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El Peruano Lunes 14 de abril de 2014 521028 PODER EJECUTIVO AGRICULTURA Y RIEGO Incluyen los ítems 226 al 401 en la Guía de Servicios del Instituto Nacional de Innovación Agraria - INIA RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 00112/2014-INIA Lima, 10 de abril de 2014 VISTOS: El Ofi cio N° 0321-2014-INIA-DEA, de fecha 3 de marzo de 2014, Ofi cio N° 0388-2014-INIA-DEA de fecha 12 de marzo de 2014, Ofi cio N° 0584-2014-INIA-DEA de fecha 8 de abril de 2014 y el Ofi cio N° 463-2014-INIA-OGA/DG de fecha 1 de abril de 2014, emitidos por la Dirección de Extensión Agraria y la Ofi cina General de Administración del Instituto Nacional de Innovación Agraria –INIA, y; CONSIDERANDO: Que, el Decreto Supremo N° 088-2001-PCM publicado el 18 de julio de 2001, faculta al Titular de las Entidades del Sector Público, establecer mediante Resolución la descripción clara y precisa de los bienes y/o servicios que son objeto de comercialización por parte de la Entidad, las condiciones y limitaciones para su comercialización si las hubiera, el monto del precio expresado en porcentaje de la UIT y su forma de pago; Que, para efectos de lo establecido en el presente dispositivo, se entiende por Actividades Comerciales, la venta o alquiler de bienes o servicios que son suministrados en exclusividad por el Instituto Nacional de Innovación Agraria -INIA, referidas a las actividades que el Instituto Nacional de Innovación Agraria -INIA brinda a solicitud de los usuarios que manifi esten su voluntad de obtenerlos, y que generalmente se brinda en condiciones de competencia; Que, mediante Resolución Jefatural N° 135-2002-INIA y su modifi catorias, se aprueba la Guía de Servicios; del Instituto Nacional de Investigación Agraria –INIA, dando cumplimiento así a lo establecido en el Decreto Supremo N° 088-2001-PCM; Que, la Dirección de Extensión Agraria del Instituto Nacional de Innovación Agraria - INIA mediante los ofi cios del Visto, expone la necesidad de incluir los precios de Semilla Básica de Arroz, Semilla Registrada de Arroz y Semilla Básica de la Línea de Parentales de Híbridos de Maíz Amarillo Duro liberados por el Instituto Nacional de Innovación Agraria - INIA, dado la suscripción del Acta de Reunión de Productores de Semilla de la Región Lambayeque, Piura, La Libertad, Jaén y Bagua de fecha 4 de marzo de 2014, por mandato de la Comisión Nacional de Semillas – CONASE, con la Asociación de Productores de Semilla de Arroz y Maíz Amarillo Duro; que establecen en el Acuerdo N° 3 los precios de los productos en mención; Que, la Ofi cina General de Administración mediante Ofi cio N° 463-2014-INIA-OGA/DG ha validado la estructura de precios de la producción de Semilla Básica de Arroz, Semilla Registrada de Arroz y Semilla Básica de la Línea de Parentales de Híbridos de Maíz Amarillo Duro, de las variedades liberadas por el Instituto Nacional de Innovación Agraria -INIA, que incluyen tanto los costos directos como los indirectos; asimismo, la Ofi cina General de Planifi cación mediante Ofi cio N° 307-2014-INIA-OGP/ OP, expresa la necesidad de la actualización de la Guía de Servicios en su totalidad; Que, las precitadas actividades y cobros efectuados por las Estaciones Experimentales Agrarias de Arequipa, Donoso, El Porvenir, San Roque y Vista Florida en ocasión a la prestación de los servicios deben cumplir con los requisitos de legalidad, publicidad, transparencia y rendición de cuentas; Que, el Instituto Nacional de Innovación Agraria -INIA busca promover e intensifi car la producción y consumo de las semillas, en este caso del Arroz y el Maíz Amarillo Duro, y permitir el acceso de los ciudadanos, gobiernos REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS Se comunica a los organismos públicos que, para efecto de la publicación en la Separata Especial de Declaraciones Juradas de Funcionarios y Servidores Públicos del Estado, se deberá tomar en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación se efectuará mediante ofi cio dirigido al Director del Diario Ofi cial El Peruano y las declaraciones juradas deberán entregarse en copias autenticadas o refrendadas por un funcionario de la entidad solicitante. 2. La publicación se realizará de acuerdo al orden de recepción del material y la disponibilidad de espacio en la Separata de Declaraciones Juradas. 3. La documentación a publicar se enviará además en archivo electrónico (diskette o cd) y/o al correo electrónico: dj@editoraperu.com.pe, precisando en la solicitud que el contenido de la versión electrónica es idéntico al del material impreso que se adjunta; de no existir esta identidad el cliente asumirá la responsabilidad del texto publicado y del costo de la nueva publicación o de la Fe de Erratas a publicarse. 4. Las declaraciones juradas deberán trabajarse en Excel, presentado en dos columnas, una línea por celda. 5. La información se guardará en una sola hoja de cálculo, colocándose una declaración jurada debajo de otra. LA DIRECCIÓN