NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2013 (07/09/2013)
CANTIDAD DE PAGINAS: 68
TEXTO PAGINA: 64
El Peruano Sábado 7 de setiembre de 2013 502506 LA SUBGERENCIA DE CATASTRO Y DE HABILITACIONES URBANAS DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MARTÍN DE PORRES VISTO: El Expediente Nº I-481-98 de fecha 17 de Noviembre de 1998 y acumulados, promovido por INMOBILIARIA CONSTRUCTORA E INVERSIONES GENERALES AMERICA S.R.L., representada por su Gerente General Sr. Felipe Barrios López, mediante el cual solicita la Habilitación Urbana Nueva para Uso Residencial de Densidad Media “R-4” del inmueble con un área superfi cial de 15,000.00 m2, constituido por la Unidad Catastral Nº 10604 del Fundo Oquendo, inscrito en la Partida Electrónica Nº 11322504 de la Ofi cina Registral de Lima y Callao, sobre el cual se desarrolla la Urbanización Los Girasoles de Oquendo, ubicado en la jurisdicción del distrito de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima, y; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el Artículo 194º, numeral 5) del Artículo 195º de nuestra Carta Magna, las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y le corresponde planifi car el desarrollo urbano y rural de sus circunscripciones y ejecutar los planes y programas correspondientes; Que, de acuerdo a la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, señala en su artículo I del Título Preliminar que los gobiernos locales son entidades básicas de la organización territorial del Estado y canales inmediatos de participación vecinal en los asuntos públicos, que institucionalizan y gestionan con autonomía los intereses propios de las correspondientes colectividades; siendo elementos esenciales del gobierno local, el territorio, la población y la organización. Asimismo, las Municipalidades Provinciales y Distritales, son los órganos de gobierno promotores del desarrollo local, con personería jurídica de derecho público y plena capacidad para el cumplimiento de sus fi nes. Además, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, dado que nuestra Carta Magna establece que la autonomía de las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico, que en concordancia con lo dispuesto en el Artículo 79º numeral 3) del acotado cuerpo legal, las municipalidades, en materia de organización del espacio físico y uso del suelo, ejercen funciones específi cas exclusivas de las municipalidades distritales: 3.6. Normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias, y realizar la fi scalización de 3.6.1. Habilitaciones urbanas; Que, la Ley General de Habilitaciones Urbanas Nº 26878, vigente cuando se inició el presente trámite, en su Art. 3º establece que corresponde a las Municipalidades Distritales en el ámbito de su respectiva circunscripción territorial, conocer y aprobar las solicitudes de habilitación urbana que presenten las personas naturales o jurídicas, las asociaciones de vivienda, Pro vivienda, las cooperativas o cualquier otra forma asociativa con fi nes de vivienda incluyendo los casos de regularizaciones pendientes o en trámite; Que, mediante Expediente Nº I-481-98 de fecha 17 de Noviembre de 1998 y acumulados, promovido por INMOBILIARIA CONSTRUCTORA E INVERSIONES GENERALES AMERICA S.R.L., representada por su Gerente General Sr. Felipe Barrios López, mediante el cual solicita la Habilitación Urbana Nueva para Uso Residencial de Densidad Media “R-4” del inmueble con un área superfi cial de 15,000.00 m2, constituido por la Unidad Catastral Nº 10604 del Fundo Oquendo, sobre el cual se desarrolla la Urbanización Los Girasoles de Oquendo, ubicado en la jurisdicción del distrito de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima; Que, acorde la inspección ocular practicada por el técnico del área de habilitaciones urbanas se verifi ca que el administrado ha cumplido con los requisitos establecidos en la normativa vigente a la fecha en que inició el expediente del visto. El plano presentado coincide con lo físicamente existente en el terreno, observándose que existe una consolidación de viviendas superior al 90%, constatándose la existencia de los servicios de energía eléctrica, agua potable y alcantarillado. Asimismo, el numeral 1.13 del Artículo IV de la Ley Nº 27444, establece que acorde al Principio de Simplicidad: “Los trámites establecidos por la autoridad administrativa deberán ser sencillos, debiendo eliminarse toda complejidad innecesaria; es decir, los requisitos exigidos deberán ser racionales y proporcionales a los fi nes que se persigue cumplir”. El propietario ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley, habiendo dejado en el terreno las áreas de aportes reglamentarios y encontrándose con gran porcentaje de consolidación, el presente expediente se ha considerado como Habilitación Urbana Ejecutada; Que, mediante Comisión Técnica Dictaminadora y Califi cadora de Habilitaciones Urbanas de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, con Acuerdo Nº 02, tomado en Sesión 01-2013-CTDCHU de fecha 03 de Abril del 2013, se emitió Dictamen FAVORABLE al trámite de Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada del inmueble con un área superfi cial de 15,000.00 m2, constituido por la Unidad Catastral Nº 10604 del Fundo Oquendo, donde se desarrolla la Urbanización Los Girasoles de Oquendo, ubicado en el distrito de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima; Que, en virtud al Reglamento Nacional de Construcciones, vigente a la fecha en que inició su procedimiento, se han aplicado los aportes reglamentarios para el terreno de 15,000.00 m2, califi cado con Zonifi cación Residencial de Densidad Media “R-4”, correspondiendo para Recreación Pública el área de 1,650.00 m2 y para el Ministerio de Educación el área de 300.00 m2; Que, mediante Valorización Nº 012-2013-SGCyHU- GDU-MDSMP del 12 de Abril del 2013, se calculó la liquidación del concepto por Proyectos y Control de Obras, cuyo monto total asciende a la suma de S/. 4,855.90 nuevos soles, y mediante Recibo de Pago N° 1813032128 de fecha 16 de Abril de 2013, pagado en la tesorería de esta Corporación Municipal, acredita la cancelación de la valorización por Proyectos y Control de Obras; Que, mediante el Informe Nº 173-2013-GRND- SGCyHU-GDU-MDSMP de fecha 17 de Mayo del 2013, el técnico del área de habilitaciones urbanas señala que el administrado ha cumplido con la presentación de los requisitos establecidos en la Ley Nº 26878 – Ley General de Habilitaciones Urbanas, el Decreto Supremo Nº 011-98-MTC que aprueba el Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley Nº 26878 y el TUPA de esta corporación; y la inspección ocular practicada verifi ca que el plano presentado coincide con lo físicamente existente en el terreno, observándose que existe una consolidación de viviendas superior al 90%, constatándose la existencia de los servicios de energía eléctrica, agua potable y alcantarillado. Asimismo, se indica que el inmueble constituido por la Unidad Catastral Nº 10604 del Fundo Oquendo, califi cado con Uso Residencial de Densidad Media “R-4”, sobre el que se desarrolla la Urbanización Los Girasoles de Oquendo, cumple con los planes urbanos respecto a la zonifi cación, vías y aportes reglamentarios, cumpliendo con dejar en la lotización el área de 1,695.61 m2 para Recreación Pública y 304.70 m2 para el Ministerio de Educación; Que, estando el Informe Nº 0125-2013-CAST- SGCHU-GDU/MDSMP de fecha 28 de Mayo del 2013, emitido por el área legal de la Subgerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas de esta entidad administrativa, donde señala que habiéndose cumplido con todos los requisitos establecidos por ley, procede otorgarle el acto administrativo, APROBANDO la Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada para Uso Residencial de Densidad Media “R-4” del inmueble con un área de 15,000.00 m2, constituido por la Unidad Catastral Nº 10604 del Fundo Oquendo, inscrito en la Partida Electrónica Nº 11322504 de la Ofi cina Registral de Lima y Callao, sobre el cual se desarrolla la Urbanización Los Girasoles de Oquendo, de conformidad con el Plano signado con N° 044-2013-SGCyHU-GDU-MDSMP y Memoria Descriptiva, ubicado en el distrito de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima, AUTORIZANDO a INMOBILIARIA CONSTRUCTORA