Norma Legal Oficial del día 30 de octubre del año 2014 (30/10/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 58

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ZONAS DE OPERACION: Departamento: Amazonas - Chachapoyas. Departamento: MORDAZA - Chimbote, Huascaran / Anta. Departamento: MORDAZA - Andahuaylas. Departamento: MORDAZA - Arequipa. Departamento: MORDAZA - Ayacucho. Departamento: MORDAZA - MORDAZA, Jaen. Departamento: MORDAZA - MORDAZA, Kiteni, Las Malvinas, MORDAZA Mundo. Departamento: MORDAZA - MORDAZA, Tingo Maria. Departamento: Ica - Las Dunas, Nasca / MORDAZA Reiche Neuman, Pisco. Departamento: MORDAZA - Jauja. Departamento: La MORDAZA - Huamachuco, Trujillo. Departamento: MORDAZA - Chiclayo. Departamento: MORDAZA - Callao - Aeropuerto Internacional MORDAZA Chavez. Departamento: MORDAZA - Andas, Caballococha, Contamana, El Estrecho, Iquitos, Trompeteros / Corrientes, Yurimaguas. Departamento: MORDAZA de MORDAZA - Puerto Maldonado. Departamento: MORDAZA - Ilo. Departamento: MORDAZA - MORDAZA, Talara. Departamento: MORDAZA - Juliaca. Departamento: San MORDAZA - Juanjui, MORDAZA, Tarapoto. Departamento: Tacna - Tacna. Departamento: Tumbes - Tumbes. Departamento: Ucayali - Pucallpa, Puerto Esperanza. BASE DE OPERACION: - Aeropuerto de Piura. Articulo 2º.- La compania MORDAZA AIRCRAFT S.A.C. debera iniciar el MORDAZA de Certificacion en el plazo de seis (06) meses contados a partir de la fecha de expedicion de la presente Resolucion Directoral, de conformidad a lo establecido en la Regulacion Aeronautica del Peru - RAP 119. Articulo 3º.- Las aeronaves autorizadas a la compania MORDAZA AIRCRAFT S.A.C. deben estar provistas de sus correspondientes Certificados de Matricula vigentes, expedidos - de ser el caso - por el Registro Publico de Aeronaves de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao; de sus Certificados de Aeronavegabilidad vigentes, expedidos o convalidados por la Direccion General de Aeronautica

El Peruano Jueves 30 de octubre de 2014

Civil; y, de la Poliza o Certificado de Seguros que cubran los riesgos derivados de su actividad aerea. Articulo 4º.- La compania MORDAZA AIRCRAFT S.A.C. esta obligado a presentar a la Direccion General de Aeronautica Civil, los informes y datos estadisticos que correspondan a su actividad, de acuerdo a los procedimientos que establece la Direccion General de Aeronautica Civil. Articulo 5º.- La compania MORDAZA AIRCRAFT S.A.C. esta obligado a establecer un Sistema de Radiocomunicacion entre los puntos a operar, a fin de mantener la informacion sobre el trafico aereo que realizan sus aeronaves. Articulo 6º.- La compania MORDAZA AIRCRAFT S.A.C. empleara en su servicio, personal aeronautico que cuente con su respectiva licencia y certificacion de aptitud expedido o convalidados por la Direccion General de Aeronautica Civil. Articulo 7º.- La compania MORDAZA AIRCRAFT S.A.C. podra hacer uso de las instalaciones de los aeropuertos y/o aerodromos privados, previa autorizacion de sus propietarios y explotadores; y cuando corresponda, previa obtencion de las autorizaciones gubernamentales especiales que exija la legislacion nacional vigente. Articulo 8º.- Las aeronaves de la compania MORDAZA AIRCRAFT S.A.C. podran operar en los aeropuertos y/o aerodromos cuyas alturas, longitudes de pista y resistencia, asi como otras caracteristicas derivadas de dichos aeropuertos y/ o aerodromos, que se encuentran comprendidos en sus tablas de performance disenadas por el fabricante y aprobadas por la autoridad correspondiente, asi como en sus respectivas Especificaciones Tecnicas de Operacion. Articulo 9º.- El presente Permiso de Operacion sera revocado cuando el peticionario incumpla las obligaciones contenidas en la presente Resolucion o pierda alguna de las capacidades exigidas por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil del Peru, su Reglamento; o renuncie, se suspenda o se revoque su respectivo Certificado de Explotador y Especificaciones Tecnicas de Operacion. Articulo 10º.- Si la administracion verificase la existencia de fraude o falsedad en la documentacion presentada o en las declaraciones hechas por el interesado, la Direccion General de Aeronautica Civil procedera conforme a lo senalado en el Articulo 32.3 de la Ley del Procedimiento Administrativo General. Articulo 11º.- La compania MORDAZA AIRCRAFT S.A.C., debera cumplir con la obligacion de constituir la garantia global que senala el Articulo 93º de la Ley Nº 27261, en los terminos y condiciones que establece el Reglamento y dentro del plazo que senala el Articulo 201º de dicho dispositivo. El incumplimiento de esta obligacion determinara la automatica revocacion del presente Permiso de Operacion. Articulo 12º.- La compania MORDAZA AIRCRAFT S.A.C. debera presentar cada ano el Balance de Situacion, el Estado de Ganancias y Perdidas al 30 de junio y 31 de diciembre, y el Flujo de MORDAZA proyectado para el ano siguiente. Articulo 13º.- La compania MORDAZA AIRCRAFT S.A.C. debera respetar la riqueza cultural, historica y turistica que sustenta la buena imagen del pais. Articulo 14º.- El presente Permiso de Operacion queda sujeto a la Ley de Aeronautica Civil del Peru - Ley Nº 27261, el Reglamento; y demas disposiciones legales vigentes; asi como a las Directivas que dicte esta Direccion General. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA PAVIC MORDAZA Director General de Aeronautica Civil 1151663-1

Autorizan a Brevetes Peru MORDAZA Mino Escuela de Conductores Integrales E.I.R.L. la modificacion de autorizacion contenida en R.D. N° 114-2014-MTC/15, variando ubicacion de local
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 4174-2014-MTC/15 MORDAZA, 10 de octubre de 2014

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