Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2014 (17/11/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 4

El Peruano Lunes 17 de noviembre de 2014 537742 Comunicaciones del Ministerio de Salud, señalando que procede aceptar la renuncia formulada y designar al profesional propuesto, toda vez que el cargo de Ejecutivo/ a Adjunto/a I de la Ofi cina General de Comunicaciones se encuentra califi cado como Directivo Superior de Libre Designación; Que, en mérito a lo señalado en los considerandos precedentes, resulta pertinente adoptar las acciones de personal necesarias a fi n de asegurar el normal funcionamiento de la citada Ofi cina General; Con el visado de la Directora General de la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Secretario General; y, De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público y en su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; en el numeral 8) del artículo 25º de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y en el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la renuncia formulada por la Contadora Pública Ángela Bonilla Cairo, al cargo de Ejecutiva Adjunta I, Nivel F-4, de la Ofi cina General de Comunicaciones del Ministerio de Salud, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar al Licenciado en Comunicación Walter Ibarra Carpio, en el cargo de Ejecutivo Adjunto I, Nivel F-4, de la Ofi cina General de Comunicaciones del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANÍBAL VELÁSQUEZ VALDIVIA Ministro de Salud 1164733-2 TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO Aprueban el Formulario Único de Registro (FUR), F1010 versión 3, para ser utilizado en las Oficinas de Aseguramiento, Agencias y Módulos de Seguros RESOLUCION DE GERENCIA CENTRAL DE ASEGURAMIENTO Nº 025-GCAS- ESSALUD-2014 Lima, 27 de octubre de 2014 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado tiene como fi nalidad, la obtención de mayores niveles de efi ciencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos, con el objetivo, entre otros, de alcanzar un estado al servicio de la ciudadanía; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 533-PE-ESSALUD-2011 de fecha 20 de julio de 2011, se aprobó la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones de la Gerencia Central de Aseguramiento, en cuyo artículo primero lo define como órgano de línea de la Gerencia General, rectora y normativa del Sistema de Aseguramiento, encargada de administrar el Régimen Contributivo de la Seguridad Social en Salud, seguros encargados por Ley y otros seguros de salud y de riesgos humanos de EsSalud; Que, mediante Ley Nº 30183, se regula los requisitos para la inscripción y atención de los derechohabientes del titular del seguro de salud, estableciendo para ello, la presentación del acta de nacimiento o el documento nacional de identidad o el documento público, según sea el caso, que acredite el parentesco con el titular del seguro de salud, disponiendo además que EsSalud debe adecuar los procedimientos y formularios a efectos de permitir que el registro de alta sea efectuado por el titular del seguro o su derechohabiente, padre, madre, tutor o curador; Que, mediante Resolución de Gerencia General Nº 306-GG-ESSALUD-2014, se aprueba la creación de la “Ventanilla Única” de ESSALUD, con la fi nalidad de iniciar en un solo lugar de atención, los procedimientos administrativos a cargo de la Gerencia Central de Aseguramiento y la Gerencia Central de Prestaciones Económicas y Sociales; disponiendo que la Plataforma de Aseguramiento realice la recepción de los expedientes generados en los procedimientos administrativos de Prestaciones Económicas establecidos en el TUPA de ESSALUD; Que, mediante Resolución de Gerencia Central de Aseguramiento Nº 019-GCAS-ESSALUD-2014, se aprobó, entre otros el Formulario Único de Registro – FUR 1010, (versión 2), que comprende un original (ESSALUD) y una copia (Usuario); Que, con la fi nalidad de mejorar la operatividad de la “Ventanilla Única”, es necesario realizar algunas modifi caciones en el referido formulario, relacionadas con la presentación de certifi cados médicos de incapacidad temporal para el trabajo (CITT), y el tipo de documento presentado por el benefi ciario que realiza el cobro de la prestación económica; así como incorporar una copia que será destinada a las unidades orgánicas de la Gerencia Central de Prestaciones Económicas y Sociales; Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas; SE RESUELVE: 1. APROBAR el Formulario Único de Registro (FUR), F1010 versión 3 que comprende: un original (ESSALUD), primera copia (ESSALUD UPE), y segunda copia (Usuario); para ser utilizados en las Ofi cinas de Aseguramiento, Agencias y Módulos de Seguros. 2. DEJAR SIN EFECTO el Formulario Único de Registro (FUR) F1010, versión 2, aprobado mediante Resolución de Gerencia Central de Aseguramiento Nº 019-GCAS-ESSALUD-2014. 3. ENCARGAR a la Gerencia de Plataforma de Aseguramiento realice la gestión para la publicación en la página web de EsSalud del F1010, versión 3 y la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Asimismo, realice las acciones de difusión respectivas. 4. DISPONER que en lo que sea aplicable, la Plataforma de Aseguramiento continuará usando los formatos y formularios (versión 1) hasta agotar el stock. La Plataforma de Aseguramiento deberá utilizar la versión 1 del Formulario 1010, hasta que se agote el stock en cada punto de atención o la Gerencia de Plataforma de Aseguramiento determine la fecha de utilización de la versión 3 y su publicación en la página web de EsSalud. Regístrese, comuníquese y publíquese. FELIPE CHU WONG Gerente Central de Aseguramiento ESSALUD 1164565-1