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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE MARZO DEL AÑO 2014 (08/03/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 12

El Peruano Sábado 8 de marzo de 2014 518434 Comandante FAP LUIS ALBERTO HUISA CORNEJO Piloto NSA: O-9582190 DNI: 43345549 Técnico Inspector FAP JULIO ANTONIO QUICAÑA CONTRERAS Mecánico NSA: S-60551687 DNI: 06282743 Técnico de 1ra. FAP EDGAR ALEJANDRO MARALLANO RAMOS Mecánico NSA: S-60642391 DNI: 20992601 Empleada Civil FAP JULIA GLADYS ORTEGA LYAUTEY Hostess NSA: C-7798480 DNI: 08729081 Empleada Civil FAP FIORELLA GUILIANA OLIVA BOSLEMAN Hostess NSA: C-71347807 DNI: 44934122 Empleada Civil FAP IVANNA TUESTA SANONI Hostess NSA: C-71361308 DNI: 42046732 Empleado Civil FAP CESAR ADOLFO BANCES DAVILA Purser NSA: C-71512713 DNI: 40091107 TRIPULACIÓN ALTERNA Coronel FAP RICARDO ABSALON GUERRA DIAZ Piloto NSA: O-9536186 DNI: 02836901 Coronel FAP JUAN CARLOS JULIAN PEDEMONTE GARCIA Piloto NSA: O-9539886 DNI: 02840132 Comandante FAP EDWIN LUIS FERNANDEZ GARCIA Piloto NSA: O-9599391 DNI: 43334735 Técnico Inspector FAP MIGUEL SEGUNDO ORDINOLA ORDINOLA Mecánico NSA: S-60315081 DNI: 32770790 Técnico Inspector FAP JOSE ANTONIO BARDALES MATTA Mecánico NSA: S-60531187 DNI: 06723835 Empleada Civil FAP ROSA LIZ GONZALES RUIZ Hostess NSA: C-70941901 DNI: 06624283 Empleada Civil FAP CLAUDIA MARCELA ORTEGA FIGUEROA Hostess NSA: C-71347907 DNI: 45555238 Empleada Civil FAP JESSICA LORENA LORA CASTRO Hostess NSA: C-78121812 DNI: 45591059 Artículo 2º.- La participación de la Tripulación Alterna queda supeditada solamente a la imposibilidad de participación por parte de la Tripulación Principal. Artículo 3º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará el pago que corresponda, con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2014, de acuerdo al concepto siguiente: Viáticos: US $ 370.00 x 02 días x 10 personas = US$ 7,400.00 TOTAL = US$ 7,400.00 Artículo 4º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Artículo 5º.- El personal comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuará la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modifi catoria. Artículo 6º.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 7º.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República RENÉ CORNEJO DÍAZ Presidente del Consejo de Ministros PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 1059138-9 Autorizan viaje de personal del Ejército del Perú a Bolivia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 102-2014-DE/ Lima, 7 de marzo de 2014 VISTA: La Nota Verbal del 7 de marzo de 2014, del Ministerio de Relaciones Exteriores del Estado Plurinacional de Bolivia. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema N° 071-2014- DE/ del 17 de febrero de 2014, se autorizó el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Teniente Coronel EP Fernando Javier URIBE MUÑANTE, del Capitán EP Marco Antonio AGUIRRE RIVERA y del Técnico 2º EP Orlando Agustín GARCÍA DELGADO, que conformaron la tripulación del Helicóptero EP Nº 654, para la participación en las actividades de apoyo militar humanitario en el territorio nacional del Estado Plurinacional de Bolivia, del 18 al 27 de febrero de 2014; Que, asimismo, mediante Resolución Suprema N° 083-2014-DE/ del 26 de febrero de 2014, se autorizó la ampliación de permanencia en el exterior en Comisión de Servicio del Teniente Coronel EP Fernando Javier URIBE MUÑANTE, del Capitán EP Marco Antonio AGUIRRE RIVERA y del Técnico 2a EP Orlando Agustín GARCÍA DELGADO, que conformaron la tripulación del Helicóptero EP Nº 654, que continuaron participando en las actividades de apoyo militar humanitario a la población afectada en el territorio nacional del Estado Plurinacional de Bolivia, del 28 de febrero al 09 de marzo de 2014; Que, bajo ese contexto, mediante el documento de visto, dirigido a nuestra representación diplomática en ese país, el Ministerio de Relaciones Exteriores del Estado Plurinacional de Bolivia, solicita se mantenga el apoyo que el Gobierno Peruano viene otorgando, considerando que la situación de emergencia sigue persistiendo en la región norte de dicho país; Que, en el marco de los principios de asistencia y ayuda mutua entre la República del Perú y el Estado Plurinacional de Bolivia, el Gobierno Peruano ha dispuesto continuar con el apoyo militar humanitario para las tareas de rescate y traslado de ayuda a las zonas afectadas de la región amazónica del país hermano antes señalado; Que, los Ministerios de Relaciones Exteriores y de Defensa del Perú han efectuado las coordinaciones respectivas para identifi car los requerimientos existentes; Que, el Ministerio de Defensa - Ejército del Perú dispone de los recursos humanos y materiales para proporcionar parte de la ayuda solicitada por el Gobierno del Estado Plurinacional de Bolivia; Que, el personal militar comisionado para atender las actividades de apoyo, será trasladado en una aeronave del Ejército del Perú, tanto en la ida como en el retorno; Que, los gastos que ocasione la presente Comisión de Servicio, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Defensa - Unidad Ejecutora 001: Administración General, correspondiente al Año Fiscal 2014, de conformidad con el artículo 13° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM de 05 de junio de 2002; Que, de conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134 – que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; Ley Nº 30114 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; Ley 27619 – Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y su reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM del 05 de junio del 2002, Decreto Supremo Nº 002-2004- DE/SG, del 26 de enero del 2004 y sus modifi catorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal Militar y Civil del Sector Defensa; y Decreto Supremo Nº 024- 2009-DE/SG del 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicará en distintos órganos del Ministerio; y, Estando a lo propuesto por el General de Ejército Comandante General del Ejército y, a lo acordado con el señor Ministro de Defensa. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar la participación del Helicóptero EP N° 654 del Ejército del Perú, en las actividades de apoyo militar humanitario a la población afectada en el territorio nacional del Estado Plurinacional de Bolivia, en el periodo comprendido entre el 11 al 17 de marzo de 2014. Artículo 2º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Teniente Coronel EP Fernando Javier