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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE ABRIL DEL AÑO 2014 (05/04/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 6

El Peruano Sábado 5 de abril de 2014 520344 Visto, el Ofi cio Nº 041-2014-PE/IRTP, remitido por la Presidencia Ejecutiva del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú – IRTP, y; CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú – IRTP, es un organismo público ejecutor adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, que tiene como objetivo llegar a toda la población nacional, a través de los medios de radiodifusión sonora y por televisión a su cargo, con programas educativos, culturales, informativos y de esparcimiento; Que, mediante Resolución Legislativa N° 30178, se autoriza al señor Presidente de la República, Ollanta Humala Tasso, viajar a Canadá, del 08 al 13 de abril del presente año, en visita ofi cial; Que, en tal sentido, resulta necesario cubrir las incidencias informativas de la participación del Presidente de la República en dicha visita; por lo que, se ha estimado conveniente autorizar el viaje de los señores Diego Viaña Rosa–Pérez, Bernabé Valenzuela Tapia y Víctor Hugo Tipiani Beltrán, miembros del equipo periodístico del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú – IRTP; Que, el artículo 2° del Reglamento de la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece que la Resolución de autorización de viaje será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específi co de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac; Que, el literal a) del numeral 10.1 del artículo 10° de la Ley Nº 30114, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, prohíbe los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, salvo casos excepcionales que deben ser canalizados a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y autorizados por Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; De conformidad con la Ley Nº 30114, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; el Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros; y, el Decreto Supremo Nº 001-2012-PCM, que adscribe al Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú a la Presidencia del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje de los señores Diego Viaña Rosa-Pérez, Bernabé Valenzuela Tapia y Víctor Hugo Tipiani Beltrán, del 8 al 13 de abril de 2014, para los fi nes a que se refi ere la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema se efectuarán con cargo a los recursos ordinarios del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP, de acuerdo al siguiente detalle: - Diego Viaña Rosa- Pérez (Viáticos US$ 440 x 6 días) US$ 2,640.00 - Bernabé Valenzuela Tapia (Viáticos US$ 440 x 6 días) US$ 2,640.00 - Víctor Hugo Tipiani Beltrán (Viáticos US$ 440 x 6 días) US$ 2,640.00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguiente a su retorno al país, las personas cuyo viaje se autoriza por la presente Resolución, deberán presentar al Titular de su Institución un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados, de acuerdo a Ley. Artículo 4.- El cumplimiento de la presente Resolución no dará derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros, de ninguna clase o denominación. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República RENÉ CORNEJO DÍAZ Presidente del Consejo de Ministros 1070930-7 AGRICULTURA Y RIEGO Designan Jefe de la Agencia Zonal San Román - Lampa, de la Dirección Zonal Puno de AGRO RURAL RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 096-2014-MINAGRI-DVM-DIAR-AGRO RURAL-DE Lima, 3 de abril de 2014 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el Manual de Operaciones del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL, las Agencias Zonales están a cargo de un Jefe Zonal, quien es designado por Resolución Directoral de la Dirección Ejecutiva, dependen jerárquicamente de la Dirección Zonal y puede administrar uno o más provincias y distritos; Que, se ha visto pertinente designar al funcionario que ejercerá las funciones de Jefe de la Agencia Zonal San Román – Lampa, del ámbito de la Dirección Zonal Puno, del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL, del Ministerio de Agricultura y Riego; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos y en uso de las atribuciones conferidas en el Manual de Operaciones, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 1120-2008-AG; SE RESUELVE: Artículo 1°.- DESIGNAR al Licenciado CHESTER MIGUEL ZAMUDIO BRICEÑO en el cargo de Jefe de la Agencia Zonal San Román – Lampa, de la Dirección Zonal Puno, del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL, del Ministerio de Agricultura y Riego, cargo considerado de confi anza. Artículo 2º.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano” y en el Portal Electrónico del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL (www.agrorural.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. CÉSAR SOTOMAYOR CALDERÓN Director Ejecutivo Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL 1070797-1 Aprueban Plan de Gestión de Recursos Hídricos en la Cuenca Quilca - Chili RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 112-2014-ANA Lima, 4 de abril de 2014 VISTO: El Ofi cio N° 005-2014-ANA/CRHC QUILCA CHILI del Presidente del Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca Quilca Chili, por el cual solicita la aprobación del “Plan de Gestión de Recursos Hídricos en la Cuenca Quilca – Chili”, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 24° de la Ley de Recursos Hídricos establece que los Consejos de Cuenca son órganos de naturaleza permanente integrantes de la Autoridad Nacional, creados mediante decreto supremo, a iniciativa de los gobiernos regionales, con el objeto de participar en la planifi cación, coordinación y concertación del aprovechamiento sostenible de los recursos hídricos en sus respectivos ámbitos; Que, a través del Decreto Supremo N° 003-2012- AG, se crea el Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca Quilca-Chili; Que, según el artículo 31° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2010-AG, corresponde a los Consejos de Recursos Hídricos de Cuenca elaborar, conjuntamente con la