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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE MARZO DEL AÑO 2014 (11/03/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 19

El Peruano Martes 11 de marzo de 2014 518597 GATR-MDMM, la ampliación del plazo para aplicar los descuentos por incentivo de pronto pago, hasta el 31 de marzo de 2014, debido a que una cantidad importante de contribuyentes no pueden acceder al mismo debido a diversos factores, solicitando la prórroga para realizar los pagos anuales; Que, es política de esta gestión edilicia incentivar el cumplimiento voluntario del pago de los tributos de los contribuyentes de la Municipalidad Distrital de Municipalidad de Magdalena del Mar y una manera efectiva de hacerlo es a través de incentivos por el pago anual o trimestral adelantado de los tributos municipales; Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, con la opinión favorable de la Gerencia Administración Tributaria y Rentas y la Gerencia de Asesoría Jurídica; DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 31 de marzo del 2014, los incentivos por pronto pago para los contribuyentes que realicen el pago de sus tributos conforme lo establecido en el artículo 12º de la Ordenanza Nº 022-MDMM. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas y Gerencia de Administración y Finanzas. Artículo Tercero.- El presente decreto entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el diario ofi cial El Peruano. Artículo Cuarto.- Encárguese a la Gerencia de Comunicaciones su difusión, a Secretaría General la publicación en el Diario Ofi cial El Peruano y a la Subgerencia de Informática y Estadística su publicación en el Portal de la Municipalidad de Magdalena del Mar www.munimagdalena.gob.pe y en el Portal del Estado Peruano: www.peru.gob.pe. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. FRANCIS JAMES ALLISON OYAGUE Alcalde 1059547-5 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE LA PERLA Modifican el TUPA de la Municipalidad DECRETO DE ALCALDÍA Nº 003-2014-MDLP-ALC La Perla, 28 de Febrero del 2014 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PERLA VISTO: El Informe Nº 017-2014-GPYP-MDLP de fecha 26/02/2014 de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 015-2009-MDLP de fecha 21/12/2009, se ratifi ca la vigencia de la Ordenanza Nº 024-2007-MDLP y la Ordenanza Nº 003-2008- MDLP, que aprueban el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Municipalidad Distrital de La Perla. Que, mediante Ofi cio Nº 062-2014/INDECOPI-CEB de fecha 14/01/2014 la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas de INDECOPI, ha verifi cado que en el TUPA de la Municipalidad Distrital de La Perla publicado en el Portal Institucional y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas, existe una posible barrera burocrática, contraviniendo el Decreto Legislativo Nº 1014, modifi cado por la Ley 30056, según detalle: PROCEDIMIENTO Nº 45 Autorización de obras de empresas de servicios públicos, redes públicas, aplicación y/o refacción y/o mantenimiento y/o reemplazo y/o reubicación y/u otros fi nes. Regulación de Obras no autorizada y/o liquidación de obra en exceso REQUISITO 12. Autorización por interferencia de vía troncal o colectora. Que, mediante el Memorándum Nº 060-2014-GDU- MDLP, de fecha 10/02/2014, emitida por la Gerencia de Desarrollo Urbano, opina por suprimir el requisito 12) del Procedimiento 45 del TUPA vigente. Que mediante Ofi cio Nº 004-2014-GPYP_MDLP de fecha 11/02/2014, se informa a INDECOPI que se encuentra en proceso de suprimirse el requisito 12) del Procedimiento 45 del TUPA vigente. Que, mediante Ofi cio Nº 226-2014/INDECOPI-CEB, la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas de INDECOPI nos requiere que acreditemos mediante documentos la adecuación del TUPA vigente. Que, mediante Informe Nº 017-2014-GPYP-MDLP de fecha 26/02/2014 la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto declara que es Procedente la supresión del Requisito 12. “Autorización por interferencia de vía troncal o colectora” del Procedimiento Nº 45 “Autorización de obras de empresas de servicios públicos, redes públicas, aplicación y/o refacción y/o mantenimiento y/o reemplazo y/o reubicación y/u otros fi nes. Regulación de Obras no autorizada y/o liquidación de obra en exceso” del TUPA de la Municipalidad Distrital de la Perla aprobado mediante Ordenanza Nº 015-2009-MDLP. Que, la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General en su Artículo Nº 38, Numeral 38.5 establece lo siguiente: Una vez aprobado el TUPA, toda modifi cación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar por Resolución Ministerial del Sector, Norma Regional de rango equivalente o Decreto de Alcaldía, o por Resolución del Titular del Organismo Autónomo conforme a la Constitución, según el nivel de Gobierno respectivo. De conformidad con el Informe Nº 017-2014-GPYP- MDLP, emitido por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 071-2014-GAJ-MDLP emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Informe Nº 032- 2014-GM emitido por la Gerencia Municipal; Estando a lo expuesto y en uso a las facultades conferidas en el numeral 6) del Artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades: SE DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR la modifi cación vía supresión del Requisito 12. “Autorización por interferencia de vía troncal o colectora” del Procedimiento Nº 45 “Autorización de obras de empresas de servicios públicos, redes públicas, aplicación y/o refacción y/o mantenimiento y/o reemplazo y/o reubicación y/u otros fi nes. Regulación de Obras no autorizada y/o liquidación de obra en exceso”, del TUPA aprobado mediante Ordenanza Nº 015-2009- MDLP. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Secretaria General la publicación del Texto del Decreto de Alcaldía en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Tercero.- Encargar al área competente la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de La Perla y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas. Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo Urbano y a la Subgerencia de Obras Públicas el cumplimiento del presente Decreto. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. PEDRO JORGE LÓPEZ BARRIOS Alcalde 1059662-1