Norma Legal Oficial del día 17 de mayo del año 2013 (17/05/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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Que, el Ministro de Estado en el Despacho de Defensa realizara una visita de trabajo el dia 18 de MORDAZA de 2013 a las instalaciones del Servicio Industrial de la MORDAZA de MORDAZA del Peru (SIMA) en la MORDAZA de Iquitos; y, al termino de dicha visita, asistira a la inauguracion de la Accion Civica Binacional Peru-Colombia que se llevara a cabo en dicha fecha en Puerto Leguizamo, Republica de Colombia, donde se reunira con el senor Ministro de Defensa de la Republica de Colombia; Que, es competencia del Sector Defensa promover las politicas bilaterales, regionales, hemisfericas y multilaterales, asi como los tratados internacionales, en materia de Seguridad y Defensa, en coordinacion con el Ministerio de Relaciones Exteriores; Que, el transporte aereo del senor Ministro de Estado en el Despacho de Defensa, sera realizado por la Fuerza Aerea del Peru a traves de una de sus aeronaves, sin irrogar gasto por concepto de traslado de ida y retorno; Que, por lo expuesto, es necesario otorgar al Titular del Sector Defensa la autorizacion de viaje correspondiente y encargar el Despacho Ministerial, en tanto dure su ausencia; De conformidad con lo dispuesto por el articulo 127° de la Constitucion Politica del Peru; la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013; el Decreto Legislativo N° 1134, que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorizacion de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Publicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 0472002-PCM de fecha 05 de junio de 2002; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje al exterior, en Mision Oficial, del senor MORDAZA MORDAZA CATERIANO MORDAZA, Ministro de Estado en el Despacho de Defensa, el 18 de MORDAZA de 2013, al Puerto Leguizamo, Republica de Colombia, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion Suprema. Articulo 2°.- El transporte aereo de ida y retorno se realizara a bordo de un avion de la Fuerza Aerea del Peru, y los gastos de alimentacion durante la actividad, seran asumidos por la Republica de Colombia, sin irrogar gasto alguno al Tesoro Publico. Articulo 3°.- Encargar la Cartera de Defensa al senor MORDAZA MORDAZA VON HESSE LA MORDAZA, Ministro de Estado en el Despacho de Agricultura, a partir del 18 de MORDAZA de 2013 y en tanto dure la ausencia del Titular. Articulo 4°.- La presente Resolucion Suprema no MORDAZA ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominacion. Articulo 5°.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA F. MORDAZA MAYOR Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa 938533-1

El Peruano Viernes 17 de MORDAZA de 2013

primordiales, conforme lo establece el articulo 44 de la Constitucion Politica, los de defender la soberania nacional; garantizar la plena vigencia de los derechos humanos; proteger a la poblacion de las amenazas contra su seguridad; y promover el bienestar general que se fundamenta en la justicia y en el desarrollo integral y equilibrado de la Nacion; Que, por Decreto Legislativo N° 703, del 14 de noviembre de ano 1991, se promulgo la Ley de Extranjeria peruana, con el proposito de establecer regulaciones referidas para el ingreso, permanencia, residencia, salida, reingreso y control de extranjeros en el territorio de la Republica, asi como regular su situacion juridica, establecer disposiciones que garanticen los derechos, permanencia en el MORDAZA y participacion de los extranjeros en la MORDAZA nacional o cuando se hallen en situacion de MORDAZA, entre otros aspectos; Que, la referida MORDAZA se dicto en un contexto de la realidad nacional que a la actualidad ha sido ampliamente superado, y urge una inmediata actualizacion a fin de adecuar y regular los aspectos migratorios y de extranjeria segun las actuales necesidades del pais; Que, el Peru reconoce la coexistencia pacifica y plural de ciudadanos nacionales y extranjeros, debiendo velar porque las condiciones en las que se desarrolle aquella sea preservando el orden publico, la seguridad nacional, el respeto a los principios democraticos que inspiran al Estado Peruano asi como las relaciones internacionales que se mantiene con otros Estados y con los organismos internacionales; todo ello orientado al bienestar comun; Que, resulta necesario conformar un Grupo de Trabajo que se encargue de revisar y evaluar la legislacion en materia de extranjeria, con la finalidad de estudiar, analizar y formular las propuestas de reforma y actualizacion de la normatividad migratoria y de extranjeria vigente, en especial la referida a la propuesta de sustitucion del Decreto Legislativo N° 703, en adecuacion a la vigente Constitucion Politica del Estado, el Decreto Legislativo N° 1130 y las demas disposiciones que conforman el sistema normativo migratorio; y De conformidad con lo dispuesto en el articulo 35° de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; el Decreto Supremo N°063-2007-PCM, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, y sus modificatorias. SE RESUELVE: Articulo 1°.- Constitucion y objeto Constituyase el Grupo de Trabajo Multisectorial que tiene por objeto estudiar, analizar y formular las propuestas de reforma de la Ley de Extranjeria, aprobada por el Decreto Legislativo N° 703, en adecuacion a la vigente Constitucion Politica del Estado, el Decreto Legislativo N° 1130 y las demas disposiciones que conforman el sistema normativo migratorio. Articulo 2°.- Conformacion de la Comision Multisectorial El Grupo de Trabajo Multisectorial estara conformado por los representantes de: - Presidencia del Consejo de Ministros, que la presidira, - Ministerio de Relaciones Exteriores, - Ministerio del Interior, a traves de la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES. - Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo. - Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. - Ministerio de Comercio Exterior y Turismo. Articulo 3°.- Designacion de representantes. Los Ministros designaran a sus representantes titular y alterno, mediante Resolucion Ministerial, dentro del plazo de cinco (05) dias calendario contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 4°.- Apoyo Tecnico Legal. Asimismo, el Grupo de Trabajo esta facultado para invitar a participar a profesionales, especialistas, entidades e instituciones nacionales e internacionales, publicas o privadas, a fin de consultar aspectos tecnico ­ legales relacionados con su objeto.

Crean Grupo de Trabajo Multisectorial encargado de estudiar, analizar y formular la propuesta de reforma de la Ley de Extranjeria peruana
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 123-2013-PCM MORDAZA , 15 de MORDAZA de 2013 CONSIDERANDO: Que, el Estado Peruano es una republica democratica, social, independiente y soberana, siendo sus deberes

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