Norma Legal Oficial del día 27 de mayo del año 2013 (27/05/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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Articulo 6º.- AIRMAX S.A., esta obligada a establecer un Sistema de Radiocomunicacion entre los puntos a operar, a fin de mantener permanente informacion del trafico aereo que realizan sus aeronaves. Articulo 7º.- AIRMAX S.A. empleara, en su servicio, personal aeronautico que cuente con su respectiva licencia y certificaciones de aptitud expedidas o convalidadas por la Direccion General de Aeronautica Civil. Articulo 8º.- La vigencia del presente Permiso de Operacion se mantendra mientras la beneficiaria no pierda alguna de las capacidades legal, tecnica o financiera, exigidas por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil; su Reglamento; demas normas vigentes; y, cumpla las obligaciones a que se contrae la presente Resolucion. Articulo 9º.- Si la Administracion verificase la existencia de fraude o falsedad en la documentacion presentada o en las declaraciones hechas por el interesado, la Direccion General de Aeronautica Civil procedera conforme a lo senalado en el articulo 32.3 de la Ley del Procedimiento Administrativo General. Articulo 10º.- AIRMAX S.A. debera constituir la garantia global que establece el articulo 93º de la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil, por el cumplimiento de las obligaciones derivadas del servicio que solicita, en las condiciones y monto establecidas en los articulos 199º y siguientes del Reglamento. El incumplimiento de esta obligacion determinara la automatica revocacion del presente Permiso de Operacion. Articulo 11º.- AIRMAX S.A. debera presentar cada ano el Balance de Situacion, el Estado de Ganancias y Perdidas al 30 de Junio y 31 de Diciembre, y el Flujo de MORDAZA proyectado para el ano siguiente. Articulo 12º.- AIRMAX S.A. queda obligada a cumplir dentro de los plazos senalados con las disposiciones que respecto a ruido y medio ambiente emita la Direccion General de Aeronautica Civil. Articulo 13º.- AIRMAX S.A. debera respetar la riqueza cultural, historica y turistica que sustenta la buena imagen del pais. Articulo 14º.- El Permiso de Operacion que por la presente Resolucion Directoral se otorga a AIRMAX S.A., queda sujeto a la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil, su Reglamento; las Regulaciones Aeronauticas del Peru; y, demas disposiciones legales vigentes; asi como a las Directivas que dicte esta Direccion General. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Aeronautica Civil 934549-1

El Peruano Lunes 27 de MORDAZA de 2013

de Desarrollo Estrategico y la Direccion de Gestion de las Areas Naturales Protegidas del Servicio Nacional de Areas Naturales Protegidas por el Estado - SERNANP, dan su conformidad a la propuesta de actualizacion del Plan Maestro del MORDAZA Nacional del MORDAZA, periodo 2013 ­ 2018. CONSIDERANDO: Que, el articulo 68º de la Constitucion Politica del Peru establece que es obligacion del Estado promover la conservacion de la diversidad biologica y de las Areas Naturales Protegidas; Que, a traves del numeral 2 de la MORDAZA Disposicion Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creacion, Organizacion y Funciones del Ministerio del Ambiente, se crea el Servicio Nacional de Areas Naturales Protegidas por el Estado ­ SERNANP, el mismo que se constituye en el ente rector del Sistema Nacional de Areas Naturales Protegidas por el Estado - SINANPE, y en su autoridad tecnico-normativa; Que, mediante Decreto Supremo Nº 644-73-AG de fecha 29 de MORDAZA de 1973, se establece el MORDAZA Nacional del MORDAZA, sobre una superficie de un millon quinientas treinta y dos mil ochocientos seis hectareas (1 532 806,00 ha), ubicado en la provincia de Paucartambo y del MORDAZA, del departamento de MORDAZA y de MORDAZA de MORDAZA, respectivamente; Que, mediante Decreto Supremo Nº 045-2002-AG, publicado el 14 de MORDAZA del 2002 en el Diario Oficial El Peruano, se amplio la superficie del MORDAZA Nacional del MORDAZA llegando a una extension total de un millon setecientos dieciseis mil doscientos noventa y cinco hectareas con dos mil doscientos metros cuadrados (1'716,295.22 ha); Que, de conformidad con el inciso g) del articulo 8º de la Ley Nº 26834, Ley de Areas Naturales Protegidas, es funcion del SERNANP, aprobar los Planes Maestros de las Areas Naturales Protegidas; Que, el articulo 18º de la Ley de Areas Naturales Protegidas, establece que las Areas Naturales Protegidas contaran con documentos de planificacion de caracter general y especifico, por MORDAZA de recurso y actividad, aprobados por el SERNANP con la participacion de los sectores competentes correspondientes, los mismos que una vez aprobados constituyen normas de observancia obligatoria para cualquier actividad que se desarrolle dentro del area; Que, el articulo 20º de la Ley de Areas Naturales Protegidas, establece que la Autoridad Nacional aprobara un Plan Maestro por cada Area Natural Protegida, el mismo que constituye el documento de planificacion de mas alto nivel con el que cuenta cada Area Natural Protegida, y que debera ser elaborado bajo procesos participativos, y revisado cada cinco (5) anos; Que, el numeral 1.5 del articulo 1º del Decreto Supremo Nº 008-2009-MINAM, establece que el MORDAZA de elaboracion de los Planes Maestros y en particular su zonificacion, debe obligatoriamente considerar que el establecimiento de las Areas Naturales Protegidas no tiene efectos retroactivos ni afecta los derechos adquiridos con anterioridad a la creacion de las mismas; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 005-2009SERNANP-DDE de fecha 09 de junio del 2009, se aprueba los Terminos de Referencia para la actualizacion del Plan Maestro del MORDAZA Nacional del Manu; Que, a traves de un amplio MORDAZA participativo de las instituciones y organizaciones a traves del Comite de Gestion, de conformidad a lo dispuesto en el articulo 37.4 del Decreto Supremo Nº 038-2001-AG Reglamento de la Ley de Areas Naturales Protegidas, se ha elaborado la propuesta de actualizacion del Plan Maestro, periodo 2013 - 2018, del MORDAZA Nacional del MORDAZA, la misma que ha sido propuesta para su aprobacion; Que, segun se concluye en el documento del visto, la propuesta de actualizacion del Plan Maestro, periodo 2013 - 2018, del MORDAZA Nacional del MORDAZA, ha sido elaborada de acuerdo a lo establecido en la Ley de Areas Naturales Protegidas, su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 038-2001-AG y en los Terminos de Referencia aprobados por Resolucion Directoral Nº 0052009-SERNANP-DDE;

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS SERVICIO NACIONAL DE AREAS NATURALES PROTEGIDAS POR EL ESTADO
Aprueban actualizacion del Plan Maestro del MORDAZA Nacional del MORDAZA por el periodo 2013 - 2018
RESOLUCION PRESIDENCIAL Nº 87-2013-SERNANP MORDAZA, 22 de MORDAZA de 2013 VISTO: El Informe Nº 004-2013-SERNANP-DDE-DGANP, de fecha 17 de MORDAZA 2013, mediante el cual la Direccion

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