Norma Legal Oficial del día 25 de septiembre del año 2013 (25/09/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano Miercoles 25 de setiembre de 2013

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SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar aprobada al 19 de febrero de 2013, la renovacion de autorizacion otorgada mediante Resolucion Viceministerial N° 618-2002-MTC/15.03, de titularidad del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por el plazo de diez (10) anos, el mismo que vencera el 06 de noviembre de 2022, para prestar el servicio de radiodifusion comercial por television en UHF, en la localidad de MORDAZA, departamento de La Libertad. Articulo 2°.- Dentro de los sesenta (60) dias de notificada la presente Resolucion, el titular de la autorizacion efectuara el pago correspondiente al derecho de renovacion de autorizacion y haber efectuado el pago del canon anual. En caso de incumplimiento, el Ministerio procedera de acuerdo a lo establecido en el articulo 71º del Reglamento de la Ley de Radio y Television. Articulo 3º.- El titular de la autorizacion esta obligado al cumplimiento de las obligaciones derivadas del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado con Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, para lo cual debera adoptar las acciones tendientes a garantizar que las radiaciones que emita su estacion radioelectrica no excedan los valores establecidos como limites maximos permisibles fijados, asi como de efectuar las mediciones anuales a las que hace referencia dicha norma. Articulo 4º.- El titular de la autorizacion renovada debera cumplir con las disposiciones previstas en los literales a) y b) del articulo 38° del MORDAZA Normativo General del Sistema de Comunicaciones de Emergencia, aprobado por Decreto Supremo N° 051-2010-MTC. Articulo 5º.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones para las acciones que correspondan, de acuerdo a su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PEREZ-REYES MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 991887-1

solicito renovacion de la autorizacion otorgada con Resolucion Viceministerial N° 618-2002-MTC/15.03; Que, el articulo 15º de la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278, concordado con los articulos 21º y 67º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0052005-MTC, establece que el plazo MORDAZA de vigencia de una autorizacion es de diez (10) anos, renovable por periodos iguales, previo cumplimiento de los requisitos legalmente establecidos; Que, los articulo 67º y 68º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, disponen que la renovacion es automatica por periodos iguales, previo cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley, asimismo, establecen que la solicitud puede presentarse hasta el dia de vencimiento de plazo de vigencia de la respectiva autorizacion; Que, los articulos 69º, 70º y 71º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, establecen las condiciones y requisitos aplicables a los procedimientos de renovacion de autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusion; Que, el articulo 19° de la Ley de Radio y Television, concordante con el numeral 3) del articulo 71° de su Reglamento, establece que el plazo MORDAZA para resolver las solicitudes de autorizacion o renovacion es de ciento veinte (120) dias; procedimiento que se encuentra sujeto a silencio administrativo positivo, conforme a lo establecido en el MORDAZA del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la Ley del Silencio Administrativo, Ley Nº 29060, modificada con Decreto Legislativo Nº 1029, senala que los procedimientos administrativos, sujetos al silencio administrativo positivo, se consideran automaticamente aprobados, si vencido el plazo establecido o MORDAZA, no se hubiere emitido pronunciamiento expreso; Que, de acuerdo a las normas citadas, la solicitud de renovacion de autorizacion presentada con Escrito de Registro N° 2012-052471, quedo aprobada al 19 de febrero de 2013, en aplicacion del silencio administrativo positivo, al haber transcurrido el plazo sin que la administracion emita el pronunciamiento expreso correspondiente; Que, mediante Informe N° 0047-2013-MTC/29.02 del 30 de enero de 2013, la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones, da cuenta de los resultados de la inspeccion tecnica realizada el 29 de Enero de 2013, verificandose que la estacion de titularidad del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ubicada en localidad de MORDAZA, departamento de La MORDAZA, presta el servicio de radiodifusion comercial por television en UHF conforme a las condiciones esenciales, las caracteristicas tecnicas autorizadas y de acuerdo a las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion; ademas, cumple con el proyecto de comunicacion; Que, con Informe Nº 0689-2013-MTC/28, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, opina que, en virtud al silencio administrativo positivo, al 19 de Febrero de 2013, quedo aprobada la solicitud de renovacion de la autorizacion de titularidad del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, otorgada por Resolucion Viceministerial N° 618-2002-MTC/15.03, verificando que el solicitante a la fecha de la configuracion del silencio administrativo positivo cumplio con la MORDAZA de los requisitos y con las condiciones previstas para la renovacion de autorizacion, y que no se encuentra incurso en los impedimentos o causales para denegar la renovacion de una autorizacion, contemplados en la Ley de Radio y Television, su Reglamento y el MORDAZA del Ministerio, por lo que, debe expedirse la resolucion respectiva; Que, mediante Resolucion Viceministerial Nº 1732004-MTC/03, ratificada con Resolucion Viceministerial Nº 746-2008-MTC/03 y modificada con Resolucion Viceministerial Nº 271-2011-MTC/03, se aprobo el Plan de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias para el servicio de radiodifusion por television en UHF, para las localidades correspondientes al departamento de La MORDAZA, entre las cuales se encuentra la localidad denominada MORDAZA, en la que se incluye al distrito y provincia de MORDAZA, departamento de La Libertad; De conformidad con la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC y sus modificatorias, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 0212007-MTC; y, Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones;

Declaran aprobada transferencia y reconocen a la Asociacion Cultural Bethel como titular de autorizacion otorgada mediante R.M. Nº 346-97MTC/15.19
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 431-2013-MTC/03 MORDAZA, 2 de setiembre del 2013 VISTA, la solicitud presentada por la empresa CORPORACION RADIAL DEL PERU S.A.C. sobre transferencia de autorizacion para la prestacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), ubicada en el distrito de Yurimaguas, provincia de Alto Amazonas, departamento de MORDAZA, a favor de la ASOCIACION CULTURAL BETHEL; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Ministerial N° 346-97-MTC/15.19 del 21 de MORDAZA de 1997, se otorgo a la empresa RADIOMAR S.A.C. autorizacion y permiso de instalacion y prueba por el plazo improrrogable de doce (12) meses, para prestar el servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito de Yurimaguas, provincia de Alto Amazonas, departamento de Loreto; Que, por Resolucion Viceministerial N° 805-2007MTC/03 del 19 de octubre de 2007, se declaro aprobada a partir del 13 de diciembre de 2006, la transferencia de 108 autorizaciones, conjuntamente con los permisos, licencias y autorizacion de enlaces auxiliares a la radiodifusion de la empresa RADIOMAR S.A.C. a favor de la empresa CORPORACION RADIAL DEL PERU S.A.C., reconociendose a esta MORDAZA como nueva titular de tales autorizaciones, asumiendo los derechos y obligaciones derivadas de las respectivas autorizaciones, asi como de los procedimientos en tramite; Que, con Escrito de Registro P/D N° 046959 del 05 de junio de 2007, la empresa CORPORACION RADIAL DEL

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