Norma Legal Oficial del día 25 de septiembre del año 2014 (25/09/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano Jueves 25 de setiembre de 2014

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actualmente Oficina General de Recursos Humanos, y como representante alterna, a la senorita MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ocana, Directora de Sistema Administrativo I, Nivel F-2, para integrar la referida Comision Nacional; Que, en tal sentido, se estima por conveniente designar a los senores mencionados en el parrafo anterior, como representantes titular y alterna del Ministerio de Cultura ante la Comision Nacional para la Lucha contra el Trabajo Forzoso, en cumplimiento de lo dispuesto por el articulo 7 del Decreto Supremo Nº 001-2007-TR; Con el visado de la Secretaria General y de la Directora General de la Oficina General de Asesoria Juridica, y; De conformidad con la Ley Nº 29565, Ley de creacion del Ministerio de Cultura; el Decreto Supremo Nº 0052013-MC, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Cultura y el Decreto Supremo Nº 001-2007-TR, que crea la Comision Nacional para la Lucha contra el Trabajo Forzoso y su modificatoria; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar al senor MORDAZA MORDAZA Cebreros Tabory, Jefe de la Unidad de Recursos Humanos, actualmente Oficina General de Recursos Humanos como representante titular, y a la senorita MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ocana, Directora de Sistema Administrativo I, Nivel F-2, como representante alterna del Ministerio de Cultura para integrar la Comision Nacional para la Lucha contra el Trabajo Forzoso. Articulo 2º.- Disponer la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial "El Peruano" y en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob. pe). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ALVAREZ-CALDERON Ministra de Cultura 1142247-1

que del analisis realizado a la solicitud efectuada por el Archivo General de la Nacion, se desprende la importancia de conocer el estado situacional de los archivos que conforman el Sistema Nacional de Archivos, con el proposito que se puedan adoptar las politicas archivisticas que coadyuven a mejorar la organizacion y conservacion del Patrimonio Documental, promuevan la modernizacion de los archivos y amplien el acceso a los mismos; Estando a lo visado por la Secretaria General y la Directora General de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29565, Ley de creacion del Ministerio de Cultura; la Ley N° 25323, Ley que crea el Sistema Nacional de Archivos, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 008-92-JUS; y el Decreto Supremo N° 005-2013-MC, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Cultura; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Declarar de interes Institucional el "II Censo Nacional de Archivos 2014". Articulo 2°.- Encargar al Archivo General de la Nacion, ente rector del Sistema Nacional de Archivos; la ejecucion, planeamiento, organizacion y direccion del II Censo Nacional de Archivos 2014. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ALVAREZ-CALDERON Ministra de Cultura 1141912-1

Designan representantes titular y alterna del Ministerio para integrar la Comision Nacional para la Lucha contra el Trabajo Forzoso
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 335-2014-MC MORDAZA, 24 de setiembre de 2014 VISTO, el Oficio N° 22-2014-MTPE/CNLCTF-ST del Secretario Tecnico de la Comision Nacional para la Lucha contra el Trabajo Forzoso y el Memorandum N° 37032014-OGRH-SG/MC de fecha 17 de setiembre de 2014, y; CONSIDERANDO:

DEFENSA
Autorizan ingreso al territorio nacional de personal militar de MORDAZA, Brasil y Colombia
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 786-2014 DE/ MORDAZA, 23 de setiembre de 2014

Que, por Ley Nº 29565 se creo el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo, con personeria juridica de derecho publico; Que, mediante Decreto Supremo Nº 001-2007-TR, publicado en el Diario Oficial "El Peruano" el 13 de enero de 2007 y modificado por el articulo 1 del Decreto Supremo N° 003-2014-TR, se creo la Comision Nacional para la Lucha contra el Trabajo Forzoso, integrada, entre otras entidades publicas, por un representante del Ministerio de Cultura; Que, el articulo 3 del citado Decreto Supremo senala que el objetivo de la referida Comision es ser la instancia de coordinacion permanente de las politicas y acciones en materia de trabajo forzoso, en los diferentes ambitos sectoriales, tanto a nivel nacional como regional; Que, asimismo, el articulo 7 del mencionado Decreto Supremo, establece que las entidades estatales designaran, mediante Resolucion Ministerial del Titular del Sector correspondiente, un representante titular y un representante alterno; Que, mediante Oficio N° 22-2014-MTPE/CNLCTFST de fecha 6 de MORDAZA de 2014, el Secretario Tecnico de la Comision Nacional para la Lucha contra el Trabajo Forzoso, solicita se designe a los representantes, titular y alterno, del Ministerio de Cultura ante la precitada Comision Nacional; Que, en merito a lo solicitado con Oficio N° 22-2014MTPE/CNLCTF-ST, la Oficina General de Recursos Humanos, a traves del Memorandum N° 3703-2014OGRH-SG/MC de fecha 17 de setiembre de 2014, propone se designe como representante titular al senor MORDAZA MORDAZA Cebreros Tabory, Jefe de la Unidad de Recursos Humanos,

CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DSD) Nº 697 del 17 de setiembre de 2014, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de la Republica de MORDAZA, sin MORDAZA de guerra; Que, con Oficio G.500-4032 del 19 de setiembre de 2014, el Secretario del Comandante General de la MORDAZA por encargo del Comandante General de la MORDAZA, emite opinion favorable para el ingreso al MORDAZA del personal militar de la Republica de Chile; Que, el referido personal militar ingresara a territorio de la Republica, del 25 al 27 de setiembre de 2014, a fin de participar en el cierre y recepcion del Ejercicio Multinacional UNITAS 2014 ­ 2015; Que, el articulo 5° de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica, modificado por el articulo unico de la Ley Nº 28899 y por el articulo unico de la Ley Nº 30209, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros,

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