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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE JUNIO DEL AÑO 2014 (06/06/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 9

El Peruano Viernes 6 de junio de 2014 524679 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 167-2012- MIMP, se designó al señor Erick Daniel Monzón Castillo en el cargo de Jefe de la Ofi cina de Presupuesto e Inversiones de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables - MIMP; Que, el referido funcionario ha formulado renuncia al citado cargo, la que resulta pertinente aceptar, correspondiendo designar a la persona que lo reemplazará; Que mediante Resolución Suprema N° 003-2013-MIMP de fecha 24 de abril de 2013, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, considerándose la denominación del cargo como Director(a) II de la Ofi cina de Presupuesto e Inversiones de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP. De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594 – Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo Nº 1098 – Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; y, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2012-MIMP; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por el señor ERICK DANIEL MONZÓN CASTILLO al cargo de Jefe de la Ofi cina de Presupuesto e Inversiones de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables - MIMP, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar a la CPC. ROSA DE FÁTIMA DÍAZ DÍAZ en el cargo de Directora II de la Ofi cina de Presupuesto e Inversiones de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARMEN OMONTE DURAND Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 1093192-1 TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO Modifican anexos de la R.M. Nº 121- 2011-TR, que aprobó información de la Planilla Electrónica, tablas paramétricas, estructura de los archivos de importación, y dictan otras medidas RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 107-2014-TR Lima, 5 de junio de 2014 VISTOS: El Informe Nº 374-2014-MTPE/3/19.1/HEFCH/ CAGD y el Ofi cio Nº 362-2014-MTPE/3/19.1 de la Dirección de Formación Profesional y Capacitación Laboral, el Ofi cio Nº 520-2014-MTPE/3/19 de la Dirección General de Formación Profesional y Capacitación Laboral, el Informe Nº 078-2014-MTPE/4.13.2/LEGH de la Ofi cina de Tecnologías de la Información y Comunicaciones de la Ofi cina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones, el Informe Nº 21-2014-MTPE/2/14 de la Dirección General de Trabajo y el Informe Nº 626-2014- MTPE/4/8 de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con la Decimocuarta Política de Estado del Acuerdo Nacional referida al “Acceso al empleo pleno, digno y productivo”, el Estado garantizará el acceso a información sobre el mercado laboral que permita una mejor toma de decisiones y una orientación más pertinente sobre la oferta educativa; Que, de conformidad con el artículo 4 de la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, la información laboral y del mercado de trabajo es un área programática de acción del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, de conformidad con el artículo 5 de la referida ley, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo es el organismo rector en materia de trabajo y promoción del empleo y ejerce competencia exclusiva y excluyente respecto de otros niveles de gobierno en todo el territorio nacional en formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar las políticas nacionales y sectoriales, en diversas materias, entre ellas, la información laboral e información del mercado de trabajo; Que, el artículo 4 del Decreto Supremo Nº 018-2007- TR, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 015-2010- TR y el Decreto Supremo Nº 003-2012-TR, establece que el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, en coordinación con la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT), elaborará y aprobará mediante resolución ministerial la información de la Planilla Electrónica, las Tablas Paramétricas y la Estructura de los Archivos de Importación, así como los instrumentos que resulten necesarios para el uso de la Planilla Electrónica; Que, por Resolución Ministerial Nº 121–2011–TR y sus normas modifi catorias, se aprueba la información de la Planilla Electrónica, las tablas paramétricas, la estructura de los archivos de importación y otras medidas complementarias; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 081-2014- INEI del Instituto Nacional de Estadística e Informática, se aprueba el Clasifi cador de Carreras Profesionales de Educación Superior y Técnico Productivas (versión 1) y el Clasifi cador de Instituciones de Educación Superior y Técnico Productivas (versión 1); Que, a fi n de contar con información sobre la demanda de técnicos o profesionales en el mercado laboral que permita apreciar las posibilidades de empleo futuro de los jóvenes para adoptar una mejor decisión en base a la oferta educativa, resulta pertinente la incorporación en la Planilla Electrónica de nuevos datos, como el nombre de la carrera o especialidad seguida por el trabajador, la institución educativa donde la cursó y el año de egreso de la misma, de acuerdo con los clasifi cadores aprobados por el Instituto Nacional de Estadística e Informática; Que, en base a las consideraciones expuestas, es necesario emitir la resolución ministerial que modifi que la información de la Planilla Electrónica aprobada por Resolución Ministerial Nº 121-2011-TR y sus normas modifi catorias; Que, mediante Informe Nº 626-2014-MTPE/4/8 la Ofi cina General de Asesoría Jurídica manifi esta su conformidad al proyecto de resolución ministerial y recomienda continuar con el trámite correspondiente para su aprobación; Con las visaciones del Viceministerio de Trabajo, del Viceministerio de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, de la Dirección General de Trabajo, de la Dirección General de Formación Profesional y Capacitación Laboral, de la Ofi cina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en el numeral 8) del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el artículo 11 de la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; el literal d) del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2014-TR y el artículo 4 del Decreto Supremo Nº 018-2007-TR, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 015-2010-TR y el Decreto Supremo Nº 003-2012-TR; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modifi cación de la información de la Planilla Electrónica Modifíquense los anexos aprobados por el artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 121-2011-TR y sus normas modifi catorias, de la siguiente manera: