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El Peruano Miércoles 22 de enero de 2014 514750 CONSIDERANDO: Que, mediante Ofi cio Nº 071 CCFFAA/DAAII/DOP del 13 de enero de 2014, el Comando Conjunto comunica que los días 23 y 29 de enero de 2014 se realizarán los vuelos de relevo de ida del personal integrante del XX Contingente Militar de la Compañía de Infantería Perú en la Misión de Estabilización de las Naciones Unidas en la República de Haití (MINUSTAH); Que, en el citado documento se solicita se brinde facilidades a la Doctora Mirtha Luz Tisza Ballenas, Inspectora General del Ministerio de Defensa, para que viaje a la ciudad de Puerto Príncipe, República de Haití, conjuntamente con el personal de relevo del Contingente antes mencionado, con la fi nalidad de verifi car la implementación de las recomendaciones efectuadas en su Informe Nº 007-2013/IG/K (R) del 22 de noviembre de 2013, luego de una acción de inspección a la Compañía de Infantería Perú. Asimismo, se ha coordinado para que el Comandante FAP Wilfredo Alberto Guzmán Quevedo, participe en la mencionada actividad; Que, la actividad tiene particular importancia en razón que permitirá conocer el trabajo que viene desarrollando la indicada Compañía, así como las medidas correctivas adoptadas y de ser el caso efectuar las recomendaciones que correspondan; en tal sentido, es necesario autorizar el viaje al exterior de la Doctora Mirtha Luz Tisza Ballenas, Inspectora General del Ministerio de Defensa y del Inspector Comandante FAP Wilfredo Alberto Guzmán Quevedo; Que, el traslado de ida y vuelta de la mencionada funcionaria y Ofi cial Superior autorizados en Comisión de Servicio a la ciudad de Puerto Príncipe, República de Haití, será en las aeronaves de la Fuerza Aérea del Perú, fl etadas por la Organización de las Naciones Unidas, para el despliegue y relevo del contingente peruano, no irrogando gasto al Tesoro Público por concepto de traslado, correspondiéndoles el pago de los viáticos según zona geográfi ca; Que, con el fi n de prever la participación del personal comisionado durante la totalidad del evento, es necesario autorizar su retorno un (1) día después de la citada actividad; Que, los gastos que ocasione la presente Comisión de Servicio, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional del Año Fiscal 2014 del Ministerio de Defensa, Unidad Ejecutora 001: Administración General, de conformidad con el artículo 13° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM del 05 de junio de 2002; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2002 PCM, del 05 de junio de 2002 y su modifi catoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM del 18 de mayo de 2013; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG- de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias; y el Decreto Supremo N° 024-2009-DE/SG del 19 de noviembre de 2009. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio de la Doctora Mirtha Luz TISZA BALLENAS, identifi cada con DNI Nº 07605117, Inspectora General del Ministerio de Defensa y del Inspector Comandante FAP Wilfredo Alberto GUZMÁN QUEVEDO, identifi cado con DNI Nº 07464657, para verifi car si la Compañía de Infantería Perú en la Misión de Estabilización de las Naciones Unidas en la República de Haití (MINUSTAH), implementó las recomendaciones efectuadas en el Informe Nº 007-2013/IG/K (R), a realizarse en la ciudad de Puerto Príncipe, República de Haití del 23 al 29 de enero de 2014, así como autorizar el retorno al país el 30 de enero de 2014. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Administración General, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo al detalle siguiente: Viáticos: US$ 430.00 x 2 personas x 7 días US$ 6,020.00 Total: US$ 6,020.00 Artículo 3º.- El personal comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los (15) días calendario a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dicho personal deberá cumplir con lo dispuesto en el artículo 6° del Decreto Supremo N° 047 – 2002-PCM, del 05 de junio de 2002, relacionado con la sustentación de viáticos. Artículo 4º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1°, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema, no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa y Encargado del Despacho de la Presidencia del Consejo de Ministros 1041015-3 Autorizan viaje de personal militar FAP a Haití, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA N° 015-2014-DE/ Lima, 21 de enero de 2014 Vistos, el Fax Nº 003 CCFFAA/DAAII/DOP/PER de fecha 03 de enero de 2014 del Secretario General del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, el Ofi cio NC-55-COE3-Nº 0048 de fecha 13 de enero de 2014 del Comandante de Operaciones de la Fuerza Aérea del Perú y la Papeleta de Trámite NC-9-SGFA-Nº 0104 de fecha 13 de enero de 2014 del Secretario General de la Fuerza Aérea del Perú. CONSIDERANDO: Que, la Fuerza Aérea del Perú cuenta con dos (02) aeronaves de alta performance Hércules L-100- 20 asignadas al Grupo Aéreo Nº 8 dentro de su fl ota de aeronaves de transporte, las cuales realizan vuelos en Operación Militar, vuelos en apoyo al Desarrollo Socio Económico y vuelos en apoyo al Sistema de Defensa Civil, así como vuelos a requerimiento de las más altas autoridades del Gobierno, todas en forma permanente, tanto en el ámbito interno como en el externo; Que, en cumplimiento de su misión el Grupo Aéreo Nº 8, recibió el Fax Nº 003 CCFFAA/DAAII/DOP/PER de fecha 03 de enero de 2014 del Secretario General del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, solicitando realizar dos (02) vuelos de apoyo para trasladar al personal del XX Contingente de la Compañía de Infantería Perú a la Misión de Estabilización de las Naciones Unidas en la República de Haití; Que, es necesario autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio, del Personal Militar FAP que conformarán las tripulaciones principales y alternas de la aeronave Hércules L-100-20 matrícula FAP 397, que trasladará al personal del XX Contingente de la Compañía de Infantería Perú a la Misión de Estabilización de las Naciones Unidas en la República de Haití, del 23 al 24 de enero de 2014 y del 29 al 30 de enero de 2014; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2014, de la Unidad Ejecutora Nº 005 – Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el