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El Peruano Lunes 14 de abril de 2014 521030 la transparencia en la actuación de las entidades de la Administración Pública, y tiene la obligación de entregar la información que demanden las personas en aplicación del principio de publicidad; Que, corresponde a la máxima autoridad de la Entidad la designación del funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia, conforme a lo señalado en el artículo 5 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 3 del Reglamento de la citada Ley, aprobado mediante Decreto Supremo N° 072-2003-PCM; Que, la designación del funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia, se efectúa mediante resolución de la máxima autoridad de la Entidad y se publica en el Diario Ofi cial “El Peruano”; adicionalmente, la Entidad deberá colocar copia de la resolución de designación en lugar visible en cada una de sus sedes administrativas, de conformidad con lo establecido en el artículo 4 del Reglamento de la Ley N° 27806, aprobado por Decreto Supremo N° 072-2003- PCM; Que, en dicho contexto, mediante Resolución Ministerial N° 142-2012-MIDIS, se designó al señor Jaime Gutiérrez Rosas, Jefe de la Ofi cina General de Tecnologías de la Información, como responsable de elaborar y actualizar el Portal de Transparencia del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; Que, mediante Resolución Ministerial N° 082-2014- MIDIS, se aceptó la renuncia del señor Jaime Gutiérrez Rosas, como Jefe de la Ofi cina General de Tecnologías de la Información del Ministerio; Que, en mérito a lo señalado en los considerandos precedentes, resulta necesario designar al responsable de elaborar y actualizar el Portal de Transparencia del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, en virtud a lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 072-2003-PCM; Con el visado de la Secretaría General y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley N° 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión, y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante Decreto Supremo N° 011-2012-MIDIS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar a la persona que ejerce las funciones de Jefe de la Ofi cina General de Tecnologías de la Información como responsable de elaborar y actualizar el Portal de Transparencia del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, en virtud de lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 072-2003-PCM. Artículo 2º.- El personal y funcionarios del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, bajo responsabilidad, deberán facilitar la información y/o documentación que les sea solicitada en virtud a la designación efectuada en el artículo precedente, para el cumplimiento de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia. Artículo 3º.- Publicar la presente Resolución en el Portal Institucional del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.midis.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. PAOLA BUSTAMANTE SUÁREZ Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 1073327-2 Designan Asesor del Gabinete de Asesores del Despacho Ministerial RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 090-2014-MIDIS Lima, 11 de abril de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29792, se creó el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica; FE DE ERRATAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la rectifi cación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. 2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título “Dice” y a continuación la versión rectifi cada del mismo fragmento bajo el título “Debe Decir”; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a rectifi carse. 4. El archivo se adjuntará en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCIÓN