Norma Legal Oficial del día 08 de marzo del año 2014 (08/03/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano Sabado 8 de marzo de 2014

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MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por la MORDAZA de MORDAZA del Peru; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modificada por la Ley Nº 28899; SE RESUELVE:

asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por la Direccion General de Relaciones Internacionales de este Ministerio; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modificada por la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica, sin MORDAZA de MORDAZA, al personal militar de los Estados Unidos de MORDAZA detallado a continuacion, del 8 al 11 de marzo de 2014, a fin de realizar reuniones con funcionarios del Gobierno peruano para obtener una apreciacion de asuntos nacionales y regionales de mutuo interes.
1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 9. 10. 11. 12. 13. 14. 15. Capitan de Navio Comandante MORDAZA MORDAZA Comandante Comandante Comandante Comandante Comandante Comandante MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA T. CARNEY MORDAZA R. SIARY MORDAZA G. MORDAZA MORDAZA S. GREENROAD MORDAZA E. FITERRE MORDAZA M. LOGEMAN MORDAZA E. PENDLETON MORDAZA H. PHILLIPS MORDAZA L. VEIT MORDAZA E. WOOD MORDAZA L. MATHEWS MORDAZA R. MORROW MORDAZA E. ROOMS MORDAZA C. TRIMBLE MORDAZA W. SIEKMAN

Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica, sin MORDAZA de MORDAZA, al MORDAZA Primero Christie JOYA de los Estados Unidos de MORDAZA, del 11 de MORDAZA al 09 de MORDAZA de 2014, a fin que participe en un entrenamiento en el Centro de Investigacion de Enfermedades Tropicales (NAMRU-6). Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5º de la Ley Nº 27856, modificada por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa 1059137-2

Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5º de la Ley Nº 27856, modificada por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa 1059137-1 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 165-2014-DE/SG MORDAZA, 7 de marzo de 2014 CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DSD) Nº 106 del 14 de febrero de 2014, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de MORDAZA, sin MORDAZA de guerra; Que, con Oficio G. 500- 0743 del 24 de febrero de 2014, el Secretario del Comandante General de la MORDAZA por encargo del Comandante General de la MORDAZA, emite opinion favorable para el ingreso al MORDAZA del personal militar de los Estados Unidos de America; Que, el referido personal militar ingresara a territorio de la Republica, del 11 de MORDAZA al 9 de MORDAZA de 2014, a fin de participar en un entrenamiento en el Centro de Investigacion de Enfermedades Tropicales (NAMRU-6); Que, el articulo 5º de la Ley Nº 27856, Ley de Requisitos para la Autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica, modificado por el articulo unico de la Ley Nº 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin

Disponen facilidades para el ingreso al territorio maritimo nacional de buque de la Armada de MORDAZA, para que remueva boya DART de su actual localizacion en aguas jurisdiccionales peruanas, para su posterior reposicionamiento
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 166-2014-DE/SG MORDAZA, 7 de marzo de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante la Declaracion Conjunta de los Ministros de Relaciones Exteriores y de Defensa del Peru y de MORDAZA, suscrita en el MORDAZA de la Reunion Extraordinaria del Comite Permanente de Consulta y Coordinacion Politica (2 + 2) llevada a cabo en MORDAZA de MORDAZA, el 6 de febrero de 2014, se determinaron acciones a ser realizadas en el MORDAZA de la ejecucion del fallo de la Corte Internacional de Justicia, del 27 de enero de 2014, sobre delimitacion maritima entre ambos paises; Que, de conformidad con el punto 6 de la citada Declaracion Conjunta, una de las acciones previstas en la ejecucion del fallo es la remocion y reposicionamiento de una boya DART -para alerta temprana de maremotos o tsunamis- instalada por MORDAZA anos atras en una ubicacion situada en el area reconocida bajo los derechos soberanos y jurisdiccion del Peru; Que, con tal objeto, se requiere que el buque AGS Cabo de Hornos de la Armada de MORDAZA (unidad MORDAZA de investigacion oceanografica no artillada con tripulacion desprovista de MORDAZA de guerra), acompanado por la patrullera oceanica nacional Guardiamarina San MORDAZA, remueva la boya DART de su actual localizacion en aguas jurisdiccionales peruanas, para su posterior reposicionamiento; Que, en ese sentido, resulta necesario disponer las facilidades para el ingreso del buque oceanografico

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