Norma Legal Oficial del día 08 de septiembre del año 2013 (08/09/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano MORDAZA 8 de setiembre de 2013

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discusiones culminan en decisiones tomadas por la Conferencia de las Partes. La primera COP se realizo en el ano 1995 en Berlin, y la MORDAZA (COP 18) tuvo lugar en Doha, Qatar, en el ano 2012; Que durante la COP 3 realizada en Kioto (Japon), se acordo un instrumento para fortalecer el trabajo de mitigacion en paises desarrollados: el Protocolo de Kioto, que entro en MORDAZA en el ano 2005; Que, el Peru es parte de la Convencion MORDAZA de las Naciones Unidas sobre Cambio Climatico (CMNUCC) desde 1992 y del Protocolo de Kioto (PK) desde el 2002; y, como tal, participa de las negociaciones internacionales. El Ministerio del Ambiente-MINAM es el punto focal del Peru ante la CMNUCC; Que, el Peru es uno de los paises mas vulnerables ante las amenazas del cambio climatico, debido a la diversidad de climas y territorios. El Peru tiene cinco de las seis condiciones que describe la Convencion con relacion a la vulnerabilidad, siendo que un alto porcentaje de la poblacion ya sufre por esta problematica; Que, mediante Decreto Supremo Nº 007-2013MINAM, se declaro de interes nacional la realizacion de la "Vigesima Conferencia de las Partes de la Convencion MORDAZA de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climatico COP20" y la "Decima Reunion de las Partes del Protocolo de Kyoto - CMP10", que se llevaran a cabo en la MORDAZA de MORDAZA, Republica del Peru, en diciembre de 2014, asi como de sus actividades y eventos conexos; Que, la presencia en el MORDAZA de los lideres del MORDAZA comprometidos con la tematica del cambio climatico, colocara al Peru en un posicionamiento privilegiado e inedito a nivel politico internacional del 2013 al 2015, respecto de un tema de actualidad y relevancia mundial como es el del cambio climatico; mostrandolo como un MORDAZA en crecimiento, estable, comprometido y atractivo para las inversiones de los recursos financieros relacionados con este tema; Que, en dicho contexto es necesario resaltar la relevancia que tiene la realizacion de dichos eventos tanto a nivel internacional como nacional ademas de los beneficios que traera a nuestro MORDAZA su realizacion; Que, por tanto, la realizacion eficiente y oportuna de la COP20 y la CMP10, asi como de sus actividades y eventos conexos, comprende el trabajo y actuacion del Grupo de Trabajo Multisectorial creado por Decreto Supremo Nº 0072013-MINAM, siendo necesario designar a su Secretario Tecnico, asi como establecer equipos de trabajo del Ministerio del Ambiente - MINAM; con la finalidad de lograr altos niveles de coordinacion y colaboracion, tanto a nivel institucional como interinstitucional, de las actividades que se desarrollen en la preparacion, organizacion y realizacion de la COP20 y de la CMP10; Con el visado del Viceministerio de Desarrollo Estrategico de los Recursos Naturales, la Secretaria General, la Direccion General de Cambio Climatico, Desertificacion y Recursos Hidricos, y la Oficina de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creacion, Organizacion y Funciones del Ministerio del Ambiente, su Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por el Decreto Supremo Nº 007-2008-MINAM, y el Decreto Supremo Nº 007-2013-MINAM. SE RESUELVE: Articulo 1°.- Del objetivo e importancia de la realizacion de la COP 20 1.1. Ratificar la importancia que tiene para el Peru la organizacion de la "Vigesima Conferencia de las Partes de la Convencion MORDAZA de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climatico - COP20 cuya realizacion fue declarada de interes nacional mediante Decreto Supremo N° 0072013-MINAM, en tanto es la conferencia con mayor relevancia a nivel mundial en materia de cambio climatico y que esta orientada a obtener un MORDAZA acuerdo climatico solido y vinculante en el beneficio del planeta con la finalidad de: a) Enfrentar los retos de la humanidad a partir de la necesidad de renovar las MORDAZA de energia e

encargado de analizar la problematica del Sector Agricultura y Riego, en lo referente a la gestion de la infraestructura hidraulica y la disponibilidad de los recursos hidricos, otorgandose un plazo de cuarenta y cinco (45) dias habiles, contados a partir de su instalacion para que el citado Grupo de Trabajo presente su Informe Final al Despacho Ministerial de Agricultura y Riego; Que, por Resolucion Ministerial N° 257-2013MINAGRI, se modifico la denominacion del referido Grupo de Trabajo a "Grupo de Trabajo para analizar la problematica sectorial y la infraestructura hidraulica", asi como su conformacion; Que, con Oficio N° 123-2013-MINAGRI-OAER/DG de fecha 05 de setiembre de 2013, el Director General de la Oficina de Apoyo y Enlace Regional en su calidad de Presidente del Grupo de Trabajo MORDAZA citado, adjunta el Informe N° 001- 2013-MINAGRI-JNUDRP/P, mediante el cual solicita la ampliacion del plazo para emitir el Informe Final por treinta (30) dias adicionales; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado por la Ley N° 30048, su Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2008AG; y las Resoluciones Ministeriales Nos. 241-2013-AG y 257-2013-MINAGRI; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Ampliar en treinta (30) dias habiles, el plazo senalado en el articulo 4 de la Resolucion Ministerial N° 241-2013-AG, para que el "Grupo de Trabajo para analizar la problematica sectorial y la infraestructura hidraulica" presente el Informe Final, dispuesto en la MORDAZA MORDAZA citada. Articulo 2º.- Notificar la presente Resolucion al Grupo de Trabajo denominado "Grupo de Trabajo para analizar la problematica sectorial y la infraestructura hidraulica", para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA VON HESSE LA MORDAZA Ministro de Agricultura y Riego 985322-1

AMBIENTE
Designan Secretario Tecnico del Grupo de Trabajo Multisectorial creado mediante D.S. Nº 007-2013-MINAM y conforman equipos de trabajo del Ministerio del Ambiente
RESOLUCION MINISTERIAL N° 264-2013-MINAM MORDAZA, 6 de setiembre de 2013 CONSIDERANDO: Que, en la Cumbre de Rio de junio de 1992, mas de 170 paises del MORDAZA acordaron luchar contra la degradacion ambiental causada por el hombre. En dicha cumbre, se firmaron tres instrumentos legales que tenian como objetivo hacer frente a este desafio desde tres problemas fundamentales: la desertificacion, la perdida de la biodiversidad y el cambio climatico. Este ultimo problema mundial fue abordado mediante la firma de la "Convencion MORDAZA de las Naciones Unidas sobre Cambio Climatico-CMNUCC"; Que, la CMNUCC designo a la "Conferencia de las Partes" (COP, por sus siglas en ingles), como su organo MORDAZA de decision. La COP, integrada por todos los paises que son partes firmantes de la Convencion, acordo reunirse al final de cada ano y tener Organos Subsidiarios que la ayudaran en su trabajo. Los resultados de dichas

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