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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2013 (07/09/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 67

El Peruano Sábado 7 de setiembre de 2013 502509 contaminación, la autoridad competente, en situaciones generadas por la congestión vehicular y/o la contaminación, puede prohibir o restringir la circulación de vehículos o tipos de vehículos en determinadas áreas o vías públicas; Que, el artículo 46º de la ley Orgánica de municipalidades Ley Nº 27972 señala “las ordenanzas determinan el régimen de sanciones administrativas por la infracción de sus disposiciones…..” y a “solicitud de la municipalidad o del ejecutor coactivo correspondiente la policía nacional prestara su apoyo en el cumplimiento de las sanciones que se impongan, bajo responsabilidad”; Que, los artículos 40º y 81º de la ley Orgánica de municipalidades Ley Nº 27972 establece las funciones genéricas y específi cas para regular el transporte urbano, la circulación y el tránsito, así como otorgar licencias o concesiones y controlar de acuerdo a sus propias características y necesidades del transporte de servicio público especial de pasajeros en vehículos menores; Que, el artículo 119º del Código Nacional de Tránsito Terrestre – Ley Nº 769 modifi cado por el Decreto 19 de 2012, establece en el concepto sobre jurisdicciones y facultades “Solo las autoridades de tránsito dentro del territorio de su jurisdicción podrán ordenar el cierre temporal de vías, la demarcación de zonas, la colocación o retiro de señales o impedir, limitar o restringir el tránsito o estacionamiento de vehículos por determinadas vías o espacios públicos”; Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas en el Art. 9º de conformidad a las facultades contenidas en el Art. 39º - 40º y funciones establecidas en el Art. 80º - 81º - 83º de la ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972 y de conformidad a lo dispuesto por el Art. 59º - 194 de la Constitución Política del Perú y contando con el voto unánime de los señores regidores y con dispensa del trámite de aprobación del acta aprobó la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE ESTABLECE ZONAS RÍGIDAS Y SENTIDO DEL TRÁNSITO EN EL DISTRITO DE HUAURA Artículo 1º.- Aprobar la Ordenanza Municipal que Establece: Zonas Rígidas y Sentido del Tránsito en el Distrito de Huaura, la misma que consta de 18 Artículos, Tres Disposiciones Transitorias y Finales, Un cuadro de infracciones que como anexos forman parte integrante de la presente ordenanza. Artículo 2º.- Deróguese la Ordenanza Nº 0007-2007- ALC/MDH; La Ordenanza Nº 0002-2008 – ALC/MDH y toda norma que contravenga a la presente Ordenanza. Artículo 3º.- Los propietarios, Empresas, y/o Asociaciones de vehículos motorizados y no motorizados tendrán un plazo de 30 días calendarios para adecuarse a la presente Ordenanza municipal y en lo establecido en los Art. 11º y 12º contados a partir de la entrada en vigencia. Artículo 4º.- Encargar a la Sub Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural; Ofi cina de Control Urbano y Tránsito, Subgerencia de Desarrollo Económico y Rentas, Sub Gerencia de Servicios Públicos. Artículo 5º.- Encárguese a la Sub Gerencia de Secretaria General la implementación y publicación del texto completo de la presente ordenanza en la página Web. Y el simplifi cado de la misma por el Diario Ofi cial El Peruano. Como también poner de conocimiento a los órganos jurisdiccionales correspondientes. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JACINTO ROMERO TRUJILLO Alcalde Distrital 984210-1 Modifican el Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas y Cuadro de Sanciones de la Municipalidad Distrital de Huaura ORDENANZA MUNICIPAL Nº 0005-2013-MDH Huaura, 17 de mayo del 2013 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUAURA VISTO: En Sesión Extraordinaria del Pleno del Concejo Municipal, con fecha 17 de Mayo del 2013; el proyecto de Ordenanza que Modifica el Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas y Cuadro de Sanciones de la Municipalidad Distrital de Huaura; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, consagra el concepto de autonomía municipal, garantía institucional sobre la base de la cual las Municipalidades son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el numeral 8 del artículo 9º de la aludida Ley Nº 27972, establece que corresponde al Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar las Ordenanzas; Que, con respecto a la normatividad sancionatoria específica, emanada de esta Comuna, con fecha 24 de Junio del 2012, se publicó en el Diario Oficial El Peruano, la Ordenanza Nº 0003-2012-MDH, mediante la cual se aprobó el Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas, aprobándose además en su anexo Nº 03 el Cuadro de Infracciones y Sanciones, el mismo que tipifica una serie de conductas que la Autoridad Municipal, a la hora de generar la aludida norma, consideró como lesivas a sus disposiciones, y por tanto, conductas que califican como infracciones; Que, sin embargo, se hace necesario realizar una actualización de la referida escala de sanciones toda vez que las establecidas al ser contrastadas con la realidad resultan insuficientes para establecer una sanción acorde a una razonabilidad que impida que el administrado vulnere frecuentemente dichas normas e incurra e infracciones frecuentes; por lo que amerita una modificación del Reglamento y el cuadro de sanciones respectivamente; Que, en este sentido, la Ley de Procedimiento Administrativo General Nº 27444 en su artículo 230º numeral 3, consigna el Principio de Razonabilidad señalando que las autoridades deben prever que la comisión de la conducta sancionable no resulte más ventajosa para el infractor que cumplir las normas infringidas o asumir la sanción; Que, asimismo el artículo 47º de la Ley antes mencionada indica que el Concejo Municipal aprueba y modifica la escala de multas respectivas; Que, de conformidad con lo establecido en el numeral 8 del artículo 9º y el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo Municipal aprobó por UNANIMIDAD la siguiente: SE ORDENA: Artículo 1º.- Aprobar la Ordenanza que Modifica el Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas y Cuadro de Sanciones de la Municipalidad Distrital de Huaura, el mismo que forma parte integrante de la presente Ordenanza que consta de ochenta y dos (82) Artículos, cuatro (4) Disposiciones Finales y sus anexos. Artículo 2º.- Publicar la presente Ordenanza en el Diario Oficial el Peruano y su parte integrante en la página web institucional www.munihuaura.gob.pe. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JACINTO ROMERO TRUJILLO Alcalde Distrital 984210-2