Norma Legal Oficial del día 03 de mayo del año 2014 (03/05/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 71

El Peruano Sabado 3 de MORDAZA de 2014

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con los Planos suscritos por la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, Memoria Descriptiva y MORDAZA de Declaracion Jurada suscrita por Procuraduria indicando que los bienes a sanear, no son materia de procedimiento judicial, documentos que exige la Ley Nº 26512 vigente, que se hace extensiva con la Ley Nº 27493, Ley de Saneamiento Fisico Legal de Bienes Inmuebles de las Entidades del Sector Publico; los terrenos a sanearse son: 401 MORDAZA Geranios S/n ­ Costado de Gerencia de Desarrollo MORDAZA, Estacionamiento Tierra, via de Uso Publico. 403 MORDAZA Ayabaca S/n ­ MORDAZA Geranios, Referencia: Oficinas de Registro Civil y Gerencia de Desarrollo Urbano. 406 MORDAZA Geranios S/n, Referencia: Bromatologia. 407 Av. San MORDAZA S/n MORDAZA Acacias S/ N MORDAZA Geranios S/N Referencia: Oficinas Municipales de Transporte, Catastro, Control Patrimonial y Otros., documentos que son remitidos mediante el Oficio Nº 451-2013-SGLSI-GA-MPI de la Sub Gerencia de Logistica y Soporte Informatico y el Oficio Nº 259-2013GA-MPI de la Gerencia de Administracion. Que, con Informe Legal Nº 035-2013-GAJ-MPIHABH, el Abogado de la Gerencia de Asesoria Juridica, opina: "que mediante Acuerdo de Concejo Municipal, se apruebe la inscripcion de los inmuebles y posteriormente la inscripcion MORDAZA los Registros Publicos de Ica de los siguientes Bienes Muebles (...) " informe que es remitido mediante el Oficio Nº 466-2013-AMPI de la Gerencia de Asesoria Juridica. Que, con Dictamen de Comision Nº 002-2013-MPI la Comision de Margesi de Bienes y Formalizacion de la Propiedad de la Municipalidad Provincial de Ica, coincide con lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica contenida en el Informe Nº 035-2013-GAJ-MPI-HABH, dictamen de comision que es remitido mediante el Oficio Nº 002-2013-R-MJFM-MPI. Estando a lo expuesto, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, a los documentos descritos en el visto, el Pleno del Concejo Municipal aprobo por UNANIMIDAD el siguiente ACUERDO Primero.- APROBAR la Inscripcion en los Registros Publicos de esta MORDAZA, la Primera Inscripcion de Dominio con la finalidad que el Area Funcional de Control Patrimonial realice el sentamiento fisico legal de los inmuebles y proceda a inscribir la inmatriculacion ante la SUNARP, en merito a lo dispuesto en el Articulo 58º de la Ley Nº 27972 de los siguientes inmuebles de Dominio Municipal: - MORDAZA Geranios S/n ­ Costado de Gerencia de Desarrollo MORDAZA, Estacionamiento Tierra, via de Uso Publico (401). - MORDAZA Ayabaca S/n ­ MORDAZA Geranios, Referencia: Oficinas de Registro Civil y Gerencia de Desarrollo MORDAZA (403) - MORDAZA Geranios S/n, Referencia: Bromatologia (406). - Av. San MORDAZA S/n MORDAZA Acacias S/N MORDAZA Geranios S/N Referencia: Oficinas Municipales de Transporte, Catastro, Control Patrimonial y Otros (407). Segundo.- AUTORIZAR al Secretario General, en coordinacion con la Gerencia de Administracion - Sub Gerencia de Logistica y Soporte Informatico de esta Corporacion Municipal, la publicacion del presente Acuerdo Municipal por una sola vez en el Diario Oficial "El Peruano" y un extracto, en un diario de mayor circulacion en la Region en que se encuentra el predio, de conformidad con lo establecido en el Articulo 38º del Reglamento de la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA. Tercero.- ENCARGAR a la Secretaria General, notificar el presente acuerdo a las Gerencias y Sub Gerencias pertinentes de esta Corporacion Municipal con las formalidades previstas en la Ley. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1078747-2

que no cuenten con titulos comprobatorios de dominio, mediante cualquiera de los procedimientos que en el se precisan. Que como MORDAZA complementaria a la MORDAZA citada, se promulgo el Decreto Supremo Nº 026-96PCM, en virtud del cual, segun el Articulo 2º, se dispone que todas las entidades del Gobierno Central y otras Dependencias Gubernamentales, incluidos los Gobiernos Locales, dicten las medidas especificas, para obtener el Saneamiento Fisico - Legal de los Inmuebles, cuyo dominio no estuvieran inscritos en los Registros Publicos de su Jurisdiccion. Asi mismo se dispone que los actos y derechos que se inscriban esten exonerados de todo pago por concepto de Inscripcion Registral y demas derechos similares, otorgando dicha entidad las facilidades que el caso amerite. Que, las disposiciones reglamentarias para poder cumplir con el Saneamiento Tecnico Legal y Contables de bienes de propiedad estatal se encuentra contenidas en el Decreto Supremo Nº 130-2001-EF, haciendose extensivas estas medidas reglamentarias a las municipalidades en merito a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 1362001-EF. Que, el MORDAZA parrafo del Articulo 38º del Reglamento de la Ley General de Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, senala lo siguiente: "La Resolucion dispone la Primera Inscripcion del Dominio del Predio del Estado, debera publicarse por una sola vez en el Diario Oficial EL Peruano y, un extracto, en un diario de mayor circulacion en la Region en que se encuentra el Predio" por otra parte, el Articulo 40º del indicado Reglamento, establece lo siguiente: "La Resolucion que dispone la primera Inscripcion de Dominio, conjuntamente con el Plano Perimetrico - Ubicacion y Memoria Descriptiva, constituyen el titulo suficiente para todos los efectos legales". Que, el Derecho de Propiedad se encuentra incurso en el Decreto Supremo Nº 019-90-VC, el cual faculta a las Municipalidades a gestionar las inscripciones de bienes que les pertenezcan y no cuentan con titulos comprobatorios y en el Decreto Supremo Nº 026-96-PCM, la cual faculta a las municipalidades dictar las medidas especificas para obtener el saneamiento Fisico Legal de los Bienes Inmuebles que la Superintendencia de Registro Publicos, otorguen las facultades del caso. Que, el Gerente de administracion de esta comuna, hace conocer al Gerente General la documentacion de los predios municipales saneados y que MORDAZA aprobados por sesion de concejo adjuntado 04 expedientes de predios municipales que se encuentran aptos para efectuar el Saneamiento Fisico Legal; asimismo corre Informe Nº 009-2013-ILS-CP-SGL-GA-MP, emitido por el Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA senalando que se ha realizado la evaluacion correspondiente de la documentacion y senala las acciones realizadas por la Sub. Gerencia de Obras Privadas y Catastro contenida en el Informe Nº 00362013-MPI-GDU-SGOP/OC-MCHA. En donde adjunta el CD de los Planos Catastrales Nº 398, 399, 400, 401, 402, 403, 404, 405, 406 y 407, de conformidad a lo solicitado por el Area Funcional de Control Patrimonial; asimismo el Area senalada Lineas arriba ha procedido al Ploteo de los planos en Formato A-3, para que se proceda con la visaciones de estilo y firmados por la Sub Gerencia de Obras Privadas y Catastros de la Gerencia de Desarrollo Urbano. Que, con el Informe Nº 010-2013-ISL-CP-SGL-GAMPI, el Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, senalado que se ha efectuado la evaluacion correspondiente sobre los antecedentes del Plano Catastral Nº 398, senalando que en el terreno de la referencia siempre se considero como MORDAZA, y procede a la Desafectacion correspondiente; concluyendo que de acuerdo al Sub. Capitulo II Los Bienes Municipales. Art. 56º bienes de Propiedad Municipal, la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972. Las Vias y Aereas Publicas, con subsuelo y aires son bienes de dominio y uso publico. Que, con Informe Nº 0050-2013-CP-SGLSI-GAMPI el Area de Control Patrimonial, informe y remite cuatro (04) expedientes de Predios Municipales, que se encuentran listos para efectuar su saneamiento fisico, los mencionados expedientes se ha encontrado en materia de traslado, durante un largo periodo de tiempo, por diferentes dependencias de la institucion, para completar los requisitos exigidos y lograr la culminacion de tramite interno; a la fecha cada expediente cuenta

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