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El Peruano Miércoles 19 de marzo de 2014 519145 PODER EJECUTIVO AGRICULTURA Y RIEGO Encargan funciones de la Secretaría Técnica del Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca Caplina-Locumba RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 105-2014-ANA Lima, 18 de marzo de 2014 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el artículo 44° del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua aprobado por Decreto Supremo N° 006- 2010-AG, la Secretaría Técnica desarrolla y ejecuta las labores técnicas que permitan la formulación, seguimiento y evaluación de la implementación del Plan de Gestión de Recursos Hídricos, así como el adecuado funcionamiento del Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca; Que, mediante Decreto Supremo Nº 019-2013- MINAGRI, se creó el Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca Caplina-Locumba, resultando necesario la implementación y funcionamiento de su Secretaría Técnica; Que, la Primera Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, faculta temporalmente a la Jefatura de la entidad para encargar mediante Resolución Jefatural las funciones de la Secretaría Técnica del Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca; Que, conforme la sección 3.5 del Manual de Operaciones del Proyecto de Modernización de la Gestión de los Recursos Hídricos de la Autoridad Nacional del Agua, las Coordinaciones Técnicas de Cuenca (CTC) de dicho Proyecto son responsables, entre otros, de apoyar en la implementación de los Planes de Gestión de los Consejos de Recursos Hídricos de Cuenca; Que, estando lo anterior se ha visto por conveniente, encargar las funciones de la Secretaría Técnica del Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca Caplina- Locumba; De conformidad a lo dispuesto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos y el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado mediante Decreto Supremo N° 006-2010-AG. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Encargar a partir del 20 de marzo de 2014, las funciones de la Secretaría Técnica del Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca Caplina-Locumba, al Señor VÍCTOR MANUEL ESQUIVES VILLEGAS. Artículo 2º.- Precísase, que la Coordinación Técnica de Cuenca Caplina-Locumba, del Proyecto de Modernización de la Gestión de los Recursos Hídricos de la Autoridad Nacional del Agua, continua apoyando el proceso de implementación del Plan de Gestión de Recursos Hídricos de dicha Cuenca. Regístrese y comuníquese y publíquese. JORGE LUIS MONTENEGRO CHAVESTA Jefe Autoridad Nacional del Agua 1063465-1 DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL Designan representante de la Ministra de Desarrollo e Inclusión Social ante el Consejo Nacional de Derechos Humanos RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 066-2014-MIDIS Lima, 17 de marzo de 2014 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el artículo 1 del Decreto Supremo N° 012-86-JUS, modificado por la Sexta Disposición Complementaria Modificatoria del Decreto Supremo N° 011-2012-JUS, se constituyó en el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos el Consejo Nacional de Derechos Humanos, encargado de emitir opiniones y brindar asesoramiento al Poder Ejecutivo en el desarrollo de políticas, programas, proyectos y planes en materia de derechos humanos, especialmente en lo que respecta al Plan Nacional de Derechos Humanos; Que, de conformidad con el artículo 2 del referido Decreto Supremo N° 012-86-JUS, modifi cado por la Sexta Disposición Complementaria Modifi catoria del Decreto Supremo N° 011-2012-JUS, el Consejo Nacional de Derechos Humanos está integrado, entre otros, por un (1) representante de la Ministra de Desarrollo e Inclusión Social; Que, en este contexto, mediante Resolución Ministerial N° 116-2012-MIDIS, se designó a los representantes, titular y alterno, de la Ministra de Desarrollo e Inclusión Social ante el Consejo Nacional de Derechos Humanos; Que, resulta necesario dar por concluida la citada designación y, en consecuencia, designar a la persona que se desempeñará como representante de la Ministra de Desarrollo e Inclusión Social ante el referido Consejo Nacional de Derechos Humanos; REQUISITO PARA PUBLICACIÏN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan más de una página, se adjuntará un diskette, cd rom o USB en formato Word con su contenido o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe. LA DIRECCIÓN