Norma Legal Oficial del día 08 de marzo del año 2014 (08/03/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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El Peruano Sabado 8 de marzo de 2014

PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Decreto Supremo que declara el Estado de Emergencia en el distrito de Codo del Pozuzo, de la provincia de Puerto MORDAZA, del departamento de MORDAZA
DECRETO SUPREMO N° 018-2014-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, con fecha 28 de febrero de 2014, a consecuencia de las intensas precipitaciones pluviales, se registraron huaycos y desborde de los MORDAZA Huampal y Pozuzo, afectando viviendas y vias de comunicacion en la localidad de Codo del Pozuzo y Chorropampa, del distrito de Codo del Pozuzo, de la provincia de Puerto MORDAZA, en el departamento de Huanuco; Que, el Gobierno Regional de MORDAZA, mediante Oficio Nº 182-2014-GRH/PR de fecha 04 de marzo de 2014, sustentado en el Informe N° 047-2014-GRH/PR-ODCySC de fecha 04 de marzo de 2014, en el Oficio Nº 161-2014-MPPI/ ALC, y en la Evaluacion de Danos y Analisis de Necesidades autorizado por la Alcaldesa de la Municipalidad Provincial de Puerto MORDAZA, ha solicitado la Declaratoria de Estado de Emergencia del distrito de Codo del Pozuzo; Que, la Direccion de Respuesta del Instituto Nacional de Defensa Civil ­INDECI, con el Informe Tecnico Nº 000092014-INDECI/11.0 de fecha 05 de marzo de 2014, teniendo en consideracion lo solicitado por el Gobierno Regional de MORDAZA, asi como el reporte de Aviso Meteorologico del SENAMHI, Boletin INDECI Nº 013 de fecha 03 de marzo de 2014, y los informes mencionados en el considerando anterior, informa que el Gobierno Regional de MORDAZA cuenta con capacidad limitada para afrontar la magnitud de la emergencia suscitada en el distrito de Codo del Pozuzo, provincia de Puerto MORDAZA, departamento de MORDAZA, a consecuencia de los danos ocasionados por las intensas precipitaciones pluviales, y que ha afectado vias de comunicacion, hectareas de cultivo, danos en infraestructura; lo cual demanda la intervencion del Gobierno Nacional, a traves de la participacion de los Ministerios competentes; al haberse rebasado la capacidad de respuesta del precitado Gobierno Regional; Que, se precisa la necesidad de restablecer la transitabilidad de las vias de comunicacion de primer orden y las secundarias que han sido afectadas por el desborde de los MORDAZA y deslizamientos que ha ocasionado el corte de varios tramos por el cual algunas poblaciones han quedad aisladas, dificultando el acceso para el envio de ayuda humanitaria, afectandose el comercio de entrada y salida de los productos alimenticios, originandose escasez y aumento de los precios lo cual perjudica a las poblaciones del distrito de Codo del Pozuzo; emitiendose opinion favorable para que se recomiende aprobar la Declaratoria de Estado de Emergencia del distrito de Codo del Pozuzo, provincia de Puerto MORDAZA, departamento de Huanuco; Que, la magnitud de la situacion descrita demanda la adopcion de medidas de excepcion inmediatas y necesarias que permitan, al Gobierno Regional de MORDAZA, la Municipalidad Provincial de Puerto MORDAZA y del distrito de Codo del Pozuzo, segun corresponda, con la coordinacion del Instituto Nacional de Defensa Civil INDECI, y la participacion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el Ministerio de Agricultura y de Riego, el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, el Ministerio de Educacion, el Ministerio de Defensa, el Ministerio de Salud y demas instituciones publicas y privadas involucradas, en cuanto les corresponda, para la ejecucion de acciones inmediatas y necesarias destinadas a la respuesta y rehabilitacion de las zonas afectadas; De conformidad con el inciso 1 del articulo 137 de la Constitucion Politica del Peru, con la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, asi como con el articulo 68 del Reglamento de la Ley Nº 29664, Ley que crea el

Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres, aprobado por Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM que regula el procedimiento de la Declaratoria de Estado de Emergencia; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros, y con cargo a dar cuenta al Congreso de la Republica; DECRETA: Articulo 1.- Declaratoria de Estado de Emergencia Declarese el Estado de Emergencia, por el plazo de sesenta (60) dias calendario, en el distrito de Codo del Pozuzo, de la provincia de Puerto MORDAZA, del departamento de MORDAZA, por danos generados por las intensas precipitaciones pluviales, huaycos y desborde de los MORDAZA Huampal y Pozuzo, para la ejecucion de medidas de excepcion inmediatas y necesarias de respuesta y rehabilitacion en las zonas afectadas. Articulo 2.- Acciones a ejecutar El Gobierno Regional de MORDAZA, la Municipalidad Provincial de Puerto MORDAZA y el distrito de Codo del Pozuzo, con la coordinacion del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, y la participacion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el Ministerio de Agricultura y de Riego, el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, el Ministerio de Educacion, el Ministerio de Defensa, el Ministerio de Salud, y demas instituciones publicas y privadas involucradas dentro de sus competencias, ejecutaran medidas de excepcion inmediatas y necesarias de respuesta y rehabilitacion en las zonas afectadas; acciones que pueden ser modificadas de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecucion, sustentadas en los estudios tecnicos de las entidades competentes. Articulo 3.Responsabilidad de las coordinaciones El Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, sera responsable de realizar las coordinaciones necesarias con el Gobierno Regional de MORDAZA, la Municipalidad Provincial de Puerto MORDAZA y el distrito de Codo del Pozuzo, los Sectores, instituciones y organismos del Gobierno Nacional que deben ejecutar las acciones de respuesta y rehabilitacion, segun corresponda; con la finalidad de que estas se inicien y se cumplan dentro del plazo de vigencia de la Declaratoria de Estado de Emergencia, debiendo mantener informada a la Secretaria de Gestion del Riesgo de Desastres de la Presidencia del Consejo de Ministros del avance de las mismas. Articulo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, por el Ministro de Transportes y Comunicaciones, el Ministro de Agricultura y Riego, el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento, el Ministro de Educacion, el Ministro de Defensa, y la Ministra de Salud. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los siete dias del mes de marzo del ano dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura y Riego MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa MORDAZA MORDAZA CHANDUVI Ministro de Educacion MORDAZA DE HABICH MORDAZA Ministra de Salud MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones MORDAZA VON HESSE LA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 1059138-1

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