Norma Legal Oficial del día 10 de noviembre del año 2013 (10/11/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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Que, de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 2 de la Ley 29337, ley que dispone la aplicacion de apoyar a la competitividad productiva mediante procesos concursables por los gobiernos regionales y locales, su implementacion, ejecucion y evaluacion de impacto se realiza de acuerdo a los procedimientos y metodologia que apruebe el Ministerio de Economia y Finanzas. Que, La Ley Nº 29337 Ley que establece disposiciones para apoyar la competitividad productiva (PROCOMPITE) nace con el objetivo de apoyar a productores organizados en los diversos sectores productivos, mediante el desarrollo, la adaptacion, mejora o transferencia de tecnologia, donde la inversion privada sea insuficiente para lograr el desarrollo competitivo y sostenido de las MORDAZA productivas, por lo que los gobiernos regionales tienen por finalidad mejorar la competitividad de las MORDAZA productivas donde se identifiquen vulnerabilidad y puntos criticos. Que, una de las problematicas del sector agropecuario es la falta de financiamiento, ademas de los pesimos sistemas de comercializacion, la escasez y deficiente calidad de los servicios necesarios a la produccion y la inexistencia de investigacion y extension tecnica, siendo de necesidad inmediata tomar las acciones que permitan el desarrollo en este sector. Que, en el capitulo II en su articulo 5 del reglamento de la Ley Nº 29337, senala disposicion de apoyar la competitividad productiva, por lo que la OPI regional debe elaborar el informe tecnico sustentatorio, que permita determinar el requerimiento de recursos a destinar a PROCOMPITE; informe que debera ser elevado al Consejo Regional, segun sea el caso, solicitando su aprobacion. Que, en la Region del Tumbes, la agricultura, artesania, ganaderia y la acuicultura son actividades economicas de profundo arraigo social y merecen todo el apoyo necesario para que, quienes se dediquen a ellas, lo MORDAZA con la satisfaccion de generarse una MORDAZA MORDAZA, pero es de advertir que en las ultimas decadas se sufre un descuido por parte del Estado en estas actividades, generando, como consecuencia, una baja productividad en el campo. Que, acorde con lo dispuesto por el articulo 38 de la Ley Nº 27867 Ley Organica de los Gobiernos Regionales, las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y la administracion del Gobierno Regional, reglamentan materias de su competencia. Una vez aprobadas, por el Consejo Regional, promulgadas y publicadas son de cumplimiento obligatorio. Por lo que, el Consejo Regional del Tumbes, en uso de sus atribuciones conferidas por el articulo 191 de la Constitucion Politica del Peru, Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificado por la Ley Nº 27902 y el Reglamento Interno de Organizacion y Funciones del Consejo Regional del tumbes. Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: Articulo Primero.- AUTORIZAR, la Implementacion del Programa Iniciativas de Apoyo a la Competitividad Productiva PROCOMPITE TUMBES, a cargo del Pliego 0461: Gobierno Regional de Tumbes, en el MORDAZA de lo establecido por la Ley Nº 29337, Ley que establece disposiciones para apoyar la competitividad productiva por los Gobiernos Regionales. Articulo Segundo.- DETERMINAR, el importe (economico) que sera destinado al cofinanciamiento de la propuesta productiva piloto, por la suma de DOS MILLONES NOVECIENTOS DIECISEIS MIL NOVECIENTOS TREINTA Y CUATRO Y 93/100 NUEVOS SOLES (S/. 2´916.934,93), conforme a lo prescrito en el articulo 5º del D.S. Nº 192-2009-EF, Reglamento de la Ley Nº 29337. Articulo Tercero.- ENCARGAR, a la Gerencia Regional de Desarrollo Economico, la Gerencia Regional de Planificacion, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, efectuen las acciones de la Implementacion del Programa Iniciativas de Apoyo a la Competitividad Productiva PROCOMPITE TUMBES.

El Peruano MORDAZA 10 de noviembre de 2013

Articulo Cuarto.- La presente Ordenanza Regional entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de Tumbes para su promulgacion. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional del Tumbes, a los 9 dias del mes de septiembre del ano dos mil trece. MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA Consejero Delegada POR TANTO Registrese, publiquese y cumplase. Dado en el Gobierno Regional de Tumbes el 18 OCT. 2013. MORDAZA MORDAZA VINAS MORDAZA Presidente Regional 1011483-1

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Otorgan beneficios para el pago de deudas tributarias y no tributarias
ORDENANZA Nº 163-MDSL San MORDAZA, 8 de noviembre de 2013 EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE SAN MORDAZA POR CUANTO: Vistos, en Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha, el Dictamen Nº 012-2013-CEPAL-SR-MDSL de fecha 07 de noviembre de 2013, de la Comision de, respecto al Proyecto de Ordenanza que concede Beneficio Total para el Pago de Deudas Tributarias y No Tributarias de caracter extraordinario a favor de Contribuyentes en el Distrito de San Luis; Ordenanza que consta de doce (12) articulos, y cuatro (04) disposicion finales; y, CONSIDERANDO: Que, conforme al Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por Ley de Reforma Constitucional Nº 28607, las Municipalidades Provinciales y Distritales son organos de Gobierno Local que gozan de autonomia economica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, conforme a lo establecido en la MORDAZA IV del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado mediante D.S. Nº 133-2013-EF, los Gobiernos Locales, mediante Ordenanza, pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la ley; Que, conforme lo senala el MORDAZA parrafo del articulo 41º del Codigo Tributario, excepcionalmente los gobiernos locales pueden condonar; con caracter general, el interes moratorio y las sanciones respecto de los tributos que administren; Que, en atencion a las normas glosadas es necesario modificar algunos aspectos de definiciones y/o conceptos, respecto a la efectiva aplicacion de los beneficios MORDAZA citados, con relacion a beneficios otorgados anteriormente; a fin de culminar el MORDAZA de actualizacion predial; Que, la Gerencia de Rentas, mediante Informe Nº 1532013-MDSL-GR remitio el anteproyecto fundado en la necesidad de establecer beneficios dirigido a promover el

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