Norma Legal Oficial del día 12 de abril del año 2014 (12/04/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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El Peruano Sabado 12 de MORDAZA de 2014

AGRICULTURA Y RIEGO
Aprueban redimensionamiento del Bosque de Produccion Permanente del departamento de MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0179-2014-MINAGRI MORDAZA, 8 de MORDAZA de 2014 VISTOS: Los Memoranda Nº 3214-2013-MINAGRIDGFFS(DPFFS), 069-2014-MINAGRI-DGFFS (DPFFS) y 558-2014-MINAGRI-DGFFS (DPFFS) de fechas 27 de diciembre de 2013, 17 de enero y 31 de marzo de 2014, respectivamente, expedidos por la Direccion General Forestal y de Fauna MORDAZA del Ministerio de Agricultura y Riego, a traves de los cuales recomienda redimensionar la MORDAZA 1A del Bosque de Produccion Permanente del departamento de Huanuco; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 2º de la Ley Nº 30048, Ley que modifica el Decreto Legislativo Nº 997, que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura, dispuso que a partir de la vigencia de la citada Ley, el Ministerio de Agricultura se denomina Ministerio de Agricultura y Riego, en adelante el MINAGRI; Que, de conformidad con el numeral 3.3 del articulo 3º de la Ley Nº 27308, Ley Forestal y de Fauna MORDAZA, en adelante la LFFS, el MINAGRI es el organo normativo y promotor del uso sostenible y conservacion de los recursos forestales y de fauna silvestre; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 0549-2002AG, se aprobo la creacion del Bosque de Produccion Permanente del departamento de MORDAZA - BPP MORDAZA, comprendido dentro del Patrimonio Forestal del citado departamento, exceptuandose del ambito geografico del mismo, las superficies de las areas naturales protegidas, de las comunidades nativas y campesinas, las areas de propiedad privada y superficies con otras formas de uso reconocidas por la autoridad competente; Que, el numeral 2 del articulo 2º de la Resolucion indicada en el considerando precedente, aprobo una superficie de 880 846 ha para el citado BPP MORDAZA, apreciandose, entre otros, que la MORDAZA 1, tiene un area de 262 307 ha; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 0586-2004AG, modificada por las Resoluciones Ministeriales Nº 0670-2005-AG y 0434-2006-AG, se resolvio, entre otros, facultar al Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA, para que realice el redimensionamiento de los Bosques de Produccion Permanente a nivel nacional, como consecuencia de la actualizacion, por las entidades correspondientes, de la base cartografica de las comunidades nativas y campesinas, areas naturales protegidas, otros derechos de terceros debidamente acreditados; asimismo, sobre aquellas areas cuyo sustento tecnico determine que no corresponden a bosques naturales primarios con caracteristicas bioticas y abioticas, aptas para el aprovechamiento preferentemente de MORDAZA y de otros recursos forestales y de fauna MORDAZA, e igualmente de aquellas superficies que mediante estudios ambientales, economicos y sociales se determine que no deben continuar como Bosque de Produccion Permanente; Que, por Resolucion Jefatural Nº 056-2007-INRENA, se aprobo el cuadro de las areas que conforman el BPP de MORDAZA por una superficie total de 686 514 ha; asimismo, mediante Resolucion Jefatural Nº 0962008-INRENA, se redimensiono el BPP de MORDAZA de una superficie total de 686 514 ha a una superficie final de 622 439 ha; por Resolucion Ministerial Nº 08062010-AG, se aprobo redimensionar el BPP de MORDAZA de una superficie de 622 439 ha a 622 369.39 ha, distribuidas de la siguiente manera, MORDAZA 1A: 122 102 ha, MORDAZA 1B: 70 251.36 ha, MORDAZA 1C: 69 805 ha; MORDAZA

2A: 156 525 ha, MORDAZA 2B: 35 616 ha; MORDAZA 2C-1: 6 040 ha, MORDAZA 2C-2a: 22 128 ha, MORDAZA 2C-2b1: 2 086 ha, MORDAZA 2C-2b2: 33 521 ha, MORDAZA 2C-2c: 1 781 ha, MORDAZA 2C-3a: 4 633 ha, MORDAZA 2C-3b: 5 431 ha, MORDAZA 2C-3c: 39 366 ha y MORDAZA 2C-4: 53 084 ha; Que, por Decreto Supremo Nº 030-2008-AG, se aprobo la fusion del INRENA en el MINAGRI, siendo este ultimo el ente absorbente; asimismo, el articulo 4º de la Ley Nº 29376, Ley que suspende la aplicacion de los Decretos Legislativos Nº 1090 y 1064, precisa que las funciones establecidas en la LFFS, que fueran desempenadas por el INRENA, son ejercidas por el MINAGRI o los gobiernos regionales dentro del MORDAZA de sus competencias; Que, mediante Informe Nº 137-2013-MINAGRIDGFFS-DICFFS, expedido por el Especialista en Sistema de Informacion Geografica - SIG, de la Direccion de Informacion y Control Forestal y de Fauna MORDAZA - DICFFS de la Direccion General Forestal y de Fauna MORDAZA - DGFFS del MINAGRI, concluye que respecto a la propuesta de redimensionamiento de la MORDAZA 1A del BPP de MORDAZA se realizo un analisis visual con imagenes de satelite RapidEye del ano 2011 a fin de determinar que areas ameritaban ser excluidas y cuales no, en base a la presencia o ausencia de cobertura boscosa, y producto de ello, el area propuesta a excluir es de 4 882.28 ha, quedando la MORDAZA 1A del BPP de MORDAZA en una superficie de 117 219.49 ha, conforme al siguiente cuadro; Propuesta de redimensionamiento del Area de la MORDAZA 1A del BPP de Huanuco:
MORDAZA 1A BPP MORDAZA Superficie (ha) oficial R.J. Nº 096-2008INRENA 122102 Superficie (ha) SIG (1) 122101.77 Area (ha) final Area (ha) de la resultante de la propuesta de MORDAZA 1A del BPP exclusion de MORDAZA (2) (1)-(2) 4882.28 117219.49

Que, asimismo, el Informe mencionado en el considerando precedente senala que no considero la presencia o ausencia de predios para la propuesta de redimensionamiento, toda vez que no se registra informacion cartografica sobre predios ubicados en el area solicitada para exclusion; asimismo, la base de datos proporcionada por COFOPRI no detalla la situacion de titularidad de los predios que pudieron identificarse en la citada area; Que, como consecuencia de lo evaluado en el Informe Tecnico Nº 287-2013-MINAGRI-DGFFS-DPFFS, la Direccion de Promocion Forestal y de Fauna MORDAZA DPFFS, concluye y recomienda que i) "3.2. (...) la evaluacion de la presente solicitud de redimensionamiento, debe realizarse en base al MORDAZA sustento precisado en la Resolucion Ministerial Nº 0434-2006-AG, el cual consiste en redimensionar los BBP respecto a aquellas areas cuyo sustento tecnico determine que no corresponden a bosques naturales primarios"; ii) "3.5. Se debe tener en cuenta que segun la legislacion forestal vigente, las tierras cuya capacidad de uso mayor es forestal, incluidas las de proteccion (recursos forestales), se incorporan automaticamente al Patrimonio Forestal Nacional, por lo que no pueden ser utilizados con fines agropecuarios u otras actividades que afecten la cobertura vegetal, el uso sostenible y la conservacion del recurso forestal, consecuentemente no podran ser adjudicadas a terceros en propiedad"; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado por la Ley Nº 30048 y su Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por el Decreto Supremo Nº 031-2008-AG, la Ley Nº 27308, Ley Forestal y de Fauna MORDAZA y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 014-2001-AG. SE RESUELVE: Articulo 1.- Aprobar el redimensionamiento del Bosque de Produccion Permanente del departamento de MORDAZA,

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