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El Peruano Jueves 11 de diciembre de 2014 539624 PERSONA JURÍDICA MONEDA MONTO CONSEJO DE COOPERACIÓN ECONÓMICA DEL PACÍFICO USD 520.28 SECRETARÍA GENERAL IBEROAMERICANA EUR 504.57 TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD ANDINA USD 29,747.54 ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LA EDUCACIÓN, LA CIENCIA Y LA CULTURA USD 2,625.00 ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LA EDUCACIÓN, LA CIENCIA Y LA CULTURA EUR 3,024.00 CENTRO REGIONAL DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LA PAZ, EL DESARME Y EL DESARROLLO EN AMÉRICA LATINA Y EL CARIBE (UNLIREC) USD 1,954.67 Artículo 2.- Afectación presupuestal Disponer que los gastos que demande el cumplimiento de la presente resolución se ejecute con cargo a la Fuente de Financiamiento 1: 00 Recursos Ordinarios, Actividad 5.003690: Política Multilateral, Participación y Cuotas a Organismos Internacionales, Meta 0089559: Fortalecimiento del Multilateralismo y Cuotas a Organismos Internacionales, Genérica del Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias, Específi ca de Gasto 2. 4. 1 2.1 99: A Otros Organismos Internacionales, del Presupuesto del Pliego 008: Ministerio de Relaciones Exteriores, correspondiente al Año Fiscal 2014. Artículo 3.- Equivalencia en moneda nacional Disponer que la equivalencia en moneda nacional sea establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Artículo 4.- Refrendo La presente resolución suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República GONZALO GUTIÉRREZ REINEL Ministro de Relaciones Exteriores 1176303-1 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 199-2014-RE Lima, 10 de diciembre de 2014 VISTO: El Ofi cio Nº 850-2014-SG/MC, de 25 de noviembre de 2014, del Ministerio de Cultura, por el que se solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la expedición de la Resolución Suprema que autorice el pago de las cuotas, correspondiente al año 2014, a diversos organismos internacionales de los cuales el Perú es miembro; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30114 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, se aprobó el “Anexo B: Cuotas Internacionales - Año Fiscal 2014”, donde se detallan las entidades y montos que corresponden a cuotas internacionales a ser otorgadas durante el año fi scal 2014; Que, de conformidad con lo establecido en el inciso 67.3 del artículo 67 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, las cuotas a los organismos internacionales de los cuales el Perú es país miembro se pagan con cargo al presupuesto institucional de cada una de las Entidades del Sector Público, previa aprobación de la Resolución Suprema refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores; Que, es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas y adeudos a los organismos internacionales, de manera que permita potenciar la capacidad de negociación en las gestiones diplomáticas y acrecentar el benefi cio de los fl ujos de cooperación y asistencia técnica internacional; Estando a lo expuesto, y de conformidad con lo establecido en el artículo 67.3 del artículo 67 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, y el Decreto Supremo Nº 067- 2014-RE, que modifi ca el Anexo B: Cuotas Internacionales – Año Fiscal 2014, de la Ley Nº 30114 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorización de pago de cuotas a organismos internacionales Autorizar al Ministerio de Cultura a efectuar los pagos de las cuotas correspondientes al año 2014, a los siguientes organismos internacionales: PLIEGO PRESUPUESTARIO MONEDA IMPORTE PERSONA JURÍDICA 003-CULTURA USD 3,820.00 Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura - UNESCO Salvaguardia del Patrimonio Inmaterial USD 3,820.00 Convención para la Protección del Patrimonio Mundial, Cultura y Natural USD 22,000.00 Centro Regional para el Fomento del Libro en América Latina y el Caribe - CERLALC EUR 4,500.00 Centro Internacional de Estudios para la Conservación y la Restauración de los Bienes Culturales - ICCROM USD 40,000.00 Secretaria General Iberoamericana - SEGIB Programa IBER MUSEOS USD 50,000.00 Programa IBER MUSICA EUR 15,000.00 Programa IBER RUTAS USD 76,000.00 Programa IBER ESCENA USD 150,000.00 Programa IBER MEDIA USD 10,000.00 Programa IBER MEMORIA USD 13,000.00 Conferencia de A u t o r i d a d e s Cinematográfi cas de Iberoamérica – CACI Secretaría Ejecutiva de Cinematografía I b e r o a m e r i c a n a - SECI USD 28,000.00 A s o c i a c i ó n de Estados Iberoamericanos para el Desarrollo de las Bibliotecas Nacionales de Iberoamérica - ABINIA Asociación de Estados Iberoamericanos para el Desarrollo de las Bibliotecas Nacionales de I b e r o a m é r i c a – ABINIA IBER BIBLIOTECA EUR 1,500.00 I n t e r n a t i o n a l Federation of Library Associations and Institutions - IFLA I n t e r n a t i o n a l Federation of Library Associations and Institutions - IFLA Artículo 2.- Afectación presupuestal Disponer que los gastos que demande el cumplimiento de la presente resolución se ejecute con cargo al presupuesto del Pliego 003: Ministerio de Cultura. Artículo 3.- Equivalencia en moneda nacional Disponer que la equivalencia en moneda nacional sea establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago.