Norma Legal Oficial del día 20 de enero del año 2014 (20/01/2014)


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comunicacion que contenga la informacion detallada en el parrafo anterior, a mas tardar en la fecha en que se realice la referida publicacion. Articulo 4º.- Fondos Sura SAF S.A.C. debera informar como hecho de importancia la fecha de entrada en vigencia de la fusion de fondos mutuos senalados en el articulo 1 precedente. Articulo 5º.- Disponer la exclusion del fondo mutuo Sura Balanceada FMIV del Registro Publico del MORDAZA de Valores, en la fecha de la comunicacion a que hace referencia el articulo precedente. Articulo 6º.- La presente resolucion debera publicarse en el Diario Oficial El Peruano de forma previa a la entrada en vigencia de la fusion. Articulo 7º.- Disponer la difusion de la presente resolucion en el MORDAZA del MORDAZA de Valores de la Superintendencia del MORDAZA de Valores (www.smv.gob. pe). Articulo 8º.- Transcribir la presente resolucion a Fondos Sura SAF S.A.C. y a Scotiabank Peru S.A.A., en su condicion de custodio. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MANCO MANCO Intendente General Intendencia General de Supervision de Entidades 1018112-1

El Peruano Lunes 20 de enero de 2014

Disponen la exclusion de valores "Tercer Programa de Certificados de Deposito Negociables Crediscotia Financiera Primera Emision" del Registro Publico del MORDAZA de Valores
RESOLUCION DE INTENDENCIA GENERAL SMV Nº 003-2014-SMV/11.1 MORDAZA, 9 de enero de 2014 EL INTENDENTE GENERAL DE SUPERVISION DE CONDUCTAS VISTOS: El Expediente Nº 2013046294, asi como el Informe Interno Nº 009-2014-SMV/11.1 de fecha 09 de enero de 2014, de la Intendencia General de Supervision de Conductas de la Superintendencia Adjunta de Supervision de Conductas de Mercados; CONSIDERANDO: Que, el 30 de diciembre de 2013, Crediscotia Financiera S.A., solicito a la Superintendencia del MORDAZA de Valores ­ SMV y a la Bolsa de Valores de MORDAZA S.A., a traves del sistema de Ventanilla Unica la exclusion de los valores mobiliarios denominados "Tercer Programa de Certificados de Deposito Negociables Crediscotia Financiera - Primera Emision", del Registro Publico del MORDAZA de Valores de la Superintendencia del MORDAZA de Valores - SMV y del Registro de Valores de la Bolsa de Valores de MORDAZA, por haberse operado la redencion total de las obligaciones derivadas de los mismos; Que, de la revision efectuada a la solicitud a la que se refiere el considerando precedente, se ha verificado que con fecha 30 de junio de 2011, opero, de manera automatica, la aprobacion del tramite anticipado, y la inscripcion del "Tercer Programa de Certificados de Deposito Negociables Crediscotia Financiera", hasta por un monto MORDAZA en circulacion de S/. 300'000,000.00 (Trescientos Millones y 00/100 Nuevos Soles) o su equivalente en moneda extranjera y se registro el Prospecto MORDAZA correspondiente en el Registro Publico del MORDAZA de Valores; Que, en el MORDAZA del mencionado programa, el 30 de junio de 2011, opero la inscripcion de forma automatica de los valores denominados "Tercer Programa de Certificados

de Deposito Negociables Crediscotia Financiera - Primera Emision", hasta por un monto MORDAZA de circulacion de S/. 300'000,000.00 (Trescientos Millones y 00/100 Nuevos Soles) y se registro el Complemento del Prospecto MORDAZA correspondiente; Que, respecto de los valores senalados en el considerando precedente, se ha verificado la cancelacion total de las obligaciones que se derivan de ellos; Que, el articulo 37º, inciso b) , de la Ley del MORDAZA de Valores, Decreto Legislativo Nº 861 y sus normas modificatorias, y el articulo 23º, del Reglamento de Inscripcion y Exclusion de Valores Mobiliarios en el Registro Publico del MORDAZA de Valores y en la MORDAZA de Bolsa, aprobado por Resolucion SMV Nº 031-2012SMV/01 y sus normas modificatorias (en adelante, Reglamento), establecen que la exclusion de un valor del referido Registro tiene lugar por resolucion fundamentada de la SMV cuando opere la extincion de los derechos sobre el valor, por amortizacion, rescate total u otra causa. Que, de otro lado, el articulo 38º de la Ley del MORDAZA de Valores y el articulo 23º del Reglamento, disponen que la exclusion de un valor del Registro Publico del MORDAZA de Valores genera la obligacion de efectuar una oferta publica de compra; Que, no obstante lo senalado en el considerando precedente, la exclusion del Registro Publico del MORDAZA de Valores de los valores denominados "Tercer Programa de Certificados de Deposito Negociables Crediscotia Financiera - Primera Emision" a que se contrae la presente Resolucion, se encuentra dentro de la causal de excepcion para la realizacion de una Oferta Publica de Compra, contemplada en el articulo 23º del Reglamento y en el articulo 37º, inciso a), del Reglamento de Oferta Publica de Adquisicion y de Compra de Valores por Exclusion, aprobado por Resolucion CONASEV Nº 0092006-EF/94.10; Que, el articulo 2º, numeral 2, de las Normas Relativas a la Publicacion y Difusion de las Resoluciones Emitidas por los Organos Decisorios de la Superintendencia del MORDAZA de Valores, aprobadas Resolucion CONASEV Nº 073-2004-EF/94.10, establece que las resoluciones administrativas referidas a la inscripcion de los valores mobiliarios objeto de oferta publica, el registro de los prospectos informativos correspondientes y la exclusion de estos del Registro Publico del MORDAZA de Valores, deben ser difundidas a traves del Boletin de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA del MORDAZA de Valores de la Superintendencia del MORDAZA de Valores (www.smv.gob.pe); y, Estando a lo dispuesto por el articulo 37º, inciso b) de la Ley del MORDAZA de Valores, los articulos 20º y 23º del Reglamento de Inscripcion y Exclusion de Valores Mobiliarios en el Registro Publico del MORDAZA de Valores y en la MORDAZA de Bolsa, asi como por el articulo 46º, numeral 6, del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SMV, aprobado por Decreto Supremo Nº 216-2011EF, que faculta a la Intendencia General de Supervision de Conductas a disponer la exclusion de valores del Registro Publico del MORDAZA de Valores, RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la exclusion de los valores denominados "Tercer Programa de Certificados de Deposito Negociables Crediscotia Financiera - Primera Emision" del Registro Publico del MORDAZA de Valores a cargo de la Superintendencia del MORDAZA de Valores ­ SMV. Articulo 2º.- Disponer la exclusion de los valores senalados en el articulo anterior del Registro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima. Articulo 3º.- La presente Resolucion debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA del MORDAZA de Valores de la Superintendencia del MORDAZA de Valores (www.smv.gob.pe). Articulo 4º.- Transcribir la presente Resolucion a Crediscotia Financiera S.A., en su calidad de emisor, a Scotiabank Peru S.A.A., en su calidad de estructurador, a Scotia Sociedad Agente de Bolsa S.A. en su calidad de

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