, en mérito a lo previsto en el artículo 90° de la Ley Universitaria N° 23733, la Asamblea Nacional de Rectores tiene entre sus fines el estudio, la coordinación y la orientación general de las actividades universitarias en el país, así como de su fortalecimiento económico y de su responsabilidad con la comunidad nacional; Que, mediante memorando de vistos, la Secretaría General comunicó que en Sesión Ordinaria del Pleno de la Asamblea Nacional de Rectores realizada de fecha 20 de marzo de 2013, se aprobó la creación de la Dirección General Universidad y Empresa, como órgano de línea de la ANR; con la fi nalidad de implementar alianzas estratégicas entre la universidad y el sector empresarial, contribuyendo efi cazmente al crecimiento y desarrollo del país; razón por la que entre sus funciones, fomentará el desarrollo y crecimiento recíproco del sistema universitario y de los sectores productivos, la calidad de la oferta universitaria en relación a los requerimientos de la empresa. Que la Dirección General de Planifi cación de la ANR, mediante su informe de vistos, señala que procede la inclusión de la Dirección General Universidad y Empresa con sus respectivas funciones y la conformación de su unidad orgánica, en el Reglamento de Organización y Funciones ROF de la institución, debiéndose expedir la resolución correspondiente;