Norma Legal Oficial del día 12 de marzo del año 2014 (12/03/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano Miercoles 12 de marzo de 2014

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Direccion General de Patrimonio Arqueologico Inmueble y a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de Cultura 1060239-1

Que, el Reglamento de Investigaciones Arqueologicas, aprobado mediante Resolucion Suprema N° 004-2000ED, establece que la investigacion arqueologica en el Peru es de interes social y cientifico, correspondiendo su promocion, autorizacion y supervision a traves del Instituto Nacional de Cultura, hoy Ministerio de Cultura; Que, mediante Resolucion Ministerial N° 009-2014MC de fecha 10 de enero de 2014, se le delego al Jefe y/o responsable de la Unidad Ejecutora 002: MC-Cusco las facultades para autorizar la elaboracion de expedientes tecnicos o estudios definitivos y la ejecucion de los Proyectos de Inversion Publica (PIP) declarados viables; aprobar los expedientes tecnicos de proyectos de inversion publica para su ejecucion, previa opinion tecnica favorable del area tecnica competente; aprobar la liquidacion de los proyectos de inversion publica, entre otros; todas ellas ejercidas dentro del ambito de su competencia y bajo la supervision de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; Que, teniendo en consideracion las normas citadas en los considerandos precedentes y con el proposito de lograr una mayor fluidez en los proyectos de inversion publica a cargo de la Unidad Ejecutora 002: MC-Cusco, es conveniente ampliar las facultades otorgadas a dicha Unidad Ejecutora, a efectos que pueda calificar y aprobar los Proyectos de Investigacion Arqueologica (PIA) que constituyan un componente integrante de los Proyectos de Inversion Publica; Con el visado del Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, del Secretario General, del Director General (e) de la Direccion General de Patrimonio Arqueologico Inmueble, del Director de la Oficina de Planificacion Presupuesto, actualmente Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y del Director General de la Oficina General de Asesoria Juridica, y; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; la Ley N° 29565, Ley de creacion del Ministerio de Cultura; la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014; el Decreto Legislativo Nº 1017, Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF; la Ley N° 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversion Publica; el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC; y, el Reglamento de Investigaciones Arqueologicos, aprobado por Resolucion Suprema N° 004-2000-ED; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Ampliar las facultades delegadas en el Jefe y/o Responsable de la Unidad Ejecutora 002: MC ­ MORDAZA otorgadas mediante Resolucion Ministerial N° 009-2014-MC, para que califique y apruebe los Proyectos de Investigacion Arqueologica (PIA), que esten vinculados a la ejecucion de Proyectos de Inversion Publica, durante el Ejercicio Fiscal 2014. Articulo 2°.- Disponer que la Direccion General de Patrimonio Arqueologico Inmueble supervise la actuacion de la Unidad Ejecutora 002: MC - MORDAZA, respecto de las acciones referidas en el articulo 1 de la presente resolucion, pudiendo solicitar a la referida Unidad Ejecutora la adopcion de las medidas preventivas y/o correctivas que estime pertinentes. Articulo 3°.- La ampliacion de delegacion de facultades, asi como la asignacion de responsabilidades a que se refiere la presente resolucion, comprende las atribuciones de decidir y resolver, pero no exime de la obligacion de cumplir con los requisitos tecnicos y legales establecidos en el Reglamento de Investigaciones Arqueologicas, aprobado mediante Resolucion Suprema N° 004-2000-ED. Articulo 4º.- El Jefe y/o Responsable de la Unidad Ejecutora 002: MC-Cusco, debera remitir un informe al Despacho Ministerial, el ultimo dia habil de cada trimestre, sobre el ejercicio de las facultades delegadas mediante la presente resolucion. Articulo 5º.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion al Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales y a la Unidad Ejecutora 002: MC ­ MORDAZA, a la

Aprueban Directiva "Lineamientos para la elaboracion del Plan de Contingencia previsto en el Reglamento para la proteccion ambiental en las actividades de hidrocarburos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 015-2006-EM, en lo referido a los pueblos indigenas en situacion de aislamiento o en situacion de contacto inicial - Plan de Contingencia Antropologico (PCA)"
RESOLUCION VICEMINISTERIAL N° 005-2014-VMI-MC MORDAZA, 11 de marzo de 2014 Vistos, el Memorando N° 084-2014-DGPI-VMI/MC de la Direccion General de Derechos de los Pueblos Indigenas, y el Memorando N° 255-2014-OGPP-SG/MC de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29565 se creo el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo con personeria juridica de derecho publico y con autonomia administrativa y economica, constituyendo pliego presupuestal del Estado que tiene areas programaticas de accion sobre las cuales ejerce competencias, funciones y atribuciones para el logro de sus objetivos y metas; Que, con Informe N° 004-2014-DGPI-VMI-MC/JRRM la Direccion de Pueblos Indigenas en Aislamiento y Contacto Inicial pone en conocimiento de la Direccion General de Derechos de los Pueblos Indigenas, el proyecto de Directiva sobre los lineamientos para la elaboracion del Plan de Contingencia previsto en el Reglamento para la Proteccion Ambiental en las Actividades de Hidrocarburos, aprobado por Decreto Supremo N° 0152006-EM, con el proposito que sirva como un instrumento para la prevencion, la reduccion de riesgos y atencion de emergencias en las poblaciones en situacion de aislamiento o en situacion de contacto inicial frente a un proyecto, obra o actividades de hidrocarburos; Que, con Memorando N° 084-2014-DGPI-VMI/MC, la Direccion General de Derechos de los Pueblos Indigenas remite a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto el proyecto de Directiva en mencion para su respectiva opinion tecnica; Que, mediante Memorando N° 255-2014-OGPP-SG/ MC, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto emite opinion tecnica de conformidad con respecto al Proyecto de Directiva referido, remitiendola a la Oficina General de Asesoria Juridica, en correspondencia con lo dispuesto en la Directiva N° 002-2011/MC "Lineamientos para la Formulacion y Aprobacion de Directivas del Ministerio de Cultura", aprobada por Resolucion Ministerial N° 129-2011-MC; Que, con Informe N° 073-2014-OGAJ-SG/MC, la Oficina General de Asesoria Juridica emite la respectiva opinion legal de conformidad al referido proyecto de Directiva; Que, al respecto, el numeral 19 del articulo 2 de la Constitucion Politica del Peru garantiza el derecho fundamental a la identidad etnica y cultural, asimismo, el Estado reconoce y protege la pluralidad etnica y cultural de la Nacion; Que, de acuerdo al Convenio N° 169 de la Organizacion Internacional del Trabajo sobre Pueblos

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