Norma Legal Oficial del día 30 de noviembre del año 2013 (30/11/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano Sabado 30 de noviembre de 2013

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CONSIDERANDO: Primero. Que el Presidente del Distrito Judicial de Ica solicita a este Organo de Gobierno la reubicacion y conversion del 2° Juzgado de Paz Letrado Mixto Permanente de Parcona, en 4° Juzgado de Paz Letrado Mixto Permanente de Ica; fundamentando su peticion en razones de descarga procesal. Segundo. Que, al respecto, la Gerencia Operacional de la Comision Nacional de Descarga Procesal ha elaborado el Informe N° 069-2013-GOCNDP-CE/PJ, mediante el cual hace de conocimiento lo siguiente: a) Al mes de setiembre del presente ano, los dos Juzgados de Paz Letrados Mixtos Permanentes del Distrito de Parcona presentan nivel muy bajo de resolucion de expedientes, en razon a contar con numero bajo de ingresos, por lo que el mencionado distrito deberia contar con un solo Juzgado de Paz Letrado. b) El nivel de ingresos y carga procesal del 1° y 2° Juzgado de Paz Letrado Permanentes del Distrito de Ica, justifican el apoyo de un organo jurisdiccional de la misma instancia; y c) El 73% de la carga procesal existente en el 1° y 2° Juzgados de Paz Letrado de Ica corresponde a materia de familia, lo que justificaria que ambos se especialicen en esta area y que la carga procesal correspondiente a materia penal sea vista por otro Juzgado de Paz Letrado; razones por lo cual se considera conveniente para el servicio de justicia que los aludidos Juzgados de Paz Letrados de Ica cuenten con el apoyo de una dependencia permanente a fin de ayudar con la descarga procesal. Tercero. Que, el articulo MORDAZA de la Resolucion Administrativa N° 245-2012-CE-PJ, de fecha 5 de diciembre de 2012, establece que "Las posibles necesidades de incremento de organos jurisdiccionales (...), deberan ser cubiertas prioritariamente mediante la reubicaci6n y/o conversion de otros organos jurisdiccionales, permanentes o transitorios, o mediante la creacion de nuevos Organos jurisdiccionales siempre que se tenga el respectivo financiamiento". Cuarto. Que los numerales 24, 25 y 26 del articulo 82° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, determinan como funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, crear organos jurisdiccionales, aprobar la modificacion de sus ambitos de competencia territorial; asimismo, adoptar acuerdos y demas medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. Por estos fundamentos; en merito al Acuerdo N° 811-2013 de la MORDAZA MORDAZA sesion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervencion de los senores MORDAZA MORDAZA, De MORDAZA MORDAZA, Lecaros MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Cardenas; de conformidad con el articulo 82° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Articulo Primero.- Reubicar y convertir, a partir del 1 de diciembre del ano en curso, el 2° Juzgado de Paz Letrado Mixto Permanente de Parcona, Distrito del mismo nombre, Provincia y Distrito Judicial de Ica, en 4° Juzgado de Paz Letrado Mixto Permanente de Ica, Distrito y Provincia del mismo nombre. La carga procesal del 2° Juzgado de Paz Letrado Mixto Permanente de Parcona, materia de conversion y reubicacion, sera asumida por el 1° Juzgado de Paz Letrado Mixto, denominandose a este ultimo a partir del 1 de diciembre del presente ano Juzgado de Paz Letrado Mixto Permanente de Parcona. Articulo Segundo.- Disponer que el 1° y 2° Juzgado de Paz Letrado Permanentes del Distrito de Ica se especialicen en materia familia; y que la carga correspondiente a materia penal sea asumida por el 4° Juzgado de Paz Letrado Mixto Permanente de Ica. Articulo Tercero.- Facultar a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Ica, para que adopte las medidas administrativas en relacion a la proporcional redistribucion de la carga procesal del organo jurisdiccional materia de la presente resolucion. Articulo Cuarto.- Transcribir la presente resolucion al Presidente del Poder Judicial, Comision Nacional de Descarga Procesal, Oficina de Control de la Magistratura

Segundo. Que por lo expuesto por el Equipo Tecnico Institucional de Implementacion del Codigo Procesal Penal y, considerando que este Poder del Estado tiene como politica institucional adoptar medidas en aras de un optimo servicio de imparticion de justicia, garantizando a su vez la tutela jurisdiccional efectiva, deviene en necesario dictar las disposiciones que permitan coadyuvar al logro de dicho objetivo, con arreglo a las necesidades del servicio y a los limitados recursos existentes para dicho proposito. Tercero. Que los numerales 24, 25 y 26 del articulo 82° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, determinan como funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, crear organos jurisdiccionales, aprobar la modificacion de sus ambitos de competencia territorial; asimismo, adoptar acuerdos y demas medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. Por estos fundamentos; en merito al Acuerdo N° 782-2013 de la MORDAZA cuarta sesion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervencion de los senores MORDAZA MORDAZA, De MORDAZA MORDAZA, Lecaros MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Cardenas. Por unanimidad. SE RESUELVE: Articulo Primero.- Convertir el 4° Juzgado Penal Unipersonal de la Provincia de Ica, el 2° Juzgado Penal Unipersonal de la Provincia de Chincha y el 2° Juzgado Penal Unipersonal de la Provincia de MORDAZA, del Distrito Judicial de Ica, a partir del 1 de diciembre del ano en curso, en Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial Permanente con competencia territorial en todo el Distrito Judicial, con sede en la MORDAZA de Ica, provincia del mismo nombre. Articulo Segundo.- Disponer que a partir del 1 de diciembre del ano en curso, la carga procesal pendiente de los juzgados materia de conversion deberan ser remitidas en forma equitativa a los Juzgados Penales Unipersonales de cada provincia, respectivamente, cautelando el normal desarrollo de los procesos penales. La implementacion del referido Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial Permanente se efectuara con las plazas de personal, mobiliario y equipos asignados previamente al 4° Juzgado Penal Unipersonal de la Provincia de Ica, 2° Juzgado Penal Unipersonal de la Provincia de Chincha y al 2° Juzgado Penal Unipersonal de la Provincia de Pisco. Articulo Tercero.- Facultar al Presidente de la Corte Superior de Justicia de Ica; asi como a la Gerencia General del Poder Judicial, en cuanto sea de su competencia, adoptar las acciones y medidas administrativas que MORDAZA necesarias para el adecuado cumplimiento de la presente resolucion e implementacion del Codigo Procesal Penal. Articulo Cuarto.- Transcribir la presente resolucion a la Presidencia del Poder Judicial, Ministerio Publico, Equipo Tecnico Institucional de Implementacion del Codigo Procesal Penal, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Corte Superior de Justicia de Ica; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. S. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 1021706-2 RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 268-2013-CE-PJ MORDAZA, 13 de noviembre de 2013 VISTO: El Oficio N° 3598-2013-P-CSJIC/PJ, cursado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Ica, y el Oficio N° 159-2013-GO-CNDP-CE/PJ e Informe N° 069-2013-GOCNDP-CE/PJ, remitidos por el Gerente Operacional de la Comision Nacional de Descarga Procesal.

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