Norma Legal Oficial del día 20 de enero del año 2014 (20/01/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano Lunes 20 de enero de 2014

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presentar una sociedad administradora de fondos a efectos de obtener autorizacion para proceder a la fusion de fondos mutuos; Que, mediante Resolucion CONASEV Nº 0072005-EF/94.10 del 09 de febrero de 2005 se autorizo el funcionamiento de ING Fondos S.A.C. Sociedad Administradora de Fondos, hoy denominada Fondos Sura SAF S.A.C, para actuar como administradora de fondos mutuos de inversion en valores; Que, por Resolucion Directoral de Patrimonios Autonomos Nº 017-2007-EF/94.06.2 del 10 de agosto de 2007 se dispuso la inscripcion del fondo mutuo Sura Balanceada FMIV en el Registro Publico del MORDAZA de Valores; Que, por Resolucion de Intendencia General de Supervision de Entidades Nº 083-2013-SMV/10.2 de fecha 20 de junio de 2013 se dispuso la inscripcion del fondo mutuo Fondo de Fondos Sura Capital Estrategico II FMIV en el Registro Publico del MORDAZA de Valores; Que, Fondos Sura SAF S.A.C. solicito autorizacion para llevar a cabo una fusion por absorcion en la que el Fondo de Fondos Sura Capital Estrategico II FMIV absorberia al fondo Sura Balanceada FMIV, y presento la informacion y documentacion exigida por el articulo 50 del Reglamento de Fondos Mutuos de Inversion en Valores y sus Sociedades Administradoras y el numeral 100 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la SMV, aprobado por Resolucion de Superintendente Nº 091-2012-SMV/02; Que, Scotiabank del Peru S.A.A., en su calidad de MORDAZA de los fondos mutuos administrados por Fondos Sura SAF S.A.C., ha manifestado su conformidad respecto del MORDAZA de fusion; Que, de la evaluacion de la informacion y documentacion presentada por Fondos Sura SAF S.A.C. hasta el 13 de noviembre de 2013, se ha determinado que ha cumplido con los requisitos necesarios para llevar a cabo la fusion de los fondos mutuos Fondo de Fondos Sura Capital Estrategico II FMIV y Sura Balanceada FMIV, tal como se desarrolla en el Informe Nº 1005-2013-SMV/10.2; Que, el fondo mutuo Sura Balanceada FMIV sera absorbido y se extinguira tras la entrada en vigencia de la fusion, en consecuencia, su patrimonio, asi como los derechos y obligaciones, pasaran a formar parte del patrimonio del Fondo de Fondos Sura Capital Estrategico II FMIV. De igual forma, las cuotas de participacion del fondo Sura Balanceada FMIV dejaran de existir y, producto de la aplicacion de un factor de canje, se emitiran cuotas de la serie A del Fondo de Fondos Sura Capital Estrategico II FMIV; Que, teniendo en consideracion el parrafo precedente, se debera disponer la exclusion del fondo mutuo Sura Balanceada FMIV del Registro Publico del MORDAZA de Valores, a partir de la fecha de entrada en vigencia de la fusion; y, Estando a lo dispuesto por el articulo 1 inciso b del Texto Unico Concordado de la Ley Organica de la Superintendencia del MORDAZA de Valores, aprobado por Decreto Ley Nº 26126; el articulo 38, numeral 5, inciso vii; y el numeral 7 del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia del MORDAZA de Valores, aprobado por Decreto Supremo Nº 216-2011-EF; asi como el articulo 1 de las Normas Relativas a la Publicacion y Difusion de las Resoluciones Emitidas por los Organos Decisorios de la Superintendencia del MORDAZA de Valores, aprobado por Resolucion CONASEV Nº 073-2004-EF/94.10. RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar la fusion por absorcion del fondo mutuo Sura Balanceada FMIV por parte del fondo mutuo Fondo de Fondos Sura Capital Estrategico II FMIV. Articulo 2º.- Fondos Sura SAF S.A.C debera publicar en su pagina web o en un diario de circulacion nacional, en un plazo de 30 dias contados desde la notificacion de la presente resolucion, un aviso que contenga los aspectos mas relevantes de la fusion, la fecha de entrada en vigencia y la indicacion de que el participe del fondo mutuo Sura Balanceada FMIV tiene derecho a rescatar sus cuotas sin estar afecto a la aplicacion de la comision de rescate durante el periodo de quince (15) dias contados a partir del dia siguiente de realizada la referida publicacion. Articulo 3º.- Fondos Sura SAF S.A.C debera remitir a los participes del fondo mutuo Sura Balanceada FMIV una

Que, a traves del Informe Nº 534-2013-EIE-OGGRH/ MINSA, de fecha 27 de diciembre de 2013, el Director General (e) de la Oficina General de Gestion de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, emite opinion favorable respecto del pedido formulado por el Director General de Salud de las Personas del Ministerio de Salud, senalando que procede la designacion solicitada, por tratarse de un cargo calificado como de confianza; Con el visado del Director General (e) de la Oficina General de Gestion de Recursos Humanos, de la Directora General de la Oficina General de Asesoria Juridica y del Viceministro de Salud Publica y del Secretario General; y De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos; en la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, aprobado por Decreto Legislativo Nº 276; en el Reglamento de la MORDAZA Administrativa aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; en el numeral 8) del articulo 25° de la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo y en el Decreto Legislativo Nº 1161, que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dar por concluida la designacion del Medico Cirujano MORDAZA Arbel Bromley MORDAZA, en el cargo de Director Ejecutivo, Nivel F-4, de la Direccion de Salud Mental de la Direccion General de Salud de las Personas del Ministerio de Salud, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2.- Designar al Medico Cirujano MORDAZA MORDAZA Cutipe MORDAZA, en el cargo de Director Ejecutivo, Nivel F4, de la Direccion de Salud Mental de la Direccion General de Salud de las Personas del Ministerio de Salud Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DE HABICH MORDAZA Ministra de Salud 1039710-5

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS SUPERINTENDENCIA DEL MORDAZA DE VALORES
Autorizan la fusion por absorcion del fondo mutuo Sura Balanceada FMIV por parte del fondo mutuo Fondo de Fondos Sura Capital Estrategico II FMIV
RESOLUCION DE INTENDENCIA GENERAL DE SUPERVISION DE ENTIDADES Nº 140-2013-SMV/10.2 MORDAZA, 20 de noviembre de 2013 VISTOS: El Expediente Nº 2013028384 iniciado por Fondos Sura SAF S.A.C. y el Informe Nº 1005-2013-SMV/10.2 del 20 de noviembre de 2013; CONSIDERANDO: Que, el articulo 50 del Reglamento de Fondos Mutuos de Inversion en Valores y sus Sociedades Administradoras, aprobado por Resolucion Conasev Nº 068-2010-EF/94.1.1 y sus modificatorias, ha previsto los requisitos que debera

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