Norma Legal Oficial del día 12 de marzo del año 2014 (12/03/2014)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 12

518610
contiene los MORDAZA de atribucion de frecuencias y la clasificacion de usos del espectro radioelectrico; Que, por Decreto Supremo Nº 041-2011-PCM, se creo la Comision Multisectorial Permanente encargada de emitir informes tecnicos especializados y recomendaciones para la planificacion y gestion del espectro radioelectrico y adecuaciones del Plan Nacional de Atribucion de Frecuencias ­ PNAF; Que, la citada Comision, mediante Informe Nº 0032012-COMISION MULTISECTORIAL PNAF y Memorando Nº 006-2013-COMISION MULTISECTORIAL PNAF, recomienda modificar las Notas P92, P107 y el cuadro de atribucion de frecuencias de las bandas 17,7 ­ 17,8 GHz, 17,8 ­ 18,1 GHz, 18,1 ­ 18,4 GHz y 18,4 ­ 18,6 GHz del PNAF; Que, las citadas modificaciones al PNAF tienen por objeto armonizar la atribucion de la Banda 17,7 ­ 18,6 GHz al servicio fijo por satelite a titulo primario, con los demas paises de la region, asi como permitir su uso para el referido servicio a traves de satelites no geo-estacionarios, en coexistencia con el servicio fijo; incrementando de esta manera la eficiencia en el uso del espectro radioelectrico y promoviendo la implementacion de nuevas tecnologias; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 071-2013MTC/03 de fecha 05 de febrero de 2013, se dispuso la publicacion en el Diario Oficial El Peruano, del proyecto de Resolucion Ministerial que modifica las Notas P92, P107 y el cuadro de atribucion de frecuencias de las bandas 17,7 ­ 17,8 GHz, 17,8 ­ 18,1 GHz, 18,1 ­ 18,4 GHz y 18,4 ­ 18,6 GHz del PNAF; habiendose recibido un comentario y evaluado el mismo; Que, mediante Informe Nº 146-2013-MTC/26 la Direccion General de Regulacion y Asuntos Internacionales de Comunicaciones, emite opinion favorable respecto a las citadas modificaciones del PNAF; Que, la modificacion propuesta se enmarca en las atribuciones conferidas al Ministerio de Transportes y Comunicaciones por el precitado articulo 199 del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29370, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, y el Texto Unico Ordenado de su Reglamento General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC; SE RESUELVE: Articulo 1.- Modificacion de las Notas P92 y P107 del PNAF Modificar las Notas P92 y P107 del Plan Nacional de Atribucion de Frecuencias ­ PNAF, aprobado mediante Resolucion Ministerial Nº 187-2005-MTC/03 y sus modificatorias, conforme a los siguientes textos: "P92 Las bandas de 4 400 - 5 000 MHz, 5 925 - 6 425 MHz, 6 430 - 7 110 MHz, 7 125 - 8 275 MHz, 10 700 - 11 700 MHz, 12 750 - 13 250 MHz, 14 400 - 15 350 MHz, 17 700 - 19 700 MHz, 21,2 - 23,6 GHz y 37 - 38,6 GHz, pueden ser utilizadas para radioenlaces digitales para la prestacion de servicios publicos de telecomunicaciones, segun los planes de canalizacion correspondientes. La densidad de flujo de potencia producida en la superficie de la Tierra por todas las emisiones de una estacion espacial que utiliza la banda 17,7 ­ 18,6 GHz por parte del servicio fijo por satelite, no debera exceder los limites establecidos en el articulo 21 del Reglamento de Radiocomunicaciones de la UIT. A fin de evitar interferencias de las estaciones de servicio fijo, las estaciones de servicio fijo por satelite implementaran tecnicas de mitigacion, tales como, asignacion dinamica de MORDAZA, apantallamiento, rendimiento de la antena y/o MORDAZA minimo de elevacion. Para la instalacion de nuevas estaciones del servicio fijo, se deberan observar tecnicas de mitigacion tales como control automatico de potencia de transmision, PIRE limitada a la minima necesaria y antenas de alto rendimiento." "P107 La utilizacion de la banda 17,3 - 18,1 GHz por los sistemas de satelites geoestacionarios del servicio fijo

El Peruano Miercoles 12 de marzo de 2014

por satelite (Tierra-espacio) esta limitada a los enlaces de conexion para el servicio de radiodifusion por satelite." Articulo 2.- Modificacion del Cuadro de Atribucion de Frecuencias del PNAF Modificar el Cuadro de Atribucion de Frecuencias de las bandas 17,7 - 17,8 GHz, 17,8 - 18,1 GHz, 18,1 - 18,4 GHz y 18,4 ­ 18,6 GHz del Plan Nacional de Atribucion de Frecuencias ­ PNAF, aprobado mediante Resolucion Ministerial Nº 187-2005-MTC/03 y sus modificatorias, conforme a los siguientes textos: GHz 17,7 - 18,6
REGION 2 ATRIBUCION (...) 17,7 - 17,8 FIJO FIJO POR SATELITE (espacio-Tierra)(Tierraespacio) RADIODIFUSION POR SATELITE Movil 17,8 - 18,1 FIJO FIJO POR SATELITE (espacio-Tierra)(Tierraespacio) MOVIL 18,1 - 18,4 FIJO FIJO POR SATELITE (espacio-Tierra)(Tierraespacio) MOVIL 18,4 - 18,6 FIJO FIJO POR SATELITE (espacio-Tierra) MOVIL (...) 17,7 - 17,8 FIJO FIJO POR SATELITE P92, P107 (espacio-Tierra)(Tierraespacio) Radiodifusion por satelite Movil 17,8 - 18,1 FIJO P92, P107 FIJO POR SATELITE (espacio-Tierra)(Tierraespacio) Movil 18,1 - 18,4 FIJO P92 FIJO POR SATELITE (espacio-Tierra)(Tierraespacio) Movil 18,4 - 18,6 FIJO FIJO POR SATELITE (espacio-Tierra) Movil P92 PERU NOTAS Y OBSERVACIONES

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 1059500-1

Autorizan viaje de Inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil a EE.UU., en comision de servicios
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 107-2014 MTC/02 MORDAZA, 10 de marzo de 2014 VISTOS: Los Informes Nº 083-2014-MTC/12.04, emitido por la Direccion General de Aeronautica Civil y Nº 0482014-MTC/12.04, emitido por la Direccion de Seguridad Aeronautica de la Direccion General de Aeronautica Civil, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619, en concordancia con su MORDAZA reglamentaria aprobada por Decreto Supremo Nº 047-2002PCM, regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores, funcionarios publicos o representantes del Estado; Que, el numeral 10.1 del articulo 10 de la Ley Nº 30114, Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios publicos

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.