Norma Legal Oficial del día 07 de junio del año 2014 (07/06/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano Sabado 7 de junio de 2014

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Resolucion Ministerial del Ministerio de Educacion. Esta propuesta debera presentarse en un plazo no mayor de veinte (20) dias habiles posteriores a la instalacion de la referida Comision. Dicho Reglamento Interno incluira disposiciones para el correcto desarrollo y la organizacion de la presente Comision Multisectorial, asi como sobre la conformacion y demas disposiciones referidas a los Grupos de Trabajo mencionados en el articulo precedente. Articulo 9.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Educacion, la Ministra de Salud y la Ministra de Desarrollo e Inclusion Social. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los seis dias del mes de junio del ano dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA CHANDUVI Ministro de Educacion MORDAZA DE HABICH MORDAZA Ministra de Salud MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de Desarrollo e Inclusion Social 1093956-1

Los miembros de la Comision Multisectorial ejercen su cargo ad honorem. La presente Comision Multisectorial no irrogara gastos adicionales al Tesoro Publico. Articulo 3.- De la Secretaria Tecnica La Direccion General de Desarrollo de las Instituciones Educativas del Ministerio de Educacion actuara en calidad de Secretaria Tecnica de la presente Comision Multisectorial. Articulo 4.- De la designacion de representantes Los titulares de los sectores que conforman la presente Comision Multisectorial designaran a sus representantes titular y alterno, mediante resolucion ministerial, dentro del plazo de cinco (5) dias habiles contados a partir del dia siguiente de la publicacion del presente Decreto Supremo. Articulo 5.- De la instalacion de la Comision Multisectorial La Comision Multisectorial se instalara dentro del plazo de diez (10) dias habiles contados desde el dia siguiente de la publicacion del presente Decreto Supremo. Articulo 6.- De las funciones de la Comision Multisectorial La presente Comision Multisectorial tendra las siguientes funciones: a) Proponer iniciativas a las entidades competentes, para mejorar el estado de salud y alimentacion de las y los estudiantes de instituciones educativas publicas de Educacion Basica Regular y Especial con enfasis en las del ambito del Programa Nacional de Alimentacion Escolar Qali Warma, y fortalecer las practicas saludables de la comunidad educativa con enfoque de gestion integral de riesgos; optimizar las condiciones del entorno de las instituciones educativas publicas en que se desenvuelven las y los estudiantes; y mejorar el acceso a servicios educativos de calidad que favorezcan la conclusion de la educacion basica. b) Proponer orientaciones tecnicas y/o metodologicas que coadyuven a la optimizacion de la organizacion basica y contenidos pedagogicos que deban desarrollar las instituciones educativas publicas. c) Proponer herramientas y/o sistemas interconectados para garantizar el acceso y disponibilidad de la informacion sobre las instituciones educativas y las y los estudiantes, relativas a atenciones de salud y asistencia escolar, entre otros, en la oportunidad y con la calidad suficiente para la adecuada toma de decisiones. d) Identificar ejes de accion prioritarios y oportunidades de alianzas con sectores estrategicos para la consecucion del objeto de la Comision Multisectorial. e) Proponer estrategias de comunicacion externa e interna, dirigidas a la comunidad educativa y de salud, asi como al personal de los sectores Educacion, Salud y Desarrollo e Inclusion Social, a fin de asegurar su involucramiento en las acciones a desarrollar. f) Proponer a las entidades competentes la implementacion de las propuestas e iniciativas identificadas, de manera articulada y coordinada. g) Efectuar el seguimiento y evaluacion de la implementacion de las propuestas e iniciativas identificadas, con el fin de contar con los mecanismos e instrumentos necesarios para alcanzar el objeto de la Comision, asi como proponer los ajustes que se consideren necesarios. Articulo 7- Del apoyo de organos y dependencias y Grupos de Trabajo La Comision Multisectorial contara con el apoyo que considere necesario de los organos, unidades organicas y dependencias del Ministerio de Educacion, del Ministerio de Salud y del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, para el mejor cumplimiento de sus funciones. Por acuerdo de los integrantes de la presente Comision Multisectorial, se podra proponer la creacion de Grupos de Trabajo para atender temas de interes o necesidad relacionados con su objeto. Articulo 8.- Del Reglamento Interno El Reglamento Interno de la presente Comision Multisectorial sera aprobado, a propuesta de esta, por

Autorizan viaje del Ministro del Interior a Panama y encargan su Despacho al Ministro de Justicia y Derechos Humanos
RESOLUCION SUPREMA Nº 181-2014-PCM MORDAZA, 6 de junio de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Nota Nº DMSP-153-2014, de fecha 30 de MORDAZA de 2014, el senor Ministro del Ministerio de Seguridad Publica de la Republica de Panama, MORDAZA MORDAZA Mulino, cursa al senor Ministro del Interior de la Republica del Peru, Doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, una invitacion oficial para que visite Panama, con el objeto de estrechar lazos entre MORDAZA naciones y conocer los avances que han logrado en temas como el de la "Seguridad Ciudadana", la "Lucha contra el narcotrafico", temas de interes comun entre ambos paises; Que, el Ministerio del Interior dentro del ambito de su competencia tiene, entre otras funciones, garantizar, mantener y restablecer el orden interno y el orden publico; producir, coordinar y centralizar inteligencia estrategica y tactica relacionada al orden interno, seguridad publica, seguridad ciudadana, crimen organizado y nuevas amenazas transnacionales, asi como articular y coordinar la politica nacional de seguridad ciudadana entre el Gobierno Nacional y los Gobiernos Sub nacionales; Que, es necesario autorizar el precitado viaje y encargar el Despacho del Ministerio del Interior, en tanto dure la ausencia de su titular; Que, el articulo 2 del Decreto Supremo N° 0472002-PCM, modificado por el Decreto Supremo N° 0562013-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, establece que la resolucion de autorizacion de viajes al exterior de la Republica estrictamente necesarios, sera debidamente sustentada en el interes nacional o en el interes especifico de la institucion y debera indicar expresamente el motivo del viaje, el numero de dias de duracion del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viaticos y el impuesto por tarifa unica de uso de aeropuerto;

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