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El Peruano Lunes 17 de noviembre de 2014 537750 de la Ordenanza Nº 339-MDL, y en especial de la última versión de los Anexos que contienen los cuadros de estructura de costos, de estimación de ingresos y la cantidad de espacios habilitados de estacionamiento vehicular, respectivamente, por lo que su aplicación sin el cumplimiento de dichas condiciones, es responsabilidad exclusiva de los funcionarios de la citada Municipalidad Distrital. Artículo Tercero.- Cumplido el citado requisito de publicación, el Servicio de Administración Tributaria- SAT, a través de su página web www sat.gob.pe hará de conocimiento público el presente Acuerdo, el Dictamen de la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y Organización y el Informe del Servicio de Administración Tributaria-SAT. Regístrese, comuníquese y cúmplase. HERNAN NÚÑEZ GONZALES Encargado de Alcaldía 1164551-1 Aprueban “La Política y el Plan Anticorrupción de la Municipalidad Metropolitana de Lima 2014 - 2016” RESOLUCION DE ALCALDÍA Nº 279 Lima, 11 de noviembre del 2014 CONSIDERANDO Que el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 29792, Ley Orgánica de Municipalices, señala que los gobiernos locales gozan de autonomía, política, económica y administrativa, en los asuntos de su competencia, por tanto están facultados de ejercer actos de gobierno administrativo y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico; Que la Vigésima Sexta Política Nacional del Acuerdo nacional, establece como una Política de Estado, la promoción de la Ética y la Transparencia y erradicación de la corrupción, el lavado de dinero, la evasión tributaria y el contrabando en todas su formas, para cuyo cumplimiento establece el compromiso de velar por el desempeño responsable y transparente de la función pública, así como la promoción de la vigilancia ciudadana del desempeño de la gestión pública, entre otras acciones; Que, la Ley Nº 27815 Ley del Código de Ética de la Función Pública, en su artículo 9, establece que la Alta Dirección de cada entidad pública ejecuta medidas para promover la cultura de probidad, transparencia, justicia, y servicio público. Asimismo dicho órgano establece los mecanismos e incentivos que permitan una actuación correcta, transparente y leal de los servidores públicos; Que mediante Decreto Supremo Nº 119-2012-PCM la Presidencia del Concejo de Ministros, aprueba el “Plan Nacional de Lucha contra la Corrupción 2012 – 2016” instrumento de gestión que determina el rumbo que ha de seguir el Estado Peruano en materia de Anticorrupción a través de la defi nición de objetivos, estrategias y acciones generales. Que el indicado Plan Nacional de Lucha contra la Corrupción 2012 – 2016, señala entre otros objetivos, la “Prevención Efi caz contra la Corrupción” y defi ne “La forma de prevenir la corrupción se expresa en el conjunto de políticas públicas que desde la administración pública se implementan con la fi nalidad de evitar o reducir riesgos para la comisión de actos de corruptos; Qué mediante Resolución de Alcaldía Nº 332 de fecha 27 de julio del 2011, se aprueba la “Visión de la ciudad, Visión institucional, Misión institucional, Valores de los Trabajadores, Enfoque de Desarrollo Institucional, Lema, Ejes pragmáticos, Ejes trasversales, Objeticos Estratégicos Generales y Escala de Prioridades del Plan Estratégico Institucional – PEI 2011 – 2014” de la Municipalidad Metropolitana de Lima, estableciendo que el accionar de la institución se realizará en el marco de la transparencia, honestidad y cero tolerancia a la corrupción; Que mediante Resolución de Alcaldía Nº 462 de fecha 2 de diciembre del 2011, se Constituye la Comisión de Ética, Transparencia e Integridad Institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima, que tiene como objetivo coadyuvar al fortalecimiento de la ética pública municipal, la transparencia y la integridad institucional, así como a la vigilancia y participación ciudadana en el marco de una política anticorrupción municipal; Que, siendo voluntad dotar a la Municipalidad Metropolitana de Lima de los instrumentos necesarios que permitan instituir una cultura en la lucha anticorrupción que ha sido planteada como objetivo nacional, regional y local; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 20º, inciso 6 de la Ley Orgánica de Municipalidades, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y la Ley del Código de Ética de la Función Pública; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar “La Política y el Plan Anticorrupción de la Municipalidad Metropolitana de Lima 2014- 2016”, conforme al Anexo Nº 01 de la presente Resolución. Artículo 2º.- Disponer que la Gerencia de Defensa del Ciudadano sea la encargada de la difusión de la presente Resolución de Alcaldía, así como de coordinar con las diferentes dependencias de la Municipalidad Metropolitana de Lima a fi n de que adopten las medidas necesarias para su implementación, dando cuenta a este despacho. Artículo 3º.- Disponer la publicación de la presente Resolución de Alcaldía en el Diario Ofi cial El Peruano, y el anexo Nº 01 “Plan Anticorrupción de la Municipalidad Metropolitana de Lima 2014- 2016” en el Portal Institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe), así como en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase SUSANA VILLARÁN DE LA PUENTE Alcaldesa 1164975-1 MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA Modifican el Reglamento del Pago Fraccionado de Deudas Tributarias y No Tributarias aprobado con D.A. Nº 015-2011 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 040-2014 La Molina, 14 de noviembre de 1014 EL ALCALDE DISTRITAL DE LA MOLINA VISTO: El Memorando Nº 1005-2014-MDLM-GM de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 481-2014- MDLM-GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe Nº 041-2014-MDLM-GAT de la Gerencia de Administración Tributaria, el Informe Nº 199- 2014-MDLM-GAT-SGRFT de la Subgerencia de Recaudación y Fiscalización Tributaria, y el Informe Nº 838-2014-MDLM-GDUE-SGFA de la Subgerencia de Fiscalización Administrativa; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cado por la Ley Nº 28607, señala que las Municipalidades Provinciales y Distritales, tienen