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El Peruano Viernes 17 de octubre de 2014 534978 incremento de derechos de tramitación o requisitos, se podrá realizar, en el caso de Gobiernos Locales, mediante Decreto de Alcaldía; Estando a lo expuesto en los considerandos precedentes y conforme lo señalado en el inciso 6) del artículo 20° concordante con el artículo 42° de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- ELIMINAR el procedimiento administrativo contemplado en el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Municipalidad de Magdalena del mar, signado bajo el numeral 7.04 “Constancia de Posesión”. Artículo Segundo.- La presente disposición entra en vigencia desde el día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Tercero.- DEJAR sin efecto toda norma que se oponga a la presente disposición. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el diario oficial El Peruano y a la Subgerencia de Informática y Estadística la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el portal Web de la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar y la actualización correspondiente del TUPA publicado en el portal referido y en el portal de Servicios al Ciudadano y Empresas. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JAVIER OLAZABAL RAYA Encargado del Despacho de Alcaldía 1150559-1 MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO Aprueban Reglamento de Procedimientos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad de San Isidro DECRETO DE ALCALDÍA Nº 018-2014-ALC/MSI San Isidro, 14 de Octubre de 2014 EL ALCALDE DE SAN ISIDRO VISTO: El Memorándum Nº1606-2014-0900-GRH/MSI, de la Gerencia de Recursos Humanos, Informe Nº 320-2014- 0500-GPPDC/MSI, de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo, sobre Proyecto de “Reglamento de Procedimientos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad de San Isidro”; y, CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y que dicha autonomía reconocida en la Constitución Política del Perú, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, conforme al artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, los Decretos de Alcaldía sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y efi ciente administración municipal; Que, conforme a la Décima Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, a partir de la entrada en vigencia de dicha norma, los procedimientos administrativos disciplinarios en la administración pública se tramitan de conformidad con lo estipulado en la referida ley y sus normas reglamentarias; Que, por su parte, la Undécima Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento General de la Ley de Servicio Civil, la Ley Nº 30057, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM, establece que: “El Título correspondiente al régimen disciplinario y procedimiento sancionador entra en vigencia a los tres (3) meses de publicado el presente reglamento con el fi n que las entidades adecuen internamente al procedimiento. Aquellos procedimientos disciplinarios que fueron instaurados con fecha anterior a la entrada en vigencia del régimen disciplinario de la Ley Nº 30057 se regirán por las normas por las cuales se les imputó responsabilidad administrativa hasta su terminación en segunda instancia administrativa”; Que, a la fecha al interior de la Entidad, los procesos administrativos sancionadores sobre el personal nombrado y funcionario, se tramitaban al amparo de lo dispuesto por el Decreto de Alcaldía Nº 009-ALC/MSI de fecha 22 de marzo de 2012, por medio del cual se aprobó el Reglamento de las Comisiones de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad de San Isidro; Que, la Gerencia de Recursos Humanos, advirtiendo la necesidad de adecuar el procedimiento administrativo sancionador regulado por el Decreto de Alcaldía en cuestión, a lo plasmado y requerido por la nueva Ley del Servicio Civil y sus normas Reglamentarias, ha emitido el memorándum del visto a través del cual remite el proyecto de “Reglamento de Procedimientos Administrativos Disciplinarios” de la Municipalidad de San Isidro, modifi cándose así dicho procedimiento a las normas vigentes y unifi cando el proceso a todos los regímenes laborales al interior de la Entidad; Que, mediante el documento del visto, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo remite el Informe Nº 533-2014-0520-SDC-GPPDC/MSI, mediante el cual la Subgerencia de Desarrollo Corporativo informa la conveniencia de aprobar el proyecto de “Reglamento de Procedimientos Administrativos Disciplinarios”, formulada por la Gerencia de Recursos Humanos con la fi nalidad de regular adecuadamente los procedimientos administrativos disciplinarios, cumpliendo con la normatividad vigente; Que, estando a lo señalado en el Informe Nº 1535 - 2014-0400-GAJ/MSI de la Gerencia de Asesoría Jurídica; De conformidad con la atribución conferida en el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR el “Reglamento de Procedimientos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad de San Isidro”, que consta de cuarenta y dos (42) artículos, cinco (05) capítulos, una (01) disposición complementaria transitoria, tres (03) disposiciones complementarias y fi nales y un anexo, el mismo que como anexo forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente Decreto en el Diario Ofi cial El Peruano y a la Ofi cina de Comunicaciones e Imagen de la Corporación Edil, la publicación del presente Decreto y su anexo en el portal institucional de la Municipalidad de San Isidro. Artículo Tercero.- DEROGAR a partir de la fecha, el Decreto de Alcaldía Nº 009-ALC/MSI del 22 de marzo de 2012. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Recursos Humanos y a la Secretaría General de la Municipalidad de San Isidro, la difusión del Reglamento que con el presente Decreto se aprueba, para su debido conocimiento y cumplimiento por parte de los servidores de la Entidad. Regístrese, comuníquese y cúmplase MAGDALENA DENISE DE MONZARZ STIER Alcaldesa 1150464-1