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El Peruano Lunes 10 de marzo de 2014 518575 del Sector Público o la norma de creación de la Entidad. El Titular es responsable solidario con el delegado”; Que, de acuerdo a la Ley Nº 28112 – Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, en su artículo 19 determina que “Los funcionarios de las entidades del sector público competentes para comprometer gastos deben observar, previo a la emisión del acto o disposición administrativa de gasto que la entidad cuente con la asignación presupuestaria correspondiente, caso contrario deviene en nulo de pleno derecho”; Que, consecuentemente la Ley Nº 30114 del Presupuesto Público para el Año Fiscal 2014, en la cual está considerada la IEPM Colegio Militar Leoncio Prado como Unidad Ejecutora 301 del Gobierno Regional del Callao; Que, estando a lo expuesto y de conformidad a las atribuciones otorgadas en la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Reconocer a partir del 1º de Enero de 2014 al Crl. Inf. Cromwell Berlioz Espinoza Sotomayor, su Asignación como Director de la IEPM Colegio Militar Leoncio Prado – Unidad Ejecutora 301 del Gobierno Regional del Callao, así como delegar las facultades y atribuciones técnico administrativas y de gestión presupuestaria, funciones no privativas del Titular del Gobierno Regional del Callao, para el ejercicio 2014 conforme en lo previsto en el numeral 7.1 del articulo 7 del texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411. Artículo 2º.- Corresponde al Órgano de Control Institucional del Gobierno Regional del Callao y al Órgano de Control Institucional de la IEPM Colegio Militar Leoncio Prado – Unidad Ejecutora 301 garantizar la observancia de las formalidades aplicable a cada caso. Artículo 3º.- Encargar a la Ofi cina de Trámite Documentario y Archivo, notifi car la presente Resolución a la Dirección Nacional de Presupuesto del MEF, Contraloría General de la República y su publicación en el Diario Ofi cial el Peruano. Regístrese y comuníquese. FELIX MORENO CABALLERO Presidente 1058929-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Declaran desfavorable petición de cambio de zonificación en el distrito de Chaclacayo ORDENANZA Nº 1779 LA ALCALDESA METROPOLITANA DE LIMA; POR CUANTO EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA; Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 4 de marzo de 2014 el Dictamen Nº 13-2014-MML-CMDUVN de la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura; Aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE DECLARA DESFAVORABLE LA PETICIÓN DE CAMBIO DE ZONIFICACIÓN EN EL DISTRITO DE CHACLACAYO Artículo Primero.- Declarar desfavorable la petición de cambio de zonifi cación formulada por doña Jessie del Pilar Judith Malpartida Boero, con Expediente Nº 220880-2013, manteniendo la vigencia del plano de zonifi cación de los usos del suelo correspondiente al distrito de Chaclacayo, aprobado por Ordenanza Nº 1099-MML, publicada el 12 de diciembre del 2012 y sus modifi catorias. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Metropolitana de Lima, cumpla con comunicar al propietario del predio indicado en el Artículo Primero, lo dispuesto por la presente Ordenanza. POR TANTO Mando se registre, publique y cumpla. Lima, a los 4 de marzo de 2014 SUSANA VILLARAN DE LA PUENTE Alcaldesa 1058984-1 Modifican Plano de Zonificación del distrito de San Miguel aprobado por Ordenanza Nº 1098-MML ORDENANZA Nº 1780 LA ALCALDESA METROPOLITANA DE LIMA; POR CUANTO EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA; Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 4 de marzo de 2014 el Dictamen Nº 14-2014-MML-CMDUVN de la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura; Aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL PLANO DE ZONIFICACIÓN DEL DISTRITO DE SAN MIGUEL APROBADO POR ORDENANZA Nº 1098-MML Artículo Primero.- Modifi car el Plano de Zonifi cación del Distrito de San Miguel, Provincia y Departamento de Lima, aprobado mediante Ordenanza Nº 1098-MML publicada en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 12 de diciembre de 2007, tal como se detalla a continuación: 1.1 De Residencial de Densidad Media (RDM) a Residencial de Densidad Alta (RDA) para el predio ubicado en la Av. La Paz, cuadra 16, esquina con la Calle Lima Nº 237, Urbanización Miramar Mz 16, haciendo extensiva dicha califi cación a todo el frente de la manzana. 1.2 De Residencial de Densidad Media (RDM) a Residencial de Densidad Alta (RDA) para el predio ubicado en la Av. La Paz, parte del Lote Nº 7 de la Mz. B, Urbanización Miramar; haciendo extensiva dicha califi cación al predio colindante que se encuentra ubicado en la esquina con la Calle Miramar. 1.3 De Comercio Vecinal (CV) a Residencial de Densidad Alta (RDA), para el predio ubicado en Lote 19 Mz. F frente al Jr. Mariano Valdarrago, Urbanización Maranga, 7ma. Etapa; haciendo extensiva dicha califi cación al frente de la manzana conformada por el predio del recurso y un predio sin edifi car ubicado en esquina con la Av. Precursores. Artículo Segundo.- Encargar al Instituto Metropolitano de Planifi cación de la Municipalidad Metropolitana de Lima, incorpore en el Plano de Zonifi cación del Distrito de San Miguel, la modifi cación aprobada en el artículo Primero de la presente Ordenanza. POR TANTO Mando se registre, publique y cumpla. Lima, a los 4 de marzo de 2014 SUSANA VILLARAN DE LA PUENTE Alcaldesa 1058973-1 Modifican Plano de Zonificación del distrito de San Juan de Lurigancho ORDENANZA Nº 1781 LA ALCALDESA METROPOLITANA DE LIMA; POR CUANTO EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA; Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 4 de marzo de 2014 el Dictamen Nº 15-2014-MML-CMDUVN de la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura;