Norma Legal Oficial del día 10 de marzo del año 2014 (10/03/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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Programa de Bonos Corporativos Scotiabank Peru ­ Octava Emision", hasta por un monto de S/. 300´000,000.00 (Trescientos Millones y 00/100 Nuevos Soles), asi como el registro del complemento del prospecto MORDAZA en el Registro Publico del MORDAZA de Valores y su inscripcion secundaria en el Registro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima; Que, el Directorio de Scotiabank Peru S.A.A., en sesion del 24 de agosto de 2010, aprobo el "Segundo Programa de Bonos Corporativos Scotiabank Peru" hasta por un monto MORDAZA en circulacion ascendente a US$ 300´000,000.00 (Trescientos Millones y 00/100 Dolares de los Estados Unidos de America) o su equivalente en moneda nacional, y designo a los funcionarios de la empresa encargados de determinar los demas terminos, caracteristicas y condiciones del programa y sus respectivas emisiones, asi como su inscripcion en el Registro Publico del MORDAZA de Valores; Que, mediante Resolucion Directoral de Emisores Nº 0342011-EF/94.06.3 del 19 de MORDAZA de 2011, la Superintendencia del MORDAZA de Valores ­ SMV, aprobo el tramite anticipado e inscribio el "Segundo Programa de Bonos Corporativos Scotiabank Peru" hasta por un monto MORDAZA en circulacion de US$ 300´000,000.00 (Trescientos Millones y 00/100 Dolares de los Estados Unidos de America) o su equivalente en moneda nacional, y dispuso el registro del Prospecto MORDAZA correspondiente en el Registro Publico del MORDAZA de Valores. El programa MORDAZA indicado cuenta con la opinion favorable previa de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, otorgada mediante Resolucion SBS Nº 933-2011 del 24 de enero de 2011; Que, mediante Resolucion de Intendencia General SMV Nº 015-2014-SMV/11.1 del 06 de febrero de 2014, la Superintendencia del MORDAZA de Valores ­ SMV, dispuso el registro de la variacion fundamental del Prospecto MORDAZA correspondiente al "Segundo Programa de Bonos Corporativos Scotiabank Peru", referida a la modificacion del plazo de vigencia de la inscripcion de dicho programa, por seis (6) anos contados a partir de su inscripcion; Que, se ha verificado que Scotiabank Peru S.A.A. ha cumplido con presentar toda la informacion y documentacion requerida por la Ley del MORDAZA de Valores, Decreto Legislativo Nº 861 y sus normas modificatorias, y el Reglamento de Oferta Publica Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios, aprobado mediante Resolucion CONASEV Nº 141-1998-EF/94.10 y sus normas modificatorias y complementarias; Que, asimismo se ha verificado que a la fecha, Scotiabank Peru S.A.A. no posee la condicion de Entidad Calificada; Que, el articulo 2, numeral 2, de las Normas Relativas a la Publicacion y Difusion de las Resoluciones Emitidas por los Organos Decisorios de la Superintendencia del MORDAZA de Valores, aprobadas por Resolucion CONASEV Nº 073-2004EF-94.10, establece que las resoluciones administrativas referidas a la inscripcion de los valores mobiliarios objeto de oferta publica y el registro de los prospectos informativos correspondientes en el Registro Publico del MORDAZA de Valores deben ser difundidas a traves del Boletin de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA del MORDAZA de Valores de la Superintendencia del MORDAZA de Valores (www.smv.gob.pe); y, Estando a lo dispuesto por los articulos 53 y siguientes de la Ley del MORDAZA de Valores, asi como el articulo 46, numeral 6, del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia del MORDAZA de Valores, aprobado por Decreto Supremo Nº 216-2011-EF, que faculta a la Intendencia General de Supervision de Conductas a disponer la inscripcion de valores mobiliarios en el Registro Publico del MORDAZA de Valores. RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la inscripcion de los valores denominados "Segundo Programa de Bonos Corporativos Scotiabank Peru ­ Octava Emision" hasta por un monto de S/. 300´000,000.00 (Trescientos Millones y 00/100 Nuevos Soles), y disponer el registro del complemento del prospecto MORDAZA correspondiente en el Registro Publico del MORDAZA de Valores. Articulo 2º.- Disponer la inscripcion de los valores a que se refiere el articulo 1 de la presente Resolucion en el Registro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima. Articulo 3º.- La oferta publica de los valores a que se refiere el articulo precedente debera efectuarse con sujecion a lo dispuesto por el articulo 25º del Reglamento de Oferta Publica Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios, aprobado mediante Resolucion CONASEV Nº 141-1998-EF/94.10 y sus normas modificatorias y complementarias, y por el

El Peruano Lunes 10 de marzo de 2014

articulo 29º de dicho Reglamento, de ser el caso. Asimismo, se debera cumplir con presentar a la Superintendencia del MORDAZA de Valores la documentacion e informacion a que se refieren los articulos 23º y 24º del mencionado Reglamento. La colocacion de los valores se podra efectuar en un plazo improrrogable que no excedera de tres (3) anos contados a partir de la fecha de su inscripcion en el Registro Publico del MORDAZA de Valores, siempre y cuando el plazo del programa y del tramite anticipado no MORDAZA culminado. Articulo 4º.- La inscripcion y el registro al que se refieren los articulos precedentes no implican que la Superintendencia del MORDAZA de Valores recomiende la inversion en los valores u opine favorablemente sobre las perspectivas del negocio. Los documentos e informacion para una evaluacion complementaria estan a disposicion de los interesados en el Registro Publico del MORDAZA de Valores. Articulo 5º.- La presente Resolucion debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA del MORDAZA de Valores de la Superintendencia del MORDAZA de Valores (www.smv.gob.pe). Articulo 6º.- Transcribir la presente Resolucion a Scotiabank Peru S.A.A., en su calidad de emisor y agente estructurador; al Banco de Credito del Peru, en su calidad de Representante de los Obligacionistas; a Scotia Sociedad Agente de Bolsa S.A., en su calidad de agente colocador; a CAVALI S.A. ICLV; y, a la Bolsa de Valores de MORDAZA S.A. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA Intendente General Intendencia General de Supervision de Conductas

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GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO
Reconocen a oficial EP asignacion como Director de la IEPM Colegio Militar MORDAZA MORDAZA
RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL Nº 000086
Callao, 20 de febrero de 2014 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO VISTO: El Oficio Nº 008-IEPM "CMLP"-SG/2014, de la Direccion del Colegio Militar MORDAZA MORDAZA, y el Memorandum Nº 5207 DP-SJAO.1. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ejecutiva Regional Nº 000619 del 24 de Diciembre de 2013, se promulga el Presupuesto Institucional de Gastos correspondientes al Ano Fiscal 2014 del Pliego del Gobierno Regional del Callao, dentro del cual se encuentra comprendido el presupuesto de la Unidad Ejecutora 301 ­ Colegio Militar MORDAZA Prado; Que, mediante Oficio Nº 008-IEPM "CMLP"-SG/2014, se solicita se expida el acto administrativo que se reconozca la Asignacion al Crl. Inf. Cromwell Berlioz MORDAZA MORDAZA, como Director del Colegio Militar MORDAZA MORDAZA y se otorgue las facultades y atribuciones tecnico administrativas y de gestion presupuestaria, funciones no privativas del Titular del Gobierno Regional del Callao, para el ejercicio 2014; Que, el numeral 7.1 del Articulo 7 del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº28411 ­ Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece "7.1 El Titular de una Entidad es la mas Alta Autoridad Ejecutiva. En materia presupuestal es responsable, de manera solidaria, con el Consejo Regional o Consejo Municipal, el Directorio u Organismo Colegiado con que cuente la Entidad, segun sea el caso. Dicha autoridad puede delegar sus funciones en materia presupuestal cuando lo establezca expresamente la Ley General, las Leyes de Presupuesto

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