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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2013 (30/11/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 22

El Peruano Sábado 30 de noviembre de 2013 508020 Morán, Julia Griselda Sarmiento Sobrino, Norma Victoria Salazar Guillén, Yolanda Yrene Cortez Chaupin de Rojas, Wilder Oswaldo Guevara Meza y Katherine Rocío Humpire Lino, a la ciudad de Bogotá, República de Colombia, para que realicen la pasantía antes mencionada, señalando que la misma se encuentra prevista en el Plan de Desarrollo de las Personas Anualizado 2013 del Ministerio de Salud, aprobado por Resolución Ministerial Nº 203-2013/MINSA, y se adecúa a lo previsto en el artículo 28º del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1025 sobre Normas de Capacitación y Rendimiento para el Sector Público, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2010-PCM; Que, considerando la importancia para el Ministerio de Salud de mejorar y perfeccionar los mecanismos de Evaluación de los requisitos para la inscripción en el registro sanitario de especialidades farmacéuticas, es necesario autorizar el viaje de los citados profesionales para que participen en la citada pasantía en “Evaluación de Dossier de Especialidades Farmacéuticas”; Que, conforme a lo dispuesto en el último párrafo del numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, el requerimiento de viajes al exterior en el caso de las entidades del Poder Ejecutivo con cargo a recursos públicos, por supuestos distintos a los señalados en los literales a), b), c), d) y e) del mismo numeral, deberá canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autoriza mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10º de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; en la Ley Nº 27619, Ley que regula los viajes al exterior de los Servidores y Funcionarios Públicos, y su modifi catoria; en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las Normas Reglamentarias sobre Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, y sus modifi catorias; y en el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1025 sobre Normas de Capacitación y Rendimiento para el Sector Público, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2010- PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de los Químicos Farmacéuticos María Jesús Elías Morán, Julia Griselda Sarmiento Sobrino, Norma Victoria Salazar Guillén, Yolanda Yrene Cortez Chaupin de Rojas, Wilder Oswaldo Guevara Meza y Katherine Rocío Humpire Lino, profesionales de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas del Ministerio de Salud, a la ciudad de Bogotá, República de Colombia, del 8 al 14 de diciembre de 2013, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema serán cubiertos con cargo a la fuente de fi nanciamiento de Recursos Directamente Recaudados del Pliego 011: Ministerio de Salud, conforme al siguiente detalle: - Pasaje tarifa económica (incluido TUUA, para 6 personas) : US$ 6,672.72 - Viáticos por 6 días (para 6 personas) : US$ 13,320.00 TOTAL : US$ 19,992.72 Artículo 3º.- Disponer que dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno, los profesionales citados en el artículo 1º de la presente Resolución Suprema, presenten a la Alta Dirección, con copia a la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas del Ministerio de Salud, un informe detallado, con conclusiones y recomendaciones sobre la experiencia obtenida en la actividad a la que acudirán, así como la rendición de cuentas debidamente documentada. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por la Ministra de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República CÉSAR VILLANUEVA ARÉVALO Presidente del Consejo de Ministros MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI Ministra de Salud 1021746-5 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Autorizan viaje de Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil a Ecuador, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 703-2013-MTC/02 Lima, 26 de noviembre de 2013 VISTOS: El Informe Nº 454-2013-MTC/12.07 emitido por la Dirección General de Aeronáutica Civil y el Informe Nº 324-2013-MTC/12.07 emitido por la Dirección de Certifi caciones y Autorizaciones de la Dirección General de Aeronáutica Civil, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619, en concordancia con su norma reglamentaria aprobada por Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM, regula la autorización de viajes al exterior de servidores, funcionarios públicos o representantes del Estado; Que, el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 047-2002- PCM, señala que la autorización de viajes al exterior de las personas que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específi co de la institución conforme a la Ley Nº 27619; Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 29951, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, salvo entre otros casos, los viajes que realicen los Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para las acciones de inspección y vigilancia de actividades de aeronáutica civil, los cuales se autorizan mediante resolución del titular de la entidad; Que, la Ley Nº 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en virtud a dicha competencia, la Dirección General de Aeronáutica Civil es responsable de la vigilancia de la seguridad de las operaciones aéreas, seguridad que comprende la actividad de chequear las aptitudes del personal aeronáutico de los explotadores aéreos así como el material aeronáutico que emplean; Que, la empresa Trans American Airlines S.A., ha presentado ante la autoridad aeronáutica civil, su solicitud para ser atendida durante el mes de diciembre de 2013, acompañando los requisitos establecidos en el marco del Procedimiento Nº 12 correspondiente a la Dirección General de Aeronáutica Civil, previstos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Transportes y Comunicaciones;