Norma Legal Oficial del día 17 de octubre del año 2014 (17/10/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano Viernes 17 de octubre de 2014

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ordenanza no son de aplicacion conjunta con otros beneficios o regimenes especiales, existentes durante su vigencia, pudiendo optar el administrado por aquel que resulte mas favorable a sus intereses. Articulo Octavo.- CONDONESE la deuda vencida a la entrada en vigencia de la presente ordenanza, compuesta unicamente por los siguientes conceptos: a) multas tributarias, b) derecho de emision) costas y gastos procesales, que correspondan a los contribuyentes que no registren deudas por otros conceptos. DISPOSICIONES FINALES Primera.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de la publicacion y hasta el 31 de Octubre del 2014 Segunda.- Facultese al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones complementarias para la adecuacion y mejor aplicacion de lo dispuesto en la presente Ordenanza, asi como para que pueda prorrogar su vigencia. Tercera.- Encargar a la Gerencia de Rentas el cumplimiento de la presente Ordenanza, asi como a Imagen Institucional la divulgacion y difusion de sus alcances. Cuarta.- Disponer la publicacion de Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA BERNUI MORDAZA 1150529-1

a) Obligaciones tributarias vencidas hasta la fecha de vigencia de la presente Ordenanza b) Convenios de fraccionamiento suscritos con anterioridad aun cuando hubiera recaido sobre ellos, Resolucion de Perdida de Beneficio c) Las multas tributarias, inclusive las generadas durante la vigencia de la presente Ordenanza. d) Se encuentran incluidos en los alcances de la presente Ordenanza los Contribuyentes con deudas a las que se le han aplicado beneficios anteriormente otorgados y que por diversos motivos no pudieron cumplir con pagar oportunamente. ESCALA DE BENEFICIOS
CONCEPTO Multas tributarias y no tributarias Costas y gastos procesales en general Arbitrios Municipales 2014 Arbitrios Municipales 2013 Arbitrios Municipales 2012 Arbitrios Municipales 2011 Arbitrios Municipales 2010 Arbitrios Municipales anos anteriores al 2010 Deuda Fraccionada DESCUENTO (% INSOLUTO) 100% DESCUENTO (% REAJUSTES E INTERESES) 100% CONDICION

Regularizacion

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10% 30% 40% 50% 60%

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MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Eliminan procedimiento administrativo denominado "Constancia de Posesion" del MORDAZA de la Municipalidad
DECRETO DE ALCALDIA Nº 008-2014-DA-MDMM MORDAZA MORDAZA, 25 de setiembre del 2014 MODIFICAN EL TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA EL MORDAZA (E) DE LA MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA VISTOS: El Informe Nº 808-2014-SGPUOPC-GDUO/MDMM de la Subgerencia de Planeamiento MORDAZA, Obras Privadas y Catastro y el Informe Nº 614-2014-GAJ-MDMM de la Gerencia de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru establece que las Municipalidades son Organos de Gobierno Local con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia, concordante con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972; Que, de conformidad con el articulo 37° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, todas las entidades deberan elaborar y aprobar su Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA); Que, el numeral 38.5 del articulo 38° de la MORDAZA acotada establece que una vez aprobado el Texto Unico de Procedimientos Administrativos, toda modificacion que no implique la creacion de nuevos procedimientos,

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Articulo Tercero.- CONDICIONES GENERALES Para el caso de deudas tributarias: 1. Los beneficios dispuestos seran de aplicacion para pagos al contado que cancelen la totalidad de las cuotas. 2. Los beneficios se aplicaran al pago de las deudas que el contribuyente indique, a excepcion de las deudas por convenio de fraccionamiento, donde el pago debera efectuarse empezando por la cuota mas antigua Articulo Cuarto.DETERMINAR que los contribuyentes que deseen acogerse al Beneficio de las Deudas Tributarias que se encuentren impugnadas, podran hacerlo siempre que cumplan con el pago al contado de la deuda dentro de la vigencia de la presente Ordenanza; a los cuales con el solo pago se les considerara automaticamente como desistido en su pretension de los recursos o solicitudes presentadas, referidos a la deuda materia de beneficio. En caso de tratarse del desistimiento ante organo distinto a la Municipalidad Distrital de Ancon, el solicitante debera adjuntar MORDAZA autenticada por fedatario de la Municipalidad del cargo de recepcion del escrito del desistimiento, bajo sancion de nulidad. Articulo Quinto.- Disponer que con el acogimiento al presente beneficio, se entendera que el contribuyente hace expreso reconocimiento de su deuda con la Municipalidad, por lo que, no podra presentar futuras reclamos y/o devoluciones respecto a los pagos realizados. Asimismo los montos pagados con anterioridad a la vigencia de la presente ordenanza no sera materia de devolucion y/o compensacion. Articulo Sexto.- Disponer la suspension automatica de los procedimientos de ejecucion coactiva con el acogimiento al presente beneficio respecto de las deudas incluidas en este. Articulo Septimo.- Los beneficios de la presente

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