Norma Legal Oficial del día 30 de noviembre del año 2013 (30/11/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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El Peruano Sabado 30 de noviembre de 2013

PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Convierten y reubican organos jurisdiccionales ubicados en los Distritos Judiciales de MORDAZA e Ica
RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 258-2013-CE-PJ MORDAZA, 6 de noviembre de 2013 VISTOS: El Oficio N° 173-2013-ETI-CPP/PJ, cursado por el Presidente del Equipo Tecnico Institucional de Implementacion del Codigo Procesal Penal; el Oficio N° 1128-2013-P-CSJLA/PJ, del Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque; y el Informe N° 552013-ETI-NLPT-ST/PJ de la Secretaria Tecnica del Equipo Tecnico Institucional de Implementacion de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, respectivamente. CONSIDERANDO: Primero. Que mediante Resolucion Administrativa N° 232-2010-CE-PJ, de fecha 1 de MORDAZA de 2010, este Organo de Gobierno aprobo el cronograma de implementacion de la Nueva Ley Procesal del Trabajo para el ano 2010, disponiendo que en el Distrito Judicial de MORDAZA dicha MORDAZA procesal entre en vigencia a partir del 2 de noviembre del mismo ano. Segundo. Que por Resolucion Administrativa N° 3452010-CE-PJ, del 7 de MORDAZA de 2010 se dispuso diversas medidas administrativas para efectos de la implementacion de la Ley N° 29497 en el Distrito Judicial de MORDAZA, entre ellas que la Sala Laboral con sede en la Provincia de Chiclayo asuma, en adicion de sus funciones, los procesos laborales comprendidos en la Nueva Ley Procesal del Trabajo, con la misma competencia territorial. Tercero. Que la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA solicita la incorporacion de una Sala Laboral para apoyar el tramite de los procesos bajo la competencia de la actual Sala Laboral Permanente, toda vez que el flujo de expedientes a esta dependencia ha superado su capacidad de produccion. Cuarto. Que, al respecto, la Secretaria Tecnica del Equipo Tecnico Institucional de Implementacion de la Nueva Ley Procesal del Trabajo elaboro el Informe N° 55-2013-ETI-NLPT-ST/PJ, el cual concluye que de acuerdo a los datos del Formulario Estadistico Electronico se advierte un incremento importante de ingreso de expedientes en la Sala Laboral de Chiclayo, teniendo una carga pendiente de 3764 expedientes. Asimismo, informa que el Equipo Tecnico Institucional de Implementacion del Codigo Procesal Penal ha opinado favorablemente para que la Sala Penal Liquidadora Permanente de la Provincia de Chiclayo pueda ser materia de conversion. Quinto. Que por lo expuesto en el referido informe y considerando que este Poder del Estado tiene como politica institucional adoptar medidas en aras de un optimo servicio de imparticion de justicia, garantizando a su vez la tutela jurisdiccional efectiva, deviene en necesario dictar las disposiciones que permitan coadyuvar al logro de dicho objetivo, con arreglo a las necesidades del servicio y a los limitados recursos existentes para dicho proposito. Sexto. Que los numerales 24, 25 y 26 del articulo 82° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, determinan como funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, crear organos jurisdiccionales, aprobar la modificacion de sus ambitos de competencia territorial, asimismo adoptar acuerdos y demas medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia.

Por estos fundamentos; en merito al Acuerdo N° 781-2013 de la MORDAZA cuarta sesion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervencion de los senores MORDAZA MORDAZA, De MORDAZA MORDAZA, Lecaros MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Cardenas. Por unanimidad. SE RESUELVE: Articulo Primero.- Convertir, a partir del 1 de diciembre de 2013, la Sala Penal Liquidadora Permanente de la Provincia de Chiclayo, Distrito Judicial de MORDAZA, en MORDAZA Sala Laboral de la citada provincia, del mismo Distrito Judicial. Articulo Segundo.- Disponer las siguientes medidas a partir del 1 de diciembre del ano en curso: a) La Sala Laboral de la Provincia de Chiclayo, se denominara Primera Sala Laboral de la citada provincia. b) La MORDAZA Sala Laboral de la Provincia de Chiclayo, materia de conversion, tendra las mismas competencias por razon de la materia y territorio de la Primera Sala Laboral de la Provincia de Chiclayo. c) La carga pendiente de la Sala Penal Liquidadora Permanente de la Provincia de Chiclayo, Distrito Judicial de MORDAZA, se remitira a la Sala Penal Liquidadora Transitoria de la misma provincia y Distrito Judicial. Articulo Tercero.- El Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA adoptara las medidas administrativas correspondientes para la proporcional redistribucion de procesos a cargo de la Primera Sala Laboral de la Provincia de Chiclayo hacia el organo jurisdiccional convertido, debiendo tener en cuenta para estos efectos criterios de antiguedad y aleatoriedad; asi como de proporcionalidad. Articulo Cuarto.- Disponer que la Gerencia General del Poder Judicial, evalue la factibilidad de creacion de una Sala Laboral adicional en el Distrito Judicial de Lambayeque. Articulo Quinto.- Transcribir la presente resolucion a la Presidencia del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Equipos Tecnicos Institucionales de Implementacion del Codigo Procesal Penal y Nueva Ley Procesal del Trabajo, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque; asi como a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. S. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 1021706-1 RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 259-2013-CE-PJ MORDAZA, 6 de noviembre de 2013 VISTOS: El Oficio N° 414-2013-ETI-CPP/PJ, remitido por el Equipo Tecnico Institucional de Implementacion del Codigo Procesal Penal, y los Oficios N° 2580-2013-PUECSJIC/PJ y 3585-2013-P-CSJI/PJ, cursados por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Ica. CONSIDERANDO: Primero. Que el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Ica, mediante los Oficios N° 2580-2013P-UECSJIC/PJ y 3585-2013-P-CSJI/PJ, solicita a este Organo de Gobierno la conversion del 4° Juzgado Penal Unipersonal de la Provincia de Ica, el 2° Juzgado Penal Unipersonal de la Provincia de Chincha y el 2° Juzgado Penal Unipersonal de la Provincia de MORDAZA, en Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial, para la adecuada implementacion del Codigo Procesal Penal en el mencionado Distrito Judicial, la cual se sustenta en razones de carga procesal.

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