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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE MARZO DEL AÑO 2014 (12/03/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 12

El Peruano Miércoles 12 de marzo de 2014 518610 contiene los cuadros de atribución de frecuencias y la clasifi cación de usos del espectro radioeléctrico; Que, por Decreto Supremo Nº 041-2011-PCM, se creó la Comisión Multisectorial Permanente encargada de emitir informes técnicos especializados y recomendaciones para la planifi cación y gestión del espectro radioeléctrico y adecuaciones del Plan Nacional de Atribución de Frecuencias – PNAF; Que, la citada Comisión, mediante Informe Nº 003- 2012-COMISION MULTISECTORIAL PNAF y Memorando Nº 006-2013-COMISION MULTISECTORIAL PNAF, recomienda modifi car las Notas P92, P107 y el cuadro de atribución de frecuencias de las bandas 17,7 – 17,8 GHz, 17,8 – 18,1 GHz, 18,1 – 18,4 GHz y 18,4 – 18,6 GHz del PNAF; Que, las citadas modifi caciones al PNAF tienen por objeto armonizar la atribución de la Banda 17,7 – 18,6 GHz al servicio fi jo por satélite a título primario, con los demás países de la región, así como permitir su uso para el referido servicio a través de satélites no geo-estacionarios, en coexistencia con el servicio fi jo; incrementando de esta manera la efi ciencia en el uso del espectro radioeléctrico y promoviendo la implementación de nuevas tecnologías; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 071-2013- MTC/03 de fecha 05 de febrero de 2013, se dispuso la publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, del proyecto de Resolución Ministerial que modifi ca las Notas P92, P107 y el cuadro de atribución de frecuencias de las bandas 17,7 – 17,8 GHz, 17,8 – 18,1 GHz, 18,1 – 18,4 GHz y 18,4 – 18,6 GHz del PNAF; habiéndose recibido un comentario y evaluado el mismo; Que, mediante Informe Nº 146-2013-MTC/26 la Dirección General de Regulación y Asuntos Internacionales de Comunicaciones, emite opinión favorable respecto a las citadas modifi caciones del PNAF; Que, la modifi cación propuesta se enmarca en las atribuciones conferidas al Ministerio de Transportes y Comunicaciones por el precitado artículo 199 del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; el Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, y el Texto Único Ordenado de su Reglamento General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modifi cación de las Notas P92 y P107 del PNAF Modifi car las Notas P92 y P107 del Plan Nacional de Atribución de Frecuencias – PNAF, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 187-2005-MTC/03 y sus modifi catorias, conforme a los siguientes textos: “P92 Las bandas de 4 400 - 5 000 MHz, 5 925 - 6 425 MHz, 6 430 - 7 110 MHz, 7 125 - 8 275 MHz, 10 700 - 11 700 MHz, 12 750 - 13 250 MHz, 14 400 - 15 350 MHz, 17 700 - 19 700 MHz, 21,2 - 23,6 GHz y 37 - 38,6 GHz, pueden ser utilizadas para radioenlaces digitales para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones, según los planes de canalización correspondientes. La densidad de fl ujo de potencia producida en la superfi cie de la Tierra por todas las emisiones de una estación espacial que utiliza la banda 17,7 – 18,6 GHz por parte del servicio fi jo por satélite, no deberá exceder los límites establecidos en el artículo 21 del Reglamento de Radiocomunicaciones de la UIT. A fi n de evitar interferencias de las estaciones de servicio fi jo, las estaciones de servicio fi jo por satélite implementarán técnicas de mitigación, tales como, asignación dinámica de canales, apantallamiento, rendimiento de la antena y/o ángulo mínimo de elevación. Para la instalación de nuevas estaciones del servicio fi jo, se deberán observar técnicas de mitigación tales como control automático de potencia de transmisión, PIRE limitada a la mínima necesaria y antenas de alto rendimiento.” “P107 La utilización de la banda 17,3 - 18,1 GHz por los sistemas de satélites geoestacionarios del servicio fi jo por satélite (Tierra-espacio) está limitada a los enlaces de conexión para el servicio de radiodifusión por satélite.” Artículo 2.- Modifi cación del Cuadro de Atribución de Frecuencias del PNAF Modifi car el Cuadro de Atribución de Frecuencias de las bandas 17,7 - 17,8 GHz, 17,8 - 18,1 GHz, 18,1 - 18,4 GHz y 18,4 – 18,6 GHz del Plan Nacional de Atribución de Frecuencias – PNAF, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 187-2005-MTC/03 y sus modifi catorias, conforme a los siguientes textos: GHz 17,7 - 18,6 REGIÓN 2 PERÚ ATRIBUCIÓN NOTAS Y OBSERVACIONES (…) 17,7 - 17,8 FIJO FIJO POR SATÉLITE (espacio-Tierra)(Tierra- espacio) RADIODIFUSIÓN POR SATÉLITE Móvil 17,7 - 17,8 FIJO FIJO POR SATÉLITE (espacio-Tierra)(Tierra- espacio) Radiodifusión por satélite Móvil P92, P107 17,8 - 18,1 FIJO FIJO POR SATÉLITE (espacio-Tierra)(Tierra- espacio) MÓVIL 17,8 - 18,1 FIJO FIJO POR SATÉLITE (espacio-Tierra)(Tierra- espacio) Móvil P92, P107 18,1 - 18,4 FIJO FIJO POR SATÉLITE (espacio-Tierra)(Tierra- espacio) MÓVIL 18,1 - 18,4 FIJO FIJO POR SATÉLITE (espacio-Tierra)(Tierra- espacio) Móvil P92 18,4 - 18,6 FIJO FIJO POR SATÉLITE (espacio-Tierra) MÓVIL 18,4 - 18,6 FIJO FIJO POR SATÉLITE (espacio-Tierra) Móvil P92 (…) Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS PAREDES RODRÍGUEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 1059500-1 Autorizan viaje de Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil a EE.UU., en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 107-2014 MTC/02 Lima, 10 de marzo de 2014 VISTOS: Los Informes Nº 083-2014-MTC/12.04, emitido por la Dirección General de Aeronáutica Civil y Nº 048- 2014-MTC/12.04, emitido por la Dirección de Seguridad Aeronáutica de la Dirección General de Aeronáutica Civil, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619, en concordancia con su norma reglamentaria aprobada por Decreto Supremo Nº 047-2002- PCM, regula la autorización de viajes al exterior de servidores, funcionarios públicos o representantes del Estado; Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30114, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos